ORDEN PRE/86/2023, de 17 de abril, modificación de la Orden




El Consultor Jurídico

sumario

La Orden PRE/140/2022, de 13 de junio, aprueba las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones para la mejora y renovación de las redes de abastecimiento de agua en baja para pequeños y medianos municipios de Cataluña en el marco de las ayudas europeas Next Generation-EU. Esta Orden, publicado en el DOGC nm. 8689, de 15 de junio de 2022, ha sido objeto de dos correcciones de errores, publicadas en el DOGC nm. 8709, de 14 de julio de 2022, y en el DOGC nm. 8819, a partir del 23 de diciembre de 2022, respectivamente.

Mediate la Resolución PRE/2115/2022, de 28 de junio, se acoge la convocatoria del procedimiento para la concesión de subvenciones para la mejora y renovación de las redes de abastecimiento de agua en baja para pequeños y medianos municipios de Cataluña en el marco del Plan para la recuperación, transformación y resiliencia, financiado por Unin Europea con los fondos Next Generation-EU (ref. BDNS 636385).

El procedimiento objecto de esta convocatoria finalizó mediante la Resolución de fecha 30 de noviembre de 2022, dictada por el secretario de Gobiernos Locales y de Relaciones con el Arn, en virtud de la delegación de competencias del consejo de la Presidencia, aprobada por la Resolución PRE/3588/2022, de 7 de noviembre. Esta resolución final concede las subvenciones para la mejora y renovación de las redes de abastecimiento de agua baja de los municipios pequeños y medios de Cataluña en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea con los fondos Next Generation- EU (Componente 5, Inversión 1 del PRTR), en los entes locales que figuran en el anexo, ordenados por prioridad de acuerdo con la puntuación total obtenida en la fase de valoración, por la importación y para los proyectos que se detallan. En el mismo anexo se especifica, para cada proyecto, el presupuesto total a justificar, el presupuesto declarado subvencionable y la importación del gasto considerada no elegible, como los motivos que justifican esta inelegibilidad.

Las ayudas se conceden, reguladas por la Orden PRE/140/2022, de 13 de junio, actualmente en fase de ejecución, se financian con los recursos derivados del instrumento europeo de recuperación (Next Generation-EU), mediante el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que establece el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Son una línea de acción que se enmarca en la Inversión 1, Materialización de actuaciones de eficiencia, horro en el uso del agua para alcanzar la reduccin de prdidas, y en el Componente 5, Prevencin del espacio litoral y recursos hdricos, del PRTR. La entidad decisora ​​de esta línea de ayudas es el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de la Administración General del Estado, el cual, mediante la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, reunida el 9 de julio de 2021, presidida por el ente decisorio y participada por todas las comunidades autnomas, aprob el Acuerdo para la ejecucin del Plan para la mjora del abastecimiento y reduccin de prdidas en redes de municipios pequeos y medianos del Componente 5 Inversin 1. Este Acuerdo habilita a las comunidades autnomas para destinar los créditos recibidos a las entidades locales de sus territorios mediante la aprobación de las respectivas convocatorias de subvenciones. Asimismo, con respecto a lo que resulta de interés para la modificación de las bases reguladoras objeto de la presente Orden, esta que la letra e) del apartado 3, Condiciones específicas de reparto de los imports regionalizados entre las líneas de inversión, y el Apartado 4.6, Plazo de ejecución de los proyectos, del anexo V del Acuerdo de la Conferencia Sectorial menciona que la inversión realizada tenderá a superar el 50% de la inversión total esperada en fecha 31 de diciembre de 2023, precepto que se traslade, lógicamente , a las bases reguladoras aprobadas por la Orden PRE/140/2022, de 13 de junio.

No obstante, con posterioridad, se aprueba un nuevo acuerdo de la Conferencia Sectorial el 20 de junio de 2022, que modifica y actualiza el Acuerdo de 9 de julio de 2021, a consecuencia de la experiencia y las necesidades derivadas de su aplicación, notificado por diferentes comunidades autónomas. Por ejemplo, la necesidad de adecuar las convocatorias a los diferentes requisitos y condiciones del RETC, definidas, de manera progresiva, a lo largo de agosto de 2021 y durante el primer semestre de 2022, que ha dificultado y retrasado el correcto desarrollo de las actuaciones enmarcadas en el Componente 5, Inversión 1 del PRTR, y que haca necesario actualizar y prolongar el plazo máximo de resolución final de las convocatorias de subvenciones, como la fecha límite de cumplimiento del hito parcial de ejecución, la cual se amplía seis meses, hasta el 30 de junio de 2024, sin afectar, en ningún caso, los plazos finales y la consecución de los hitos y objetivos finales asociados a las transferencias de crédito, establecidos en el PRTR y en el Acuerdo de 9 de julio de 2021.

Por todo el expuesto, con el objetivo de trasladar la ampliación de la fecha límite de cumplimiento del hito parcial de ejecución acordada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en fecha 20 de junio de 2022 a la norma reguladora de estos subsidios, una propuesta de la Dirección General de Administración Local y en uso de las facultades encomendadas a mí la legislación vigente – en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre , de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya,

ordeno:

Articulo Nico

Modificar las bases reguladoras del procedimiento de concesión para la mejora y renovación de las redes de abastecimiento de agua en los municipios de baja para pequeños y medianos de Cataluña en el marco de las ayudas europeas Next Generation-EU, aprobado por la Orden PRE/ 140/ 2022, de 13 de junio, en los términos que establece el anexo de esta Orden, con el objeto de ampliar la fecha límite de cumplimiento del hito parcial de esta línea de subvenciones, hasta el 30 de junio de 2024.

Eliminación adicional

Estas modificaciones serán de aplicación a las subvenciones ya concedidas al amparo de la convocatoria del procedimiento para la concesión de subvenciones para la mejora y renovación de las redes de abastecimiento de agua en baja para pequeños y medianos municipios de Cataluña en el marco del Plan de recuperación , transformación y resiliencia, financiado por Unin Europea con los fondos Next Generation-EU, llevado a cabo mediante Resolución PRE/2115/2022, de 28 de junio, que se registra por las bases reguladoras aprobadas por la Orden PRE/140/2022, de 13 de junio, con las modificaciones aprobadas en esta Orden.

Disposición final única

Esta Orden entró en vigor el día siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexo
Modificación de las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones para la mejora y renovación de las redes de abastecimiento de agua baja para pequeños y medianos municipios de Cataluña en el marco de las ayudas europeas Next Generation-EU, aprobado por la Orden PRE/140 /2022, a partir del 13 de junio.

Se modifican las bases reguladoras del anexo de la Orden PRE/140/2022, de 13 de junio, que apareció continuada, en los treminos que se especifican:

  • Uno. El epgrafe c) del apartado 2 de la base reguladora 6 queda redactado de la manera siguiente:
    • c) Las actuaciones se tienen que haber iniciado (fecha de levantamiento del acta de replanteo en todo tipo de obra, tambin reparaciones) posteriormente al 1 de febrero de 2020, no pueden estar ejecutadas y pagadas en el momento de la solicitud, y se tienen que acabar y entregar al uso pblico antes del 31 de diciembre de 2024. En fecha 30 de junio de 2024, la inversin realizada tiene que superar el 50% de la inversin total anticipada.

    LE0000731082_20230421Ir a Norma Afectada

  • Atrás. El apartado 2 de la base reguladora 18 queda redactado de la siguiente manera:

    18.2 Esta línea de subsidios tiene dos hitos a cumplir: uno parcial consiste que en fecha 30 de junio de 2024 se tiene qu’haber ejecutado un porcentaje superior al 50% de la inversión total de cada proyecto de subsidio, y un hito final qui consiste en que todo el proyecto debe estar ejecutado con el acta de recepción definitiva y entregado al uso público como máximo el 31 de diciembre de 2024.

    LE0000731082_20230421Ir a Norma Afectada

  • Muy. El tercer subapartado del apartado 3 de la base reguladora 18 queda redactado de la siguiente manera:
    • – El informa justificativo de cumplimiento del hito parcial, que se tiene que entregar en el plazo máximo de 10 das hbiles a contar del 30 de junio de 2024.

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