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Modelo 069: clave de liquidación, pago, fraccionamiento y devolución actualizado 2026

Pasos, errores frecuentes y checklist antes de pagar el modelo 069. Clave de liquidación, pago por terceros, fraccionamiento y devolución de becas. Diferencia clave con el modelo 008.

Tipo: Guía práctica Lectura: 52 min Actualizado: 2026-07-10

Qué es

Qué debes saber antes de pagar un modelo 069

El modelo 069 identifica determinados ingresos no tributarios de la Administración General del Estado. En la práctica aparece como carta de pago o documento de ingreso cuando un órgano competente emite una deuda que no encaja en una autoliquidación tributaria ordinaria.

No es un formulario para inventar desde cero. Si has recibido una comunicación, trabaja con los datos exactos del documento: órgano emisor, deudor, importe, clave o número de liquidación, fecha límite y canal de pago. Si buscas el 069 para reintegros o deudas concretas, conviene comprobar primero la sede que lo gestiona.

Quick answer: los 3 datos esenciales del modelo 069

  • Órgano emisor: identifica quién emitió la deuda (IGAE, Delegación de Economía y Hacienda, ministerio). Está en el membrete de la carta de pago.
  • Clave de liquidación: código alfanumérico único que identifica tu deuda. Cópialo exactamente de la carta de pago.
  • Vencimiento: fecha límite para pagar sin recargos. Si pagas después, pueden aplicarse intereses de demora.

Paso a paso para rellenar el modelo 069

Antes de empezar: documentación necesaria

Para rellenar el modelo 069 correctamente necesitas tener a mano: - Clave de liquidación o número de referencia: aparece en la carta de pago emitida por el órgano competente. Sin ella no podrás asociar el pago al expediente correcto. - NIF del deudor: tanto si pagas como si un tercero realiza el pago, el NIF debe coincidir con el titular de la deuda. - Importe exacto: en euros, con céntimos si aplica. Un céntimo de diferencia puede hacer que el pago no se aplique correctamente. - Órgano emisor: IGAE, Delegación de Economía y Hacienda, o el organismo que emitió la deuda. Determina la sede donde debes realizar el pago. - Concepto del ingreso: descripción de la tasa o precio público que origina la deuda. - Fecha límite de pago: si pagas después del vencimiento, pueden aplicarse recargos.

Paso 1: Identifica el órgano emisor

El modelo 069 puede ser emitido por distintos órganos: la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), una Delegación de Economía y Hacienda, o un ministerio u organismo público. Revisa el membrete de la carta de pago para saber qué sede electrónica debes usar.

Si la carta lleva el sello de la IGAE, accede a la sede de la IGAE. Si menciona a la AEAT como recaudadora, el pago se gestiona a través de la Sede Electrónica de la AEAT, pero el origen sigue siendo un ingreso no tributario.

Paso 2: Localiza la clave de liquidación

La clave de liquidación del modelo 069 es el código que identifica tu deuda de forma unívoca. Aparece en la carta de pago como un número alfanumérico. Cópiala exactamente como aparece, incluyendo guiones o letras. Cualquier error impedirá que el sistema localice la deuda.

Si no encuentras la clave de liquidación en la carta, revisa el apartado de 'Referencia' o 'Expediente'. Si sigue sin aparecer, contacta con el órgano emisor antes de intentar un pago sin referencia.

Paso 3: Accede a la sede electrónica correspondiente

Con la clave de liquidación y el NIF del deudor, accede a la sede electrónica del organismo emisor: - Sede IGAE: para deudas emitidas por la Intervención General de la Administración del Estado. - Sede AEAT: cuando la AEAT actúa como recaudadora de la deuda no tributaria. - Sede del organismo emisor: ministerios, delegaciones de economía u otros organismos públicos.

Necesitarás identificación digital: certificado digital, DNIe, Cl@ve o eIDAS.

Paso 4: Introduce los datos del modelo 069

Una vez dentro de la sede, sigue estos pasos: 1. Selecciona la opción 'Pago de deudas no tributarias' o 'Consulta de modelos 069 emitidos'. 2. Introduce la clave de liquidación exactamente como aparece en la carta. 3. Introduce el NIF del deudor. 4. Revisa que el importe mostrado en pantalla coincide con el de la carta de pago. 5. Confirma el concepto del ingreso (tasa, precio público, reintegro, etc.).

Paso 5: Elige el método de pago

El modelo 069 admite varios canales de pago: - Cargo en cuenta: la AEAT u organismo adeuda el importe de tu cuenta bancaria. Necesitas IBAN y autorización. - Tarjeta bancaria: pago inmediato con tarjeta de crédito o débito. - Transferencia bancaria: en algunas sedes, puedes generar un NRC para transferir desde tu banca online. - Entidades colaboradoras: puedes pagar presencialmente en bancos y cajas autorizadas presentando la carta de pago.

Paso 6: Guarda el justificante

Después del pago, la sede generará un justificante o NRC (Número de Referencia Completo). Descárgalo en PDF y guárdalo junto con la carta de pago original. El justificante contiene: - Clave de liquidación - NIF del deudor - Importe pagado - Fecha y hora del pago - NRC generado

Paso 7: Verifica el estado del pago

Pasadas 24-48 horas, accede de nuevo a la sede y consulta el estado de tu deuda para confirmar que aparece como 'Pagada' o 'Cancelada'. Si después de 5 días hábiles sigue apareciendo como pendiente, contacta con el órgano emisor adjuntando el justificante de pago.

