Ley de Transparencia y Buen Gobierno

En los últimos tiempos los ideales que se pretende de un buen gobierno y de la transparencia se han transformado en retos que ahora son de índole global. Se espera que los beneficios de un gobierno generen una administración más abierta a la población, así como también más diligente, responsable y eficaz.

Con esto se quiere reflexionar que últimamente el servicio público ha aumentado la sensibilidad acerca de la necesidad de producir un buen gobierno, con un acceso a la información de una forma más eficaz y una mayor transparencia y, por lo tanto, estos elementos han pasado a formar parte de la base de una gran parte de programas que se están llevando a cabo en las diferentes etapas de gobierno.

Basado es este desafío, España ha dado paso a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno, que será el tema principal a desarrollar en este artículo, con la finalidad de dar a entender de una forma clara y precisa lo basado en esta Ley.

¿Qué es la Ley de Transparencia y buen Gobierno?

La Ley de Transparencia en España es una normativa que tiene como objetivo principal reforzar el derecho de los ciudadanos a tener el acceso a la información acerca de las actividades públicas que se llevan a cabo, regular y garantizar el derecho de acceso sobre esta información relativa y sobre las actividades y, en base a lo planteado, establecer las respectivas obligaciones que un buen gobierno debe gestionar y cumplir, ya que son los responsables y garantes públicos. El nombre completo de esta  ley es Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

¿A quiénes se aplica esta Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno?

Esta Ley se aplica a todas aquellas Administraciones Públicas y a todos aquellos que componen el sector público Estatal, así como a otro tipo de instituciones, como son:

  • La Casa de Su Majestad el Rey.
  • El Consejo General del Poder Judicial.
  • El Tribunal Constitucional.
  • El Congreso de los Diputados.
  • El Senado.
  • El Banco de España.
  • El Defensor del Pueblo.
  • El Tribunal de Cuentas.
  • El Consejo Económico Social.
  • Todas aquellas instituciones autónomas análogas que tengan relación sujetas a Derecho Administrativo.

¿Cuál es el Derecho de acceso a la información pública?

Se trata de ese derecho que se tiene de acceder a la información pública en los determinados términos previstos en la Constitución según su artículo 105.b), tomándose como base acerca de información pública todos los contenidos y documentos, cualesquiera que sean sus soportes o formatos, que se realicen en función de la administración y que se hayan elaborado o adquirido en el ejercicio de sus funciones.

¿Qué es Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno?

El Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno es un organismo público independiente con personalidad jurídica propia que tiene como objetivo principal promover la transparencia relacionada con todo lo que concierne a la actividad pública, y así poder velar por el cumplimiento de las obligaciones acerca de la publicidad, proteger el ejercicio de derecho de acceso a la información pública y, por lo tanto, garantizar el cumplimiento de las respectivas disposiciones de gestión de un buen gobierno.

¿De qué se trata la Publicidad Activa?

La Publicidad activa se basa en publicar de forma periódica y actualizada toda la información que sea de interés relevante sobre actividades de servicio público para que de esta manera se pueda garantizar un mejor funcionamiento y aplicación de la Ley de transparencia.

¿Cuáles han sido las modificaciones que se han realizado en esta Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno?

  • El Art. 28, letras f) y n), se ha modificado por la disposición final tercera de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.
  • Se ha incorporado el Art.6 bis y se ha modificado el párrafo 1 del Art. 15 por la disposición final undécima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

¿Cuáles son las principales funciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno?

Según el Art. 38 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y el Art. 3 del Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, las funciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno están establecidas de la siguiente manera:

  • Adoptar todas las recomendaciones pertinentes para llevar a cabo un mejor funcionamiento de las obligaciones contenidas en la Ley de Transparencia.
  • Llevar a cabo el asesoramiento en cuestiones de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Mantener la información actualizada acerca de los proyectos normativos de carácter Estatal que se desarrollen según la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, o que estén relacionados con el respectivo objeto.
  • Evaluar el grado de aplicación de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, realizando una memoria de forma anual en la que se especificará toda la información acerca del cumplimiento de las obligaciones previstas y las cuales serán presentadas ante las Cortes Generales.
  • Promover la elaboración de borradores, de directrices, recomendaciones y normas de desarrollo acerca de las buenas prácticas implementadas en materia de trasparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Promover también todas las actividades de formación y sensibilización para llevar a cabo un mejor conocimiento de las materias reguladas por la Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Colaborar con los órganos de naturaleza análoga que son encargados en materias relacionadas o que le son propias.
  • Todas aquellas que le sean atribuidas por reglamento de rango legal o reglamentario.

¿Cuáles son los principios fundamentales del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno?

Autonomía:

  • El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene la capacidad de actuar con autonomía e independencia en el cumplimiento de sus funciones, ya que presenta personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
  • El presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno puede desempeñar su cargo con dedicación absoluta, con plena independencia y con total objetividad, ya que no se encuentra sujeto a mandato autoritario y tampoco recibe instrucciones de autoridad alguna.

Transparencia:

  • Para mostrar plena transparencia, todas las resoluciones realizadas en el Consejo, con respecto a las modificaciones pertinentes que deben ser modificadas y con previa disociación de los datos de carácter personal, serán publicadas en la página oficial web y en el Portal de la Transparencia.
  • El resumen de la memoria anual del Consejo será publicado en el “Boletín Oficial del Estado”, esto con la finalidad de prestar especial atención al nivel de cumplimiento por parte de la Administración sobre las disposiciones que establece la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Participación Ciudadana:

  • El Consejo de transparencia y buen gobierno, mediante las vías de participación que sean establecidas, deberá colaborar con los ciudadanos para realizar un mejor desempeño de sus funciones y de esta manera favorecer el cumplimiento de la normativa de transparencia y buen gobierno.

Rendición de cuentas:

  • Se mostrará anualmente a las Cortes Generales por parte del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, las cuentas sobre el desarrollo de las actividades realizadas y sobre el grado de cumplimiento de las disposiciones establecidas en la respectiva Ley.
  • El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno deberá comparecer ante la Comisión correspondiente para dar cuenta acerca d la memoria, cuantas veces sea necesario o requerido.

Colaboración:

  • El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, deberá convocar de forma periódica y al menos de forma anual, reuniones establecidas con los representantes de los organismos que hayan sido creados a nivel autonómico para el ejercicio de las funciones similares a las encomendadas al Consejo.
  • El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno podrá celebrar convenios de colaboración con la respectivas Comunidades Autónomas y las Entidades Locales para lograr la resolución de las reclamaciones que puedan presentarse ante la denegación expresa o presunta del derecho de acceso.
  • También, podrá celebrar convenios de colaboración con todas aquellas Administraciones Públicas, las organizaciones sociales, las universidades, los centros de formación y cualquier otro organismo nacional o internacional en donde se lleven a cabo actividades que estén relacionadas con un buen gobierno y su transparencia.

Funcionamiento:

  • Toda la información suministrada por parte del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno deberá ajustarse al principio de accesibilidad, sobretodo en relación con las personas que sufran alguna discapacidad.
  • La información que se difunda por el Consejo se ajustará al Esquema Nacional de Inoperatividad, aprobado por el Decreto 4/2010, de 8 de enero, y las normas técnicas de interoperabilidad
  • Se fomentará que toda la información del Consejo sea publicada en formatos que puedan permitir su reutilización.