I'uga o Me 4, 2022, a le Cervantes Institute

ANEJO AL CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIN DEL INSTITUTO CERVANTES A LA UNIVERSIDAD DE CDIZ PARA LA REALIZACIN DE LAS PRUEBAS DE CONOCIMIENTOS CONSTITUCIONALES Y SOCIOCULTURALES DE ESPAA (CCSE) Y LA REALIZACIN DE LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIN DE LOS DIPLOMAS DE ESPAOL COMO LENGUA EXTRANJERA (DELE ), REGULADOR DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE LAS PRUEBAS CCSE PARA PERSONAS NO ALFABETIZADAS DE ESPAÑA

I le tasi itu, Mr. Luis Manuel García Montero, Faatonu o le Cervantes Institute, o se tulaga na tofia ai o ia e le Royal Decree 933/2018, o Iulai 20 (BOE o Iulai 21), ma e tusa ai ma aiaiga o le tusiga. 9 o le Tulafono 7/1991, o Mati 21, lea na fausia ai le Cervantes Institute, lisi o galuega ma fai ma sui o le Cervantes Institute, ma le tuatusi mo faamoemoega o lenei Faʻaopoopoga i Calle Alcal, 49, 28014 Madrid, ma TIN Q-2812007 I. .

Y de otra parte, don Francisco Piniella Corbacho, Rector Magnífico de la Universidad de Cdiz, cargo para el que fue nombrado por Decreto 498/2019, de 17 de junio (BOJA nm. 117, de 20 de junio), acta en number y en representación de dicha Universidad, conforme con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en los artículos 53 y 57 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 de octubre (BOE nm. 279, de 21 de noviembre), con domicilio a los efectos del presente Anejo en la avenida Dr. Gmez Ulla, 18, 11003 Cdiz, con NIF Q-1132001 G.

Los firmantes en número de ambas partes manifiestan y aseguran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la normativa que les resulta de aplicación, para suscribir el presente Anejo y, a tal efecto,

FA'ATAU

I. Que con fecha 24 de enero de 2020, el Instituto Cervantes y la Universidad de Cádiz suscribieron un Convenio de encomienda de gestión para la realización de las pruebas de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) y la realización de las pruebas para la Obtención de los diplomas de español como lengua extranjera (DELE).

II. Que, de conformidad con la legislación aplicable, el Ministerio de Justicia otorga autorizaciones para la realización de las pruebas CCSE adaptadas para personas no alfabetizadas, y dicha adaptación supone una modificación en la forma de administración de prueba, que implica una necesaria transformación de los procedimientos de gestin y la creacin de convocatorias extraordinarias de las pruebas CCSE especficas para personas no alfabetizadas.

tercero Que, de acuerdo con lo anterior, para regular las condiciones especiales para la realización de los exmenes CCSE para personas no alfabetizadas en España es necesario suscribir un Anejo al Convenio de encomienda de gestin a que se refiere el exponiendo primero anterior, en el que se recojan los detalles de ese procedimiento de gestación especial.

De acuerdo con lo anterior, ambas partes formalizan el presente Anejo al referido Convenio de encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes

FUAIUPU

Muamua tulaga faʻapitoa i le faʻatinoina o suʻega o suʻega CCSE mo tagata e le iloa tusitusi i Sepania

1. El Centro de Examen, conforme a la referida Encomienda de Gestión, debe colaborar con el Instituto Cervantes en la administración y desarrollo de las convocatorias CCSE para personas no alfabetizadas que se administran de la entrada en vigor del presente Anejo, conforme a las especificaciones e indicaciones que facilite el Instituto Cervantes, siendo obligatoria para el Centro de Examen la participación en dichas pruebas, siempre que se presente a las convocatorias ordinarias en ese mismo mes.

2. Las inscripciones se hacen, igual que el resto de candidatos CCSE, a través de la página de exmenes del Instituto Cervantes en centros de diferenciados en la aplicación SICIC, con los cupos de este tipo de candidatos que cada Centro considerado.

3. Las convocatorias ordinarias en las que cada Centro de Examen decidió voluntariamente participar tendrn no obstante asociados una convocatoria paralela extraordinaria, en las fechas aprobadas por el Instituto Cervantes a tal efecto, especfica para estos candidatos no alfabetizados. Además, cada Centro tendr sus cupos diferenciados para este tipo de candidatos.

4. O Su'esu'e Centre ta'itasi o le a iai se nofoaga fou fou o lo'o galue i le Instituto Cervantes fa'akomepiuta, fa'atasi ai ma fa'amaumauga e tasi, ae fa'aeseese i le sunum e fa'apea o se nofoaga fa'apitoa mo sui e le'i a'oa'oina.

5. E pei o isi sui o le CCSE, e mafai ona fa'atuina se faiga o tofiga, lea o le a avea ma aso mulimuli le aso na fa'amaonia e le Cervantes Institute.

6. O sui e le'i iloa faitau tusi e mafai ona su'esu'eina i vala'au ua fa'amaonia manino mo lea fa'amoemoe, e le mafai ona fa'atinoina i nei sui le su'ega CCSE o telefoni masani.

7. O nei Nofoaga fou ta'itasi ua fausia i le talosaga a le SICIC o le a eseese tulaga fa'amaapeina nai lo le fale'aiga sui tauva CCSE.

O le Nofoaga Autu o Su'ega e ofoina atu le aia tatau i le 39% o le tau na fa'atuina e le Cervantes Institute mo su'ega ta'itasi mo sui e le'i a'oa'oina le CCSE.

O lea aofa'iga o lo'o fa'atatau i le maualuga o le fa'aulufale mai lea e agava'a ai le Nofoaga Autu mo Su'ega mo su'ega ta'ito'atasi a le CCSE.

O le Cervantes Institute o le a tuʻuina atu le aofaʻi tutusa i le Nofoaga Suʻega i totonu o se vaitaimi o le 60 aso e faʻatatau i le aso aloaia o le telefoni i le teugatupe o loʻo faʻaalia e le Cervantes Institute.

El incumplimiento de esta obligación podrá acarrear la resolución del Convenio de encomienda de gestión del que el presente anejo formó parte, sin perjuicio de la reclamación que se pudiera realizar.

8. Con independencia de la fecha o de las causas por las que finaliza esta Encomienda de Gestión, desde el mismo momento en que se produzca su terminación el Centro de Examinador no podrá seguir utilizando la denominación Centro de Examinador CCSE ni los logotipos o distintivos del Instituto Cervantes ni ninguna otra denominación facilitada por este, y cumplir con las obligaciones a que se comprometa para las convocatorias en las que haya elegido participar colgante el ao en curso, siempre que el Instituto Cervantes no le indique otra cosa.

Vaitaimi Lona Lua o Tautinoga

El resto de los compromisos y obligaciones recogidos en el Convenio de encomienda de gestión (del que el presente Anejo es parte) no modificados expresse por este Anejo son de plena aplicación a la gestión y administración de las pruebas de examen CCSE para personas no alfabetizadas.

Tolu Lelei ma Fa'atauaina o le Tausaga

Este Anejo producirá efectos a la fecha de la firma del último de los firmantes, y su vigencia será la misma que la del Convenio de encomienda de gestión del Instituto Cervantes a la Universidad de Cádiz para la realización de las pruebas de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) y la realización de las pruebas para la obtención de los diplomas de español como lengua extranjera (DELE), suscrito el 24 de enero de 2020, del que forma parte una vez formalizado.

Tulaga Fa

El presenta Anejo al citado Convenio de encomienda de gestin habr de publicarse en el Boletn Oficial del Estado.

Por el Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero, Director, 3 de mayo de 2022.–Por la Universidad de Cádiz, por Delegación de firma, Resolución UCA/R84REC/2019, de 29 de julio, Rafael Jimnez Castaeda, el Vicerrector de Internacionalización , 29 de abril de 2022.