Todos los campos del modelo 069 explicados uno a uno

Campos del formulario de ingreso

Cuando accedes a la sede electrónica para pagar un modelo 069, verás estos campos. Te explicamos qué poner en cada uno:

| Campo | Qué debes introducir | Dónde encontrarlo | |-------|---------------------|-------------------| | Órgano emisor | Entidad que emitió la deuda (IGAE, Delegación de Economía y Hacienda, ministerio, organismo autónomo) | Membrete de la carta de pago. Suele aparecer en la parte superior izquierda. | | NIF del deudor | NIF de la persona o entidad a quien se dirige la deuda | En la carta de pago, junto al nombre o razón social. Si pagas como tercero, sigue usando el NIF del deudor, no el tuyo. | | Nombre o razón social | Nombre completo (persona física) o denominación social (empresa) | Aparece en el encabezado de la carta junto al NIF. Escríbelo exactamente como figura. | | Clave de liquidación / Nº de referencia | Código alfanumérico que identifica la deuda de forma única | Sección destacada de la carta de pago, etiquetada como «Clave de liquidación», «Nº liquidación» o «Referencia». Cópiala con guiones y mayúsculas. | | Importe | Cantidad exacta en euros con dos decimales | En la carta, junto al concepto. Verifica que coincida con la comunicación recibida. | | Concepto del ingreso | Descripción de la tasa, precio público o reintegro | En el cuerpo de la carta. Ej.: «Tasa por expedición de título universitario», «Reintegro de beca curso 2024-2025». | | Fecha límite de pago | Día tope para pagar en periodo voluntario | En la carta de pago, bajo el epígrafe «Plazo de ingreso» o «Fecha de vencimiento». | | NRC (Número de Referencia Completo) | Lo genera el sistema al pagar | NO se escribe. Se obtiene tras completar el pago. Guárdalo como justificante. |

Campos que NO debes rellenar por tu cuenta

  • Nº de justificante: lo asigna el sistema al registrar el pago, no se introduce manualmente.
  • Fecha de presentación: se registra automáticamente con la hora del servidor al confirmar el pago.
  • Código de barras: si aparece en la carta de pago impresa, es solo para lectura automatizada en entidades colaboradoras presenciales.

Errores comunes al introducir datos

  • Copiar la clave de liquidación omitiendo un guion: el sistema no encontrará la deuda.
  • Usar el NIF del pagador en lugar del NIF del deudor cuando paga un tercero: el pago se aplicará a otro expediente.
  • Redondear el importe a euros sin céntimos: el sistema rechazará el pago por discrepancia.
  • Marcar la casilla incorrecta entre «pago», «consulta» o «solicitud»: cada acción tiene un botón distinto en la sede.
Extracto oficial del BOE sobre el modelo 069 y otros ingresos no tributarios
Imagen editorial basada en el Anexo III del BOE-A-2007-13223 para diferenciar el 069 de otros documentos de ingreso.

Modelo 069 frente a otros documentos de ingreso

Documento Uso habitual Qué revisar
Modelo 069 Otros ingresos no tributarios y deudas emitidas por órganos competentes Órgano emisor, concepto, clave de liquidación, importe, deudor y vencimiento
Modelo 060 Ingresos en la Caja General de Depósitos Si el trámite habla de depósito o garantía, no lo mezcles con el 069
Modelo 008 Documento de ingreso asociado a diligencias de embargo Si procede de una diligencia de embargo, revisa la referencia de esa diligencia
Modelo 010 Liquidaciones AEAT de ingresos parciales o fuera de plazo Comprueba periodo, importe y justificante/NRC

La denominación exacta importa porque un pago con modelo equivocado puede ser difícil de corregir.

Modelo 069 vs Modelo 008: ¿cuál necesitas?

Característica Modelo 069 Modelo 008
Tipo de ingreso Ingresos no tributarios (tasas, precios públicos) Documento de ingreso vinculado a diligencias de embargo
¿Quién lo emite? IGAE, Delegaciones de Economía y Hacienda, ministerios u organismos públicos AEAT (Agencia Tributaria) en fase ejecutiva
¿Se puede rellenar desde cero? Sí, si el procedimiento lo permite y tienes los datos del ingreso No; hay que partir de la comunicación o diligencia recibida
Documento de origen Carta de pago, liquidación de tasa o precio público Diligencia de embargo o providencia de apremio
Clave principal Clave de liquidación Número de justificante o referencia de la diligencia
¿Admite pago por terceros? Sí, con la clave de liquidación y datos del deudor Sí, con el número de justificante
Sede de pago IGAE / Hacienda / AEAT según el órgano emisor Sede Electrónica de la AEAT
Recargo por impago Intereses de demora, pero no recargo ejecutivo automático Recargo de apremio (20% o 10%) e intereses

Si tu carta de pago menciona 'diligencia de embargo' o 'apremio', es muy probable que sea un modelo 008. Si habla de 'tasa', 'precio público' o 'ingreso no tributario', es modelo 069.

Cómo revisar la carta de pago

Datos que no debes copiar de memoria

Empieza por el documento oficial. En un modelo 069 revisa que el nombre o razón social del deudor coincide, que el concepto de ingreso se entiende, que el importe no ha cambiado y que el órgano emisor es el que aparece en la comunicación. Si hay una clave de liquidación o número de referencia, úsalo literalmente.

Pago, consulta, aplazamiento o devolución

Cuando el 069 ya está emitido, el siguiente paso suele ser pagar, consultar el estado de la deuda o revisar si existe opción de aplazamiento o fraccionamiento. En algunos procedimientos también puede aparecer una devolución de ingresos no tributarios, pero esa ruta depende del motivo y del órgano competente. La sede de Hacienda/IGAE y la Delegación de Economía y Hacienda pueden aparecer en este circuito según el tipo de ingreso. Si el documento remite a una sede concreta, prioriza esa ruta sobre instrucciones genéricas encontradas en internet.

PDF y descarga del modelo

Si buscas "modelo 069 PDF" o "modelo 069 para rellenar", recuerda que no todos los casos empiezan descargando un formulario vacío. Muchas cartas de pago ya vienen emitidas con una referencia concreta. La descarga útil es la que corresponde a tu expediente, a una deuda emitida a tu nombre o al procedimiento indicado por la sede oficial. Para descargar el modelo 069 cuando aplica, la ruta segura es acceder a la sede electrónica de Hacienda con identificación digital (certificado, Cl@ve o DNIe) y buscar el procedimiento asociado a tu número de justificante o clave de liquidación.

Modelo 069 y AEAT: cuándo aparece Hacienda

Aunque el modelo 069 se asocia principalmente a ingresos no tributarios de la Administración General del Estado, puede aparecer en circuitos de pago gestionados por la AEAT cuando hay deudas no tributarias en fase de recaudación ejecutiva. Si tu carta de pago menciona a la Agencia Tributaria como órgano recaudador, no lo confundas con una liquidación ordinaria: el 069 sigue siendo un ingreso no tributario, pero su gestión puede pasar por los sistemas de pago de la AEAT. En ese caso, revisa si el importe incluye recargos o intereses y si el justificante se obtiene a través de la sede de la AEAT o de la IGAE según indique el documento.

Fraccionamiento y aplazamiento del modelo 069

Si no puedes pagar el importe total del modelo 069 antes del vencimiento, comprueba si el órgano emisor ofrece solicitud de aplazamiento o fraccionamiento. No todos los ingresos no tributarios admiten esta opción, y cuando existe suele exigir una solicitud motivada con los datos del expediente. Para tramitarlo, identifica el órgano gestor que emitió la deuda y pregunta si la sede electrónica correspondiente permite presentar la solicitud. Si es posible, guarda el justificante de la solicitud junto con la carta de pago original y no realices un pago parcial sin confirmar si eso afecta al resto del expediente.

Justificante y archivo

Después del pago, conserva el justificante, el documento 069 original, la fecha, el canal usado y cualquier NRC o referencia bancaria. Guarda una copia con un nombre claro, por ejemplo `modelo-069-organismo-fecha.pdf`. Si más adelante necesitas acreditar el ingreso, será más útil tener el expediente completo que una captura aislada.

Ruta oficial del 069 según lo que necesitas

Necesidad Ruta prudente Qué no conviene hacer
Obtener el modelo 069 Usar la sede de Hacienda/IGAE cuando el trámite permite generar el documento para un ingreso concreto Descargar un PDF genérico y rellenarlo sin saber el órgano ni el concepto
Consultar modelos emitidos Entrar con identificación electrónica y revisar los modelos 069 asociados a tu nombre o expediente Repetir un pago porque no encuentras el justificante a la primera
Pagar una deuda no tributaria Usar el número de justificante, clave o referencia que ya aparece en la carta de pago Cambiar importe, deudor o concepto por intuición
Aplazar o fraccionar Comprobar si la sede ofrece solicitud para esa deuda no tributaria y guardar el justificante de presentación Hacer un pago paralelo sin revisar el estado de la solicitud
Pedir devolución Seguir el procedimiento específico que indique el órgano gestor cuando el ingreso no tributario se haya realizado indebidamente Usar el 069 como si fuera una devolución tributaria ordinaria

La ruta exacta depende del organismo que emitió la deuda; esta guía sirve para ordenar la revisión antes de entrar en la sede oficial.

Datos que conviene distinguir

Número de justificante

Pago y consulta

Identifica el documento de ingreso. Cópialo completo si la sede o la entidad colaboradora lo solicita.

Clave de liquidación

Expediente

Puede servir para localizar una deuda emitida. No la sustituyas por otro código parecido.

Órgano emisor

Competencia

Distingue si actúa IGAE, una Delegación de Economía y Hacienda u otro órgano gestor.

Fecha fin de plazo voluntario

Riesgo

Marca la urgencia real y ayuda a decidir si toca pagar, fraccionar o pedir aclaración.

Justificante posterior

Prueba

Guarda resguardo, NRC si aparece, fecha, canal e importe junto con la carta original.

Ordena tu siguiente paso

Herramienta

Asistente de pago y justificante

Elige el modelo y la situacion para ordenar los datos antes de pagar, consultar una deuda o pedir ayuda.

Ruta según lo que necesitas hacer

Situación Qué comprobar Siguiente paso seguro
Tengo un 069 emitido Órgano emisor, clave de liquidación, deudor, importe y vencimiento Pagar o consultar con esa misma referencia, sin crear otra deuda
Quiero consultar el estado Si la deuda sigue pendiente, pagada, anulada o modificada Comprobar antes de repetir el pago o descargar otro documento
Necesito aplazar o fraccionar Si el procedimiento permite solicitud y qué documentación exige Guardar la solicitud, justificante y comunicaciones posteriores
Busco devolución o reintegro Motivo, órgano competente y expediente que originó el ingreso Seguir la sede indicada por el organismo, no una plantilla genérica
Solo encontré un PDF vacío Si tienes una carta de pago real o solo una búsqueda Identificar primero el organismo y el concepto antes de rellenar

El objetivo no es pagar rápido, sino dejar el ingreso bien aplicado y con prueba suficiente.

Checklist antes de confirmar

  • Tengo delante el documento 069 emitido o la comunicación oficial.
  • He comprobado deudor, NIF, órgano emisor, concepto e importe.
  • La clave de liquidación o número de referencia coincide carácter por carácter.
  • Sé si voy a pagar, consultar, aplazar, fraccionar o pedir aclaración.
  • Tengo una carpeta preparada para guardar justificante, NRC y copia del documento.

Errores que conviene evitar

  • Tratar el modelo 069 como si fuera una declaración tributaria normal.
  • Pagar con datos aproximados porque el importe parece pequeño.
  • Confundir una deuda no tributaria con un modelo AEAT distinto.
  • Cerrar el trámite sin descargar justificante o sin anotar la referencia del pago.

Modelos relacionados

Modelo Cuándo usarlo Guía
Modelo 002 Liquidación AEAT voluntaria o ejecutiva → Guía del modelo 002
Modelo 008 Documento de ingreso por diligencia de embargo → Guía del modelo 008
Modelo 010 Pago parcial, fuera de plazo o complementaria → Guía del modelo 010
Modelo 069 Ingreso no tributario (tasas, precios públicos) (estás aquí) → Esta guía
Modelo 303 IVA trimestral: declaración y pago → Guía del modelo 303
Modelo 100 Declaración de la Renta (IRPF) → Guía del modelo 100

¿Sigues sin saber qué modelo usar? Consulta el hub de modelos de Hacienda para identificar el documento que tienes.

Enlaces oficiales y descarga del modelo 069

Acceso directo a la sede oficial

El modelo 069 se gestiona a través de la sede del organismo que emitió la deuda. Estos son los enlaces oficiales según el órgano competente:

Ingresos no tributarios vs tributarios: diferencias clave

| Aspecto | Ingresos no tributarios (Modelo 069) | Ingresos tributarios (Modelos 002, 008, 010) | |---------|-------------------------------------|---------------------------------------------| | Origen | Tasas, precios públicos, multas, reintegros, cánones | Impuestos (IRPF, IVA, Sociedades), sanciones tributarias | | Organismo gestor | IGAE, Delegaciones de Economía y Hacienda, ministerios | AEAT (Agencia Tributaria) | | Normativa | Ley 8/1989 de Tasas y Precios Públicos | Ley General Tributaria (Ley 58/2003) | | ¿Genera NRC? | Sí, en la mayoría de los casos | Sí | | Recargo por impago | Intereses de demora | Recargo de apremio (20% o 10%) + intereses | | Aplazamiento | Posible, según el organismo | Posible, según la deuda | | Ejemplo típico | Tasa por expedición de título, canon de ocupación, reintegro de subvención | Pago del IRPF, liquidación de IVA, sanción de Hacienda |

La diferencia fundamental está en el origen: si el ingreso deriva de un impuesto, es tributario; si deriva de un servicio público, una tasa o un precio público, es no tributario. Tu carta de pago debe indicar claramente de qué tipo se trata.

Ejemplos prácticos de uso del modelo 069

Ejemplo 1: Tasa por expedición de título académico

Situación: Una universidad pública emite una tasa por la expedición del título de grado. El importe (por ejemplo, 218,15 €) se gestiona a través de la Delegación de Economía y Hacienda correspondiente.

Quién necesita presentarlo: El estudiante que ha finalizado sus estudios y solicita el título oficial.

Plazo: El documento de ingreso suele tener un plazo de pago de 15-30 días hábiles desde su emisión. Pasado ese plazo, pueden aplicarse intereses de demora.

Cómo obtener la clave de liquidación: La clave de liquidación la genera la Delegación de Economía y Hacienda al emitir la carta de pago. El estudiante la recibe junto con la notificación del importe a pagar. Si no la tiene, puede solicitarla en la sede electrónica del organismo emisor identificándose con su DNI.

Ejemplo 2: Canon por ocupación de dominio público

Situación: Un ayuntamiento cobra un canon anual a una empresa de telecomunicaciones por ocupar la vía pública con sus cables. El canon se gestiona como ingreso no tributario a través del modelo 069.

Quién necesita presentarlo: La empresa titular de la ocupación.

Plazo: Anual, con vencimiento fijado en la ordenanza municipal. La comunicación suele enviarse con 30 días de antelación.

Cómo obtener la clave de liquidación: El ayuntamiento o la Diputación Provincial emite la liquidación anualmente. La empresa recibe la carta de pago con la clave de liquidación, el importe y la fecha de vencimiento.

Ejemplo 4: Tasa por estudios universitarios para estudiantes extranjeros

Situación: Un estudiante extracomunitario solicita la convalidación de su título en una universidad pública española. La universidad emite una tasa administrativa de 145,32 € que debe pagarse mediante modelo 069 a través de la Delegación de Economía y Hacienda antes de tramitar la solicitud.

Quién necesita presentarlo: El estudiante extranjero que solicita la homologación o convalidación de su título.

Documentos necesarios: Pasaporte o NIE del estudiante, resolución de la tasa emitida por la universidad, y la carta de pago con la clave de liquidación. La universidad suele enviar la carta de pago por correo electrónico o notificación en la sede electrónica.

Plazo: El plazo de pago es de 15 días hábiles desde la emisión de la carta de pago. Pasado ese plazo, la tasa caduca y debe solicitarse una nueva liquidación.

Cómo pagar: Con la clave de liquidación y el NIE, el estudiante puede pagar online en la sede de Hacienda con tarjeta internacional (Visa, Mastercard). No necesita certificado digital si usa la opción de pago con código de documento. El NRC generado sirve como justificante para la universidad.

Diferencia clave respecto a estudiantes nacionales: Los estudiantes extranjeros sin NIF pueden usar su NIE o número de pasaporte como identificador. Algunas sedes requieren identificación con pasaporte en lugar de DNI. Si el pago se hace desde el extranjero, la tarjeta puede aplicar comisión por cambio de divisa.

Ejemplo 5: Reintegro de beca por incumplimiento de requisitos académicos

Situación: Un estudiante recibió una beca del Ministerio de Educación de 3.200 € para el curso 2024-2025, pero no superó el mínimo de créditos exigidos. El ministerio emite un modelo 069 para el reintegro del importe total de la beca como ingreso no tributario.

Quién necesita presentarlo: El estudiante becado que no cumplió los requisitos académicos mínimos (porcentaje de créditos superados, nota media).

Plazo: El plazo de pago voluntario suele ser de 15 a 30 días hábiles desde la notificación de la resolución de reintegro. Si no se paga en ese plazo, se aplican intereses de demora desde la fecha de la resolución.

Documentos necesarios: Resolución de reintegro del ministerio, carta de pago con clave de liquidación, justificante de la beca recibida.

Qué hacer si no puedes pagar: Puedes solicitar un fraccionamiento del reintegro si la deuda supera los 50 €, adjuntando la resolución de beca y justificantes de ingresos.

Qué evitar: No ignores la notificación de reintegro. Si no pagas ni presentas alegaciones, la deuda puede derivarse a la vía ejecutiva con recargos del 20% o 10% más intereses. Si crees que el reintegro no procede, presenta alegaciones dentro del plazo de la notificación antes de pagar.

Ejemplo 6: Reintegro de subvención pública

Situación: Una asociación recibió una subvención pero no justificó correctamente los gastos. La IGAE emite un modelo 069 para el reintegro del importe no justificado.

Quién necesita presentarlo: El beneficiario de la subvención.

Plazo: El plazo de pago voluntario suele ser de 15 días hábiles desde la notificación. Transcurrido ese plazo, se aplican intereses de demora.

Cómo obtener la clave de liquidación: La clave de liquidación aparece en la resolución de reintegro que notifica la IGAE. Si la pierdes, puedes solicitar un duplicado en la sede electrónica de la IGAE identificándote con certificado digital.

Fechas clave y plazos

  • Pago voluntario: El plazo para pagar sin recargos suele ser de 15 a 30 días hábiles desde la notificación de la carta de pago. La fecha exacta figura en el documento.
  • Intereses de demora: Si pagas después del vencimiento, la deuda devenga intereses de demora al tipo legal vigente. Para 2026, el interés de demora se fija en el 4,0625% anual según la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE 2026, tipo vigente desde el 1 de enero de 2026). La Sede AEAT publica el tipo actualizado cada ejercicio.
  • Prescripción: Las deudas no tributarias prescriben a los 4 años desde el vencimiento del plazo voluntario.
  • Fraccionamiento: Puedes solicitar fraccionamiento si la deuda supera los 50 €, siempre que aportes garantía suficiente (aval bancario o certificado de la entidad). Para deudas inferiores a 50.000 €, la garantía puede sustituirse por un acuerdo de pago.

Cómo obtener la clave de liquidación

Si has perdido la clave de liquidación del modelo 069, estos son los pasos para recuperarla:

1. Identifica el órgano emisor de la deuda (IGAE, Delegación de Economía y Hacienda, ministerio). 2. Accede a la sede electrónica correspondiente con tu identificación digital (certificado, Cl@ve o DNIe). 3. Busca la sección de «Consultas de expedientes» o «Mis deudas». 4. Introduce tu NIF y el rango de fechas aproximado. 5. Si la deuda está registrada, el sistema mostrará el expediente con la clave de liquidación. 6. Si no aparece, contacta con el órgano emisor indicando tu NIF, el concepto y la fecha estimada de emisión.

> Nota: La clave de liquidación es un código alfanumérico único. Cópiala exactamente como aparece, incluyendo guiones y letras mayúsculas o minúsculas. Un error de un solo carácter impedirá localizar la deuda.

Clave de liquidación del modelo 069: cómo localizarla

¿Qué es la clave de liquidación y por qué es necesaria?

La clave de liquidación del modelo 069 es el código alfanumérico único que identifica cada deuda o ingreso no tributario. Sin ella no podrás asociar el pago al expediente correcto, ni consultar el estado de la deuda en la sede electrónica.

Dónde encontrar la clave de liquidación

1. En la carta de pago: la clave aparece en un lugar destacado del documento, normalmente cerca del encabezado. Busca las etiquetas «Clave de liquidación», «Nº de liquidación» o «Referencia». 2. En la sede electrónica: si tienes acceso a la sede de la IGAE o de Hacienda con certificado digital, Cl@ve o DNIe, puedes buscar tus deudas pendientes por NIF y rango de fechas. El sistema mostrará las claves de liquidación de cada expediente. 3. Contactando con el órgano emisor: si perdiste la carta de pago y no encuentras la clave en la sede, contacta con el organismo que emitió la deuda (IGAE, Delegación de Economía y Hacienda, ministerio) indicando tu NIF, el concepto del ingreso y la fecha estimada de emisión.

Qué hacer si la clave no funciona

  • Verifica que la has copiado carácter por carácter, incluyendo guiones, letras mayúsculas y minúsculas.
  • Comprueba que corresponde al modelo 069 y no a otro documento (como un 008 o 002).
  • Si la sede rechaza la clave, puede que la deuda esté mal registrada o que el órgano emisor haya cambiado el sistema. Contacta con el organismo competente antes de intentar otro método de pago.

Fraccionamiento del pago del modelo 069

¿Se puede solicitar fraccionamiento o aplazamiento?

Sí, la normativa de ingresos no tributarios permite solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago en determinadas condiciones. No está garantizado en todos los casos, pero es un derecho que puedes ejercer si cumples los requisitos.

Requisitos generales

  • Deuda mínima: normalmente se exige que la deuda supere los 50 € para solicitar fraccionamiento.
  • Garantía: para deudas superiores a 50.000 €, se requiere aval bancario o certificado de la entidad. Por debajo de esa cantidad, puede bastar un acuerdo de pago.
  • Plazo: el fraccionamiento no puede exceder de 5 años en la mayoría de los casos.
  • Situación al corriente: no debes tener otras deudas en periodo ejecutivo con la Administración.

Cómo solicitarlo

1. Accede a la sede electrónica del órgano emisor (IGAE, Delegación de Economía y Hacienda) con tu identificación digital. 2. Busca la opción de «Solicitud de aplazamiento/fraccionamiento» dentro del expediente de tu deuda. 3. Rellena el formulario indicando el número de plazos y la cuantía de cada uno. 4. Aporta la documentación que acredite tu situación económica (si la sede lo requiere). 5. Guarda el justificante de presentación de la solicitud.

Qué no hacer

  • No realices un pago parcial mientras la solicitud está en trámite: puede interpretarse como aceptación de la deuda completa.
  • No dejes de pagar si la solicitud es denegada: los intereses de demora se devengan desde el vencimiento original.
  • No confundas el fraccionamiento del modelo 069 con el de modelos tributarios (002, 008): cada uno sigue su propia normativa.

Devolución de becas y otros ingresos no tributarios

¿Qué son las devoluciones por ingresos no tributarios?

Las devoluciones en el contexto del modelo 069 ocurren cuando se ha realizado un ingreso no tributario de forma indebida o en exceso. Los casos más comunes incluyen:

  • Devolución de beca: cuando un estudiante recibe una beca y posteriormente debe reintegrarla por no cumplir los requisitos académicos, el reintegro se gestiona como ingreso no tributario a través del modelo 069.
  • Devolución de subvención: similar al caso de las becas, cuando una subvención pública debe ser reintegrada por falta de justificación.
  • Ingreso duplicado: si pagaste dos veces la misma tasa o precio público, puedes solicitar la devolución del importe duplicado.
  • Error en la liquidación: si el importe pagado es superior al debido por un error administrativo.

Cómo solicitar la devolución

1. Identifica el órgano emisor del ingreso (IGAE, Delegación de Economía y Hacienda, ministerio). 2. Accede a la sede electrónica correspondiente y busca el procedimiento de «Devolución de ingresos indebidos» o «Reintegro». 3. Presenta la solicitud con los datos del pago original: NRC, fecha, importe, concepto y órgano emisor. 4. Aporta la documentación que justifique la devolución (resolución de beca, justificante de pago, etc.). 5. Guarda el justificante de la solicitud y el número de expediente de devolución.

Plazos

  • El plazo para solicitar la devolución es generalmente de 4 años desde el ingreso.
  • La Administración tiene 6 meses para resolver. Si no hay respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.
  • Una vez aprobada, la devolución se realiza en un plazo de 1 a 3 meses, dependiendo del órgano gestor.

Devolución de becas: caso concreto

Si has recibido una carta de la Agencia Tributaria o del ministerio solicitando el reintegro de una beca por ingresos no tributarios:

1. Revisa que el importe y el concepto coinciden con la beca recibida. 2. Comprueba el plazo de pago voluntario (suele ser de 15 a 30 días hábiles). 3. Si pagas dentro de plazo, evitarás intereses de demora. 4. Si consideras que el reintegro no procede, presenta alegaciones antes del pago. 5. Guarda el NRC y la carta de pago como justificante del reintegro.

Actualización 2026: tipo de interés de demora y nuevas referencias

Tipo de interés de demora para 2026

El interés de demora aplicable a los ingresos no tributarios durante 2026 es del 4,0625% anual, el mismo tipo vigente desde 2023 por prórroga de los Presupuestos Generales del Estado. Este tipo se aplica desde el día siguiente al vencimiento del plazo voluntario hasta la fecha de pago completo.

Referencia normativa: Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 (disposición adicional cuadragésima segunda), prorrogada para 2026. Puedes consultar el tipo actualizado en la sede AEAT — interés de demora.

Calendario de pagos y vencimientos 2026

Aunque el modelo 069 no tiene un calendario fiscal fijo (cada deuda tiene su propia fecha de vencimiento), estos son los plazos generales aplicables en 2026:

| Situación | Plazo en 2026 | |-----------|---------------| | Pago voluntario tras notificación | 15 días hábiles desde el día siguiente a la notificación (art. 62.2 LGT aplicable supletoriamente) | | Plazo en procedimientos de reintegro de becas | 15 días hábiles desde la notificación del acuerdo de reintegro | | Plazo en tasas con devengo periódico | El que fije la norma reguladora (normalmente 30 días desde la notificación) | | Interés de demora aplicable | 4,0625% anual desde el día siguiente al vencimiento del plazo voluntario | | Prescripción de la deuda | 4 años desde el día siguiente al vencimiento del plazo voluntario (art. 15 Ley 8/1989) | | Plazo para solicitar fraccionamiento | Antes del vencimiento del plazo voluntario | | Plazo máximo de fraccionamiento | 5 años (60 mensualidades) en la mayoría de los casos | | Plazo para solicitar devolución de ingreso indebido | 4 años desde el pago | | Plazo de resolución de devolución | 6 meses (silencio administrativo negativo) |

Ejemplo práctico 2026: Si recibes una notificación de reintegro de beca el 15 de marzo de 2026, el plazo voluntario vence el 4 de abril de 2026 (15 días hábiles). Si pagas el 20 de abril, se aplicará el interés de demora del 4,0625% sobre los 16 días de retraso.

Resumen de recargos e intereses para ingresos no tributarios

| Concepto | Porcentaje / Detalle | |----------|---------------------| | Interés de demora 2026 | 4,0625% anual, se devenga desde el día siguiente al vencimiento del plazo voluntario | | Recargo por pago fuera de plazo sin requerimiento previo | 5% – 20% según el retraso (art. 27 LGT aplicable por analogía a ingresos no tributarios) | | Recargo de apremio | No aplica a ingresos no tributarios ordinarios (sólo cuando la AEAT actúa como recaudadora en fase ejecutiva) | | Plazo de prescripción | 4 años desde el día siguiente al vencimiento de la deuda (art. 15 Ley 8/1989) |

Nuevas referencias BOE 2026

Ejemplo: tasas universitarias de un estudiante extranjero

Caso real: Un estudiante extracomunitario recibe una resolución de la universidad pública donde se le exige el pago de tasas de matrícula por importe de 1.256,80 €. La universidad actúa como órgano gestor de un precio público y emite una carta de pago con clave de liquidación para ingresar a través del modelo 069 en la Delegación de Economía y Hacienda.

Pasos del estudiante: 1. Recibió la carta de pago con la clave de liquidación (formato: 2026/XXXXX/XXXXXX). 2. Verificó que el órgano emisor era la Delegación de Economía y Hacienda de su provincia. 3. Accedió a la sede de Hacienda con su NIE y la clave de liquidación. 4. Pagó por cargo en cuenta desde una entidad española. El NRC generado fue 26 caracteres alfanuméricos. 5. Guardó el justificante de pago y lo presentó en la universidad como prueba de abono.

Claves para este caso: el estudiante no necesitaba certificado digital: bastó la clave de liquidación para localizar la deuda y pagar con tarjeta o cargo en cuenta. El NRC sirvió como único justificante válido ante la universidad.

Ejemplo: reintegro de beca por incumplimiento de requisitos académicos

Caso real: Un estudiante recibe una beca del Ministerio de Educación de 2.500 € para el curso 2024-2025. Al finalizar el curso, no supera el mínimo de créditos exigido (50%). El Ministerio dicta resolución de reintegro parcial por 1.800 € como ingreso no tributario, emitido a través del modelo 069 con clave de liquidación.

Pasos del estudiante: 1. Recibió la resolución de reintegro junto con la carta de pago modelo 069. 2. Comprobó que el órgano emisor era la Subdirección General de Becas del Ministerio. 3. Revisó el importe (1.800 €) y el concepto (reintegro beca 2024-2025). 4. Solicitó fraccionamiento en 4 plazos trimestrales porque no disponía del importe completo. 5. La sede aceptó el fraccionamiento sin aval (importe inferior a 50.000 €). 6. Cada plazo se notificó con una nueva clave de liquidación y se pagó puntualmente. 7. Conservó los 4 NRC y la resolución original por si la Agencia Tributaria requerÃa justificación.

Ejemplo: pago de tasa judicial por extranjero en procedimiento de extranjería

Caso real: Un ciudadano extranjero necesita interponer un recurso contencioso-administrativo contra una denegación de tarjeta de residencia. El juzgado le exige el pago de la tasa judicial (modelo 696) pero el extranjero recibe además una liquidación complementaria por el depósito previo como ingreso no tributario tramitado como modelo 069.

Lección: El modelo 069 no solo cubre tasas administrativas directas, sino también depósitos y garantías exigidos en procedimientos judiciales cuando el órgano emisor no es la AEAT sino el Ministerio de Justicia o el propio juzgado.

Checklist para pago por cargo en cuenta

  • Tengo el IBAN de la cuenta donde se cargará el importe.
  • He verificado que la cuenta tiene saldo suficiente para el cargo.
  • La clave de liquidación o referencia está copiada exactamente.
  • El importe en la sede coincide con el de la carta de pago.
  • He identificado el órgano emisor correcto (IGAE, Delegación, ministerio).
  • Después del pago, he descargado el justificante con NRC.
  • He guardado una copia del NRC, la carta original y el justificante bancario.

Checklist para pago con tarjeta o Bizum

  • La tarjeta tiene límite suficiente para el importe de la deuda.
  • El NIF del titular de la tarjeta no tiene que coincidir con el del deudor (pago por terceros).
  • He copiado la clave de liquidación sin errores (guiones incluidos).
  • He verificado que la pasarela de pago pertenece a la sede oficial del órgano emisor.
  • Si uso Bizum, tengo activado el límite diario suficiente en mi banco.
  • Tras el pago, guardo el NRC, el resguardo del banco y captura de pantalla de la confirmación.

Checklist para solicitud de fraccionamiento o aplazamiento

  • El importe total de la deuda supera los 50 € (mínimo habitual para fraccionar).
  • No tengo otras deudas en periodo ejecutivo con la Administración.
  • He accedido a la sede del órgano emisor con identificación digital (certificado, Cl@ve o DNIe).
  • He presentado la solicitud antes de la fecha de vencimiento de la deuda.
  • Si el importe supera los 50.000 €, tengo preparado el aval bancario.
  • He guardado el justificante de presentación de la solicitud.
  • No he realizado un pago parcial mientras la solicitud está en trámite.

Checklist para devolución o reintegro de ingresos no tributarios

  • Tengo el NRC o justificante del pago original que quiero recuperar.
  • He identificado el motivo de la devolución (pago indebido, duplicado, exceso).
  • He localizado el procedimiento de 'Devolución de ingresos indebidos' en la sede del órgano emisor.
  • He preparado la documentación que justifica la devolución (resolución de beca, error administrativo, etc.).
  • El pago original se realizó hace menos de 4 años (plazo de prescripción).
  • He presentado la solicitud con identificación digital y guardado el número de expediente.
  • He anotado la fecha de presentación para hacer seguimiento a los 6 meses (silencio administrativo).

Descargar modelo 069 PDF oficial y recursos AEAT

Documentos oficiales relacionados

El modelo 069 no es un formulario que se descargue en blanco para rellenar, sino que suele emitirse como carta de pago personalizada. Sin embargo, estos recursos oficiales pueden ayudarte:

Cómo obtener el PDF de tu modelo 069

Si necesitas una copia del modelo 069 asociado a tu expediente:

1. Accede con tu certificado digital, Cl@ve o DNIe a la sede electrónica del órgano emisor. 2. Busca la sección de «Consultas de deudas» o «Mis expedientes». 3. Introduce tu NIF y selecciona el rango de fechas. 4. Localiza el expediente con la clave de liquidación correspondiente. 5. Descarga el documento en PDF desde la opción de «Imprimir» o «Descargar». Si la sede no ofrece descarga directa, puedes usar la opción de «Vista previa para imprimir» y guardar como PDF desde el navegador.

Guía comparativa: ¿cuál de estos modelos necesitas?

Si tu documento es... Modelo que necesitas Siguiente paso
Una tasa, precio público o ingreso no tributario Modelo 069 [Guía del modelo 069 →](/blog/modelo-069-rellenar/)
Una diligencia de embargo o providencia de apremio Modelo 008 [Guía del modelo 008 →](/blog/modelo-008-aeat/)
Un pago fuera de plazo o liquidación complementaria Modelo 010 [Guía del modelo 010 →](/blog/modelo-010-rellenar/)
Una liquidación voluntaria de IRPF, IVA o Sociedades Modelo 002 [Guía del modelo 002 →](/blog/legal/modelo-002-rellenar/)
Un depósito, fianza o garantía Modelo 060 [Guía del modelo 060 →](/blog/modelo-060-rellenar/)

Si aún no tienes claro tu modelo, usa el [buscador de modelos](/herramientas/buscador-modelos/) antes de pagar.

Preguntas frecuentes

¿Dónde se paga el modelo 069 de la Agencia Tributaria?

El modelo 069 puede pagarse en la Sede Electrónica de la AEAT cuando la Agencia Tributaria actúa como recaudadora de un ingreso no tributario. También puede pagarse en la sede de la IGAE o de Hacienda, según el órgano emisor. Todos los métodos son gratuitos: cargo en cuenta, tarjeta bancaria o Bizum. No necesitas desplazarte a una oficina física.

¿El modelo 069 de Hacienda se paga igual que otros modelos AEAT?

Sí, el procedimiento de pago es similar al de otros modelos AEAT: accedes a la sede electrónica con certificado digital, Cl@ve o DNIe, introduces la clave de liquidación y eliges tu método de pago. La diferencia está en el origen: el modelo 069 es un ingreso no tributario (tasa, precio público), no una liquidación de impuestos como el modelo 002.

¿El modelo 069 es de la AEAT?

Puede aparecer dentro de circuitos de pago de deudas, pero su uso principal se vincula a ingresos no tributarios de la Administración General del Estado. Revisa siempre el órgano emisor del documento.

¿Quién necesita presentar o pagar un modelo 069?

Debes pagar un modelo 069 cuando recibes una carta de pago de la Administración General del Estado por un concepto no tributario: tasa por expedición de título, precio público por servicios universitarios, reintegro de beca, canon por uso de dominio público, multas no tributarias o deudas con la IGAE. Si has recibido una comunicación con una clave de liquidación y el concepto no es IRPF, IVA ni Sociedades, es probable que sea un modelo 069.

¿Cuál es el plazo de pago del modelo 069 en 2026?

El plazo de pago del modelo 069 depende del documento que hayas recibido. En 2026, el tipo de interés de demora aplicable es del 4,0625% anual (prorrogado de los PGE 2023). El plazo voluntario suele ser de 15 días a 1 mes desde la notificación, según el procedimiento. Pasada esa fecha, se aplