¿A partir de cuando se puede hace una subrogacion hipoteca?

Cláusula de no subrogación

La subrogación se refiere literalmente al hecho de que una persona o parte se ponga en el lugar de otra persona o parte. Define eficazmente los derechos de la compañía de seguros tanto antes como después de haber pagado las reclamaciones hechas contra una póliza.  Además, facilita el proceso de obtención de un acuerdo en virtud de una póliza de seguro.

En la mayoría de los casos, la compañía de seguros de un individuo paga directamente la reclamación de su cliente por las pérdidas, y luego solicita el reembolso a la otra parte, o a su compañía de seguros. El cliente asegurado recibe el pago rápidamente y luego la compañía de seguros puede presentar una reclamación de subrogación contra la parte culpable de la pérdida.

Las pólizas de seguros pueden contener un lenguaje que da derecho a la aseguradora, una vez pagadas las pérdidas en los siniestros, a solicitar la recuperación de los fondos de un tercero si éste ha causado la pérdida. El asegurado no tiene derecho a presentar una reclamación a la aseguradora para recibir la cobertura prevista en la póliza de seguro o para pedir daños y perjuicios al tercero que causó las pérdidas.

Definición de subrogación

Si se dedica a cualquier aspecto del negocio inmobiliario, tarde o temprano se encontrará con el término «subrogación». Lo más frecuente es que aparezca en los contratos de arrendamiento, pero también puede encontrarlo en hipotecas, pólizas de seguro, garantías y otros acuerdos. La frase puede aparecer en un documento en el que una parte acepta «renunciar a su derecho de subrogación», o en el que se afirma que una parte se «subroga en las reclamaciones de otra».

En pocas palabras, el derecho de subrogación es el derecho a perseguir la reclamación de otra persona. Si uno se subroga en la reclamación de otra persona, suena como si estuviera de alguna manera subordinado a ella, pero eso no es lo que significa. Significa que usted puede reclamarla como si fuera suya. Puede surgir por acuerdo expreso de las partes o automáticamente por efecto de la ley.

De los ejemplos anteriores se desprende que la subrogación suele surgir cuando alguien reembolsa la pérdida de otro o paga la obligación de otro. Para lograr la equidad, la ley asigna la reclamación a la parte que hizo el pago para que pueda perseguirla con el fin de resarcirse.

Novación inmobiliaria

En épocas de bajada de los tipos de interés, millones de préstamos hipotecarios residenciales pueden ser refinanciados. Cuando esto ocurre, es habitual que el prestamista de la refinanciación exija un examen del título y una nueva póliza de seguro del título del acreedor hipotecario. Este requisito es caro, suele costar varios cientos de dólares o más, y el coste lo paga invariablemente el prestatario. Este artículo propone que en la gran mayoría de las refinanciaciones este gasto puede reducirse sustancialmente o incluso eliminarse. Este resultado puede lograrse mediante la adecuada comprensión, adopción y uso de la doctrina de la subrogación hipotecaria equitativa articulada en el Restatement (Third) of Property: Mortgages. El principio de subrogación entra en juego cuando el producto de una nueva hipoteca se utiliza para pagar una hipoteca preexistente; permite que el titular de una nueva hipoteca tenga la prioridad de la antigua. Si la subrogación se hace de forma liberal, como recomienda el Restatement, puede eliminar el riesgo de que los gravámenes intermedios, surgidos entre las fechas de la hipoteca original y la de refinanciación, tengan prioridad sobre la hipoteca de refinanciación. Por lo tanto, la necesidad de una nueva protección de seguro de título puede evitarse en gran medida o en su totalidad.

Cláusula de subrogación

En LaSalle Bank Nat. Ass’n v. White. 246 S.W.3d 616, (Tex. 2007) se pidió al Tribunal Supremo de Texas que conciliara la doctrina de la subrogación de derecho común con la prohibición constitucional de Texas de una prenda de uso agrícola para garantizar un préstamo sobre la vivienda. Dado que el Tribunal determinó finalmente que el acreedor hipotecario de la vivienda se subrogaba equitativamente en los intereses de los anteriores acreedores, el Tribunal consideró que la Constitución de Texas no exigía la confiscación del gravamen en la medida en que el producto del nuevo préstamo de la vivienda se utilizara para pagar gravámenes fiscales y de compra de dinero preexistentes constitucionalmente permitidos.

En una decisión dictada el 20 de abril de 2020, el Tribunal Supremo de Texas volvió a examinar la cuestión de la subrogación en un caso en el que había un defecto en la originación del nuevo préstamo con garantía hipotecaria Y el prestamista (después de recibir la notificación de la enfermedad) no subsanó el defecto en el tiempo permitido por la Constitución de Texas. En Fed. Home Loan Mortg. Corp. v. Zepeda, el Tribunal Supremo de Texas esbozó los hechos de forma directa: