Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Agencia Tributaria de




El Consultor Jurídico

sumario

El artculo 21.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andaluca, aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de enero, establece que la Direccin de la Agencia, de forma motivada, podr, por necesidades del servicio o de las circunstancias del caso, acordar la intervención en el desarrollo de las actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos de personal al servicio de la Agencia que desempee puestos de trabajo en órganos con funciones distintas, de acuerdo con lo que dispone el artículo 61.2 del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de envío de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, sin que dicha intervención pueda suponer alteración del régimen de las atribuciones de las competencias para la iniciación del procedimiento de que se trate, autorización, en su caso, y resolver.

Conexin con lo anterior, en la ficha del programa presupuestario (6.1.L) correspondiente a la seccin de la Agencia Tributaria de Andaluca (10.39) relativa al presupuesto correspondiente al ejercicio 2023, aprobado por Ley 1/2022, de 27 de diciembre, se stablecen los siguientes objetivos estratégicos:

  • – Mejora de las condiciones y resultados de la lucha contra el fraude fiscal.
  • – Mejora de la administración tributaria.
  • – Mejora en la gestión de los recursos asignados a ATRIAN.

    Respecto a la mayor de las condiciones y resultados de la lucha contra la evasión fiscal, la Agencia ha trazado como objectivo que el 90% de las obligaciones tributarias se cumpla de modo voluntario. Para alcanzar este objetivo la Agencia ha de realizar las siguientes actuaciones:

  • – Mejorar la calidad de la información y asistencia para favorecer el cumplimiento voluntario.
  • – Fomentar la cultura de cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
  • – Asignar eficientemente las cargas de trabajo según criterios de riesgo fiscal con arreglo a las resoluciones de la Dirección de la Agencia.

Por lo que concierne a la plus de la gobernanza fiscal, la Agencia se ha trazado como objectivo, en aplicación del principio de buena administración, que el 90% de los procedimientos iniciados a instancia de los contribuyentes se tramiten dentro del plazo establecido por la normativa de aplicación.

En cuanto a la gestión de los recursos asignados a ATRIAN, la Agencia se ha tratado a sí misma como un objeto que la relación cuesta respecto a la recaudación neta no supere el 4%. Esta línea, la Agencia se ha propuesto minimizar la litigiosidad mediante la aplicación cuidadosa de la norma. A tal efecto, se ha propuesto como objectivo que el 97% del total de actos administrativos susceptibles de recurso no sean recurridos.

Las necesidades del servicio relacionado con anterioridad relativas a facilitar el cumplimiento voluntario a los contribuyentes, to resolve dentro del plazo jugimente previsto los procedimientos iniciados a instantia del contribuyente y de minimizar la litigiosidad aconsejan en este momento acordar la intervención de personal prevista en el 21 citado artculo 2. del Estatuto de la Agence, posibilitando el incremento de medios personales en funcin de las necesidades que requieren las diferentes categoras de procedimientos o trmites, à fin de optimizar la utilizacin de los recursos disponibles en cada rgano gestor, en especial, en las Distintas Gerencias Provinciales de la Agencia Tributaria de Andaluca en coherencia con el artículo 31.2 de la Constitución según el cual el gasto público realiza una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responden a los criterios de eficiencia y economía.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artculo 21.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andaluca, aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de,

ACUERDO

Primero. Los titulares de los Departamentos de Organización y Gestión de Recursos, de Aplicación de los Tributos, de Innovación Tecnológica y Análisis de la Información y de la Subdirección de Coordinación y Relaciones Institucionales, así como de las Gerencias Provinciales de la Agencia Tributaria de Andalucía podrán, dentro de sus respectivos mbitos territoriales y funcionales de competencias, determinar el personal bajo dependencia su jerrquica que intervendr en el desarrollo de las actuaciones y procedimientos de la aplicacin de los tributos, aunque desempee puestos de trabajo en rganos y unidades administrativas con funciones distintas.

Segundo. De conformidad con el artículo 21.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, la intervención del personal descrito en el apartado primero no podrá suponer alteración del régimen de atribución de las competencias para la iniciación del procedimiento de que se trate, autorización, en su caso , y resuelvo.

Tercero. La presente resolución produce efectos a partir de la siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se mantiene en vigor hasta la consecución de los objetivos estratégicos previstos en el contrato de gestión vigente y concretados en la planificación operativa de la organización recogida en la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.