Orden JUS/73/2023, de 27 de enero, por la que se modifica la




El Consultor Jurídico

sumario

El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, puso de manifiesto la importancia de contar con unidades TIC ministeriales, que conozcan profundamente el ámbito de trabajo específico del departamento para diseñar servicios digitales adaptados a las necesidades de ciudadanos y empresas, probando la gran capacitación y el conocimiento especializado del personal TIC para el desarrollo y operación de las sectoriales específicas de cada unidad de negocio.

En este contexto, se crearon las Comisiones Ministeriales de Administración Digital (CMAD), como los órganos colegiados del departamento encargados del impulso y la coordinación interna en cada departamento en materia de Administración digital.

En el Ministerio de Justicia, es la Orden JUS/1362/2016, de 3 de agosto, la que crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Justicia y regula su composición y funciones.

Esta orden fue modificada por la Orden JUS/1179/2020, de 4 de diciembre, para adecuar la composición de la CMAD a la estructura básica del Ministerio establecida por el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo por el que se déarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.

El Real Decreto 241/2022, de 5 de abril, por el que se modificó el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolló la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modificó el Reglamento del Servicio Jurdico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio; el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transicin Ecolgica y el Reto Demogrfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; y el Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, as como la Orden JUS/559/2022, de 15 de junio, por la que se crea la División de Servicios Digitales Departamentales y la División de Oficial Mayor del Ministerio de Justicia, hacen necesaria una nueva adecuación de la CMAD a los cambios estructurales aprobados.

En lo que ha sido cubierto y tramitado, la presente orden observa los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumple con los principios de necesidad y eficacia, en el sentido enunciado en los prrafos anteriores, donde se explican la necesidad y las multas perseguidas con su aprobación, y es acorde también con el principio de proporcionalidad, al ser el medio más adecuado para cumplir estos objetivos, y con el principio de seguridad jurídica dada su integración en el ordenamiento jurídico.

Asimismo, al modificar la CMAD del Ministerio de Justicia, con la finalidad de adaptarla a la nueva estructura organizativa del Departamento, se cumple con el principio de transparencia, puesto que se atiende a la necesaria modernización de la Administración y el empleo de los medios electrónicos facilitar la participación, la transparencia y el acceso a la información y, por último, es coherente con el principio de eficiencia, ya que es una norma que no supone un incremento de cargas administrativas.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, disponible:

Artículo nico Modificación de la Orden JUS/1362/2016, de 3 de agosto, para la creación de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Justicia y se regula su composición y funciones

La Orden JUS/1362/2016, de 3 de agosto, por la que crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Justicia y se regula su composición y funciones, queda modificada como sigue:

  • Uno. El apartado 2 del artículo 1 queda redactado de la siguiente forma:

    2. La Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Justicia suscribe la Subsecretaría del Departamento y su ámbito de actuación abarcará todos los órganos del Ministerio y sus organismos públicos adscritos. La División de Servicios Digitales Departamentales, dependiente de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, proporciona la Comisión el apoyo que precisa para el desempeño de sus funciones.

    LE0000580652_20230201Ir a Norma Afectada

  • Atrás. Los apartados 2 y 4 del artículo 2 quedan redactados de la siguiente forma:

    2. El Pleno de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Justicia tendr la siguiente composicin:

    • a) Presidencia: La persona titular de la Subsecretaría de Justicia.
    • b) Vicepresidencia: La persona titular de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
    • c) Voz:
      • 1. Un representante del Gabinete de la Ministra.
      • 2. Un representante de cada uno de los siguientes órganos: Gabinete de la Secretaría de Estado, Gabinete Técnico de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia y Gabinete Técnico de la Subsecretaría.
      • 3. Un representante de la Abogacía General del Estado – Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
      • 4. Un representante de la Secretaría General Técnica.
      • 5. Un representante de cada una de las Direcciones Generales del Departamento.
      • 6. Un representante de cada uno de los organismos públicos dependientes del Ministerio.
      • 7. La persona titular de la Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios.
      • 8. La persona titular de la Oficina Presupuestaria.
      • 9. La persona titular de la Subdirección General de Contratación y Gestión Económica.
      • 10. La persona titular de la Subdirección General de Calidad de los Servicios Digitales, Ciberseguridad y Operaciones.
      • 11. La persona titular del Subdirector General de Impulso e Innovación de los Servicios Digitales de Justicia.
      • 12. La persona titular de la División de Servicios Digitales Departamentales.
    • d) Persona titular de la Secretara: Un funcionario de carrera de la División de Servicios Digitales Departamentales con puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 26 o superior, que asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto, el cual ser designado por la persona titular de la Subsecretaría de Justicia, a propuesta de la persona titular de la División de Servicios Digitales Departamentales.

    Las personas que ocupan las Vocales anteriormente indicadas en representación de órganos, unidades u organismos, serán designadas por la persona titular de la Subsecretaria de Justicia, a propuesta del titular del órgano, unidad u organismo respectivo, entre funcionarios que ocupan un puesto de trabajo de nivel organico de complemento de destino 30.

    En caso de vacante, ausencia, enfermedad, as como en los casos en que haya sido declarada su abstencin o recusacin, la persona titular de la Subsecretara de Justicia, a propuesta del titular del rgano, unidad u organismo autnomo respectivo, habr de designar como Suplente a funcionario con puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 28 o superior dependiente jerrquiicamente del vocal a sustituir.

    El Presidente de la Comisin podrr la asistencia a las reuniones de expertos en las materias que se vayan a tratar, que tendrn el carcter de asesores, con voz, pero sin voto.

    4. La Comisin Permanente tendiendo la siguiente composición:

    • a) Presidencia: La persona titular de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
    • b) Vicepresidencia: La persona titular de la Dirección del Gabinete Técnico de la Subsecretaría.
    • c) Voz:
      • 1. El titular personal de la División de Servicios Digitales Departamentales.
      • 2. La persona titular de la Subdirección General de Calidad de los Servicios Digitales, Ciberseguridad y Operaciones.
      • 3. La persona titular del Subdirector General de Impulso e Innovación de los Servicios Digitales de Justicia.
      • 4. Las personas representantes de las Vocales de los centros directivos que integren el Pleno de la Comisión a los que se refieran los temas a tratar.
    • d) Persona titular de la Secretaría: Un funcionario de carrera de la División de Servicios Digitales Departamentales con puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 26 o superior, que asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto, el cual ser designado por la persona titular de la Subsecretaría de Justicia, a propuesta de la persona titular de la División de Servicios Digitales Departamentales.

    El representante de cada centro directivo representa y coordina a los representantes del resto de unidades dentro del ámbito de su centro directivo.

    Los Vocales pueden asistir a las reuniones de la Comisión Permanente acompañados de funcionarios expertos en las materias que hayan de tratarse y que actúen como asesores con voz, pero sin voto.

    En caso de vacante, ausencia, enfermedad, as como en los casos en que haya sido declarada su abstencin o recusacin, la persona titular de la Subsecretara de Justicia, a propuesta del titular del rgano, unidad u organismo autnomo respectivo, habr de designar como Suplente a funcionario con puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 28 o superior dependiente jerrquiicamente del vocal a sustituir.

    LE0000580652_20230201Ir a Norma Afectada

Disposición final única Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.