Orden de 8 de marzo de 2023, de la Consejera de Economía




El Consultor Jurídico

sumario

Con fecha 21 de septiembre de 2015 se suscribe al convenio de colaboración sobre diversas actuaciones de coordinación en materia de contratación pública entre el entonces Ministerio de Hacienda y Función Pública con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con la finalidad principal de coordinar y consolidar en un nico Registro toda la informacin actual y futura relativa a empresarios y dems operadores econmicos, manteniendo invariables las competencias de las respectivas Administraciones respecto de la tramitacin y resolucin de los expedientes de inscripcin registral, y otorgando a los asientos practicados en el registro por ambos Administraciones plenos efectos y eficacia frente a todos los órganos de contratación del Sector Público.

Asimismo, se establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las inscripciones en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público de los empresarios que tendrán su domicilio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y as lo solicitan ante la Junta Regional de Contratación Administrativa. Los trabajos para llevar a cabo este proceso desarrollaron ese mismo ao, encontrndose en la actualidad en su ltima fase.

La regulación con carácter básico de los Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas se encuentra contenida en los artículos 337 a345 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Regin de Murcia para el ejercicio 2023, en su disposición adicional vigsima quinta, establece la integración del Registro de Licitadores y del Registro de Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, de conformidad con lo previsto en el convenio de colaboración referenciado, y se nequi que mediante Orden de la Consejera competente en materia de hacienda se determine la fecha efectiva de la integración de los registros específicos, como aquellas actuaciones materiales necesarias para llevar a cabo el mismo efecto, quedando sin efecto las disposiciones relativas a ambos registros autónomos.

En cumplimiento de la decisión de integración manifestada en el convenio suscrito, de lo establecido en el artículo 337.3 de la Ley 9/2017, y en la disposición adicional vigsima quinta de la Ley 12/2022, se han llevado a cabo los trabajos de coordinación entre el Registro Oficial de Licitadores y el Registro de Empresas Clasificadas del Sector Público y el Registro Oficial de Licitadores y el Registro de Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En consecuencia con la presente Orden se pretende dictar las instrucciones que configuren las bases organizativas y de procedimiento para la efectiva integración.

Por todo lo expuesto, en virtud de la disposición adicional vigsima quinta de la Ley 12/2022, de 30 de diciembre; en el ejercicio de las competencias en materias del ámbito organizativo de esta Consejera, y de lo dispuesto en el artículo 16.2.d) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autonoma de la Region de Murcia, a propuesta de la Direccion General de Patrimonio, dispongo

Artculo 2 Integracin de asientos en la plataforma del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Pblico

1. Los asientos que, a la entrada en vigor de la presente Orden, integren el Registro de Licitadores y el Registro de Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, siempre que la información que contengan se objecto de inscripción y se encuentren vigentes, traslado a la plataforma del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.

La integración efectiva en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público se produce el da siguiente al de la publicación del presente Orden en el Boletín Oficial del Registro de Murcia. Producida la integración quedarán canceladas todas las inscripciones del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que correspondan a licitadores cuyo certificado de inscripción haya caducado.

2. Los documentos que sirvieron de base para practicar las inscripciones y las renovaciones de certificados en el Registro de Licitadores y en el Registro de Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, quedarán en poder de la Junta Regional de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuenta con el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.

Disposición final única

Esta Orden producirá sus efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Reino de Murcia.