sumario
La estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte se establece a del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de artes, libros, lectura y literatura creativa, actividades cinematográficas y audiovisuales, libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura en España, la acción impulsora de la cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura. Asimismo, el corresponsal de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de deportación.
En este marco, con arreglo a lo dispuesto en la disposición final segunda del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, y de conformidad con el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Público, se aprueba el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, actualizando las funciones atribuidas a los órganos directivos, hasta el nivel orgánico de subdirección general, con al final de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos.
El proyecto de norma tiene en cuenta la necesidad del cambio de número de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, que depende directamente de la Secretaría General de Cultura y Deporte, órgano directivo creado por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, al que corresponde la dirección superior de las competencias del Departamento en materia de cultura y la coordinación de las políticas deportivas.
Las competencias atribuidas a dicha dirección general en el citado Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, se centran en la promoción de las letras españolas, la lectura y el sector del libro, además de en el apoyo y coordinación del sistema bibliotecario.
Mediant Acuerdo de Consejo de Ministros, de 11 de julio de 2022, se declar el da 17 de marzo Da del Cmic y del Tebeo, al tener esta tipología de libro un contenido particular y ser una manifestación artística, que combina de forma natural la escritura creativa y el dibujo. Asimismo, destacan las particularidades de su difusión, la variedad de formatos que adoptó y su ya rica historia. Dicho acuerdo sella que La Administracin General del Estado, desde el Ministerio de Cultura y Deporte, est implantando polticas que reconocen la labor de estos creadores que, a veces, se han considerado propias de disciplinas mixtas y fronterizas con las bellas artes, y que merecen todo el reconocimiento y los apoyos publicos. Es una forma de manifestación artística madura, popular y de alto nivel creativo.
Con antecedentes previos, y en la línea de resaltar la particularidad de este sector, se considera importante que destaque y sea visible, y se incluya en la denominación de la dirección general, que de esta forma pasará a llamarse Dirección General del Libro , del Cmic y de la Lectura.
La norma propuesta es adeca adeca a los principios de buena regulación de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, contemplados en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones caso pbli.
La norma propuesta es eficaz y proporcionó en el cumplimiento del propósito de modificación de la estructura organizativa, esperando a las competencias desarrolladas en el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadana .
También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y función de la Administración General del Estado, al modificar de forma expresa las dos normas que jurídicamente disponen la creación, competencias e incardinación de la dirección general modificada dentro de la estructura ministerial. Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y la memoria, accesible a la ciudadana, ofrece una explicación completa de su contenido. Dado que se trata de una norma puramente organizativa, su transmisión se encuentra exenta de la consulta pública previa y de los términos de audiencia e información pública. Finalmente, es también adecuado al principio de eficiencia, ya que no impone cargas administrativas.
Esta norma tiene su fundamento jurídico en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y maintiene su contenido lo ya previsto hasta ahora respecto a la organización y funciones de la Secretaría General de Cultura y Deporte, limitándose a un mero cambio de nominación de una dirección general dependiente de aquélla.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Cultura y Deporte, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del da abril 25 de 2023,
DISPONIBLE:
Artículo primero Modificación del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales
El artículo 14 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, queda redactado del siguiente modo:
1. El Ministerio de Cultura y Deporte se estructura en los siguientes órganos directivos:
- A) La Secretaría General de Cultura y Deporte, con rango de Subsecretaría, de la cual depende:
- 1. La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
- 2. La Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.
- 3. La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
- B) La Subsecretaría de Cultura y Deporte, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Quedan suprimidas la Dirección General de Industrias Culturales y Cooperación, la Dirección General de Bellas Artes y la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura.
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Artículo segundo Modificación del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrollará la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte
El Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrollará la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte, queda modificada como sigue:
- Uno. El prrafo a) del artculo 1.2 queda redactado del siguiente modo:
- a) La Secretaría General de Cultura y Deporte, con rango de Subsecretaría, de la que depende:
- 1. La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
- 2. La Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.
- 3. La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
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- a) La Secretaría General de Cultura y Deporte, con rango de Subsecretaría, de la que depende:
- Atrás. El apartado 3 del artículo 2 queda redactado del siguiente modo:
3. De la Secretaría General de Cultura y Deporte dependen los siguientes órganos directivos:
- a) La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
- b) La Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.
- c) La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
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- Muy. El ttulo y el primer prrafo del artculo 3.1 quedan redactados del siguiente modo:
Artículo 3 Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura
1. Corresponde a la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura el desarrollo de las siguientes funciones:
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- Cuatro. El primer prrafo del artculo 3.2 queda redactado del siguiente modo:
Dependen de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:
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DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera No incremento de gasto público
La aplicación de este real decreto se har sin aumento del costo de funcionamiento de los rganos directivos y no supondr incremento de gasto pblico.
Disposición adicional segunda Referencias normativas a la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura
Las remisiones del ordenamiento jurídico a la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura se oirán realizadas en la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
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Disposición final única Entrada en vigor
Este real decreto entrará en vigor el mismo da de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.