Resolución de 12 de enero de 2023, de la Agencia Andaluza de




El Consultor Jurídico

sumario

En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3. que la Comunidad Autónoma ejerce sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18. precepto que se orientarán las políticas públicas para garantizar y asegurar dicho objectivo básico mediante la aplicación efectiva, como principios rectores, el libre acceso de todas las personas a la cultura y el respeto a la diversidad cultural, como la conservación y puesta en valor del cultural , patrimonio histórico y artístico de Andalucía. A su vez, el artículo 68.3.1. establece que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de cultura que comprende las actividades artísticas y culturales que llevan a cabo en Andalucía, comme el fomento de la cultura, en relación con el cual se incluye el fomento y la difusión de la creación y la producción teatral, musical, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28. de la Constitución

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad de Derecho Público adcrita a la Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2. del artculo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la investigación, la gestión, la producción, el fomento y la divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía, las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por lo que mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales está interesada en seleccionar espectáculos de danza, teatro, circo y música de especial interés cultural para su programación en los municipios titulares de teatros dentro de la Red Andaluza de Teatros Públicos.

Por las razones expuestas, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mayores estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,

RESUELVO

Primero. Objeto.

El presente se resuelve con el objeto de convocar la presentación de ofertas de espectáculos de teatro, danza, música y circo para el catálogo conforme al que se establezca la programación correspondiente al segundo semestre de agosto de 2023 de los municipios andaluces adheridos a la Red Andaluza de Teatros Públicos.

Con las compañías y formaciones titulares de los derechos de explotación de espectáculos seleccionados que finalmente sean programados por los municipios adherentes al programa, se suscribirán, tanto por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales como por los municipios adherentes, los correspondientes contratos de representación pública, al amparo de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de la Ley de Contratos del Sector Público.

Segundo. Requisitos de los participantes.

Podrn presentar sus ofertas de espectculos de teatro, danza, msica y circo las entidades con domicilio social o establecimiento permanente en Andaluca.

La convocatoria va dirigida a compaas y formaciones profesionales, de carcter privado, constituidas en alguna de las figuras empresariales previstas por la ley.

No precisarán de una nueva solicitud para concurrir a la presente convocatoria aquellos espectáculos que formen parte del catálogo correspondiente a la fecha de publicación de la presente resolución.

No podrán presentarse a la convocatoria actual los espectáculos considerados talleres. A los efectos de las presentes bases, se amplía la consideración de cultivadores a aquellos espectáculos basados ​​en un conjunto de prácticas socioeducativas con personas, grupos o comunidades que, a través de metodologías dramáticas o teatrales, generan procesos de creación cultural y persiguen el empoderamiento de los participantes.

No podrán presentarse a esta convocatoria aquellos espectáculos que hayan sido presentados en alguna de las tres últimas convocatorias de la Red Andaluza de Teatros Públicos, no hayan sido seleccionados.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales puede incluir, oficio, espectáculos de compaas o formaciones musicales de reconocimiento de prestigio no residentes en Andalucía, que finalmente se integra en el Catlogo. El programa de espectáculos de compañías o formaciones invitadas no podrá superar el 20% de la programación general.

Tercero. Solicitud.

1. Lugar y plazo de presentación.

La solicitud deber cumplir se ajusta al modelo que aparece en la web del programa www.redandaluzadeteatrospublicos.es

La solicitud generada (Anexo I), firmada por el representante legal de la compañía o formación y dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se presenta preferentemente a través del servicio Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía , disponible en el siguiente enlace: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml

Podr tambin presentarse por cualquiera de las vas establecidas en el artculo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Pblicas, en cuyo caso, se debe enviar comprobante de dicho envo al correo electrnico informacion. redandaluzadeteatros.aaiicc@juntadeandalucia. está dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

2. Se presenta una sola solicitud por espectáculo indicando si es para su representación en sala, calle o en ambos en su caso.

Si se trata de un espectáculo con diferentes formatos habr de presentar una solicitud por cada formato distinto. En este supuesto, podría existir diferencia de caché dependiendo del número de componentes, en cuyo caso se especificará en el título.

3. El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar del día siguiente al de la publicación de la presentación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. Contenido de la solicitud:

Adems del formulario de solicitud debidamente cumplimentado las solicitudes se compaarn de:

  • – Archivo de espectáculos. En la modalidad de msica se especifica el programa que se interpreta.
  • – Ficha de las necesidades técnicas.
  • – Para las modalidades de teatro, circo y danza: enlace a video completo del espectáculo al que hace referencia en el formulario de solicitud y enlace a un video promocional de un mínimo de 10 segundos.
  • – Para la modalidad de música: enlace a video/audio completo o parcial del programa, deber tener el contenido mínimo para su valorización de 7 minutos y enlace a video promocional de un mínimo de 10 segundos.
  • – En caso de que la obra no haya sido estrenada en el momento de presentación de la solicitud, declaración responsable por la que el solicitante se comprometió a tener, con anterioridad al 12 de abril de 2023, los enlaces a videos/audios a los que se hace referencia en los prrafos anteriores. En caso de no disponer de este material en la fecha indicada, la propuesta será excluida del proceso de valoración.

Cuarto. Subsanacina gusano de la raíz.

Si la solicitud presentada no reúne los requisitos exigidos o no se acompaña de la documentación preceptiva, se requiere al interesado para que, en el plazo de 5 das hbiles subsane y/o acompae los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciere , se le tendr por desistido de su solicitud, previa resolucin.

El acto de subsanacin se notifica de forma conjunta a todas las compaas requeridas publicndose en la pgina web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. En todos los casos, esta publicación reemplaza a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

Quinto. Procedimiento de selección.

  • 1. Las propuestas presentadas serán objeto de una valoración por parte de los gestores culturales de los teatros municipales adheridos al programa. Este valor supone un 50% correspondiente al porcentaje restante del personal técnico de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
  • 2. Sern seleccionados aquellos espectculos que habrn obtenido mayor valoracin, teniendo la Agencia la potestad para determinar el nmero de espectculos qu’finalmente formarán parte de los respectivos Catlogos.

    En el caso de los espectáculos de música, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a través de una comisión de expertos, podrá realizar una preselección de aquellos que considere más adecuados para el Programa. Esta preselección se hace a disposición de la Comisión Plenaria, que hará la selección final.

    Incorporarn directamente a dicho Catlogo las Residences y las producciones del Programa gora 2022. En cualquiera de los casos, las compaas tienden a cursar solicitud en tiempo y formado, segn se indica en la convocatoria.

  • 3. La relacin de spectculos que entren a form parte del catlogo tendr una vigencia de dos aos a contar del 1.7.2023. No se podrá cursar una nueva solicitud para prximas convocatorias hasta no haber agotado la permanencia en catlogo.
  • 4. El número máximo de espectáculos en catálogo por cada compañía o formación musical ser de cuatro (4).
  • 5. De los espectáculos que conforman el catálogo, se aporta la siguiente documentación:

    – Documentación acreditativa de la cesión de los derechos de autor. En el supuesto de que el espectáculo a representar se trate de una obra no sujeta a la autorización del autor, el solicitante debe presentar una declaración responsable sobre esta no sujeción.

Sexta. Evaluación de las ofertas.

Para que la evaluación de las ofertas presentadas se considere en consideración a los siguientes criterios:

  • – Valoración artística del espectáculo. De 1 a 15 puntos.
  • – Valoración desde la trayectoria de la compañía/formación. De 1 a 10 puntos.
  • – Oferta económica (Efectivo). De 1 a 5 puntos.

Esptimo. Condiciones de desarrollo del programa.

  • – Los ocultos propuestos tienden a carcter estimativo. La empresa artística podrá establecer una importación adicional en el oculto si la representación tiene un lugar a distancia superior a 250 kilómetros a contar desde la residencia habitual de la compañía o formación. En todos los casos, el caché no podrá ser superior a 8.000 € (IVA incluido).
  • – Que exista un Catlogo nico de todas las modalidades. Los responsables de los teatros podrán seleccionar indistintamente espectáculos de teatro, danza, música y circo ya sea para público adulto o infantil, sin tener que limitarse a una modalidad concreta. En todo caso existirá la obligación de elegir al menos un espectáculo de danza y uno de música.
  • – El hid acordado con la empresa artística, de conformidad con las condiciones establecidas en la convocatoria, ser abonado al 50% por cada teatro y la Agencia por lo que, una vez concretadas las representaciones, la compaa/formacin deber establecer los preceptivos contratos de representación pública tanto con el Ayuntamiento (o entidad jurídica pública que ostente la representación del teatro) como con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Del mismo modo deber emitir a cada una de las instituciones la factura correspondiente a su parte del total del caché.
  • – La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales no podrá aceptar una representación en un determinado teatro si observa una falta de adecuación entre las necesidades técnicas de un espectáculo y las características o la dotación del teatro. En este caso se invitara al teatro a elegir otro espectaculo.

Octava. Forma de pago.

La Agencia suscribe a las compaas/formaciones la parte correspondiente de las representaciones ocultas realizadas en el programa, previa presentacin de las facturas correspondientes emitidas con las formalidades legalmente establecidas, una vez realizada la representacin.

Noveno. Devolución de solicitudes originales.

  • – La documentación de las propuestas no seleccionadas quedará a disposición de los interesados ​​pendientes del plazo de un mes a contar desde la notificación de la Resolución, en la oficina de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, Unidad de Artes Escnicas y Msica.
  • – La documentación no retirada en esta fecha pasó a formar parte de los fondos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con multas de documentación y archivo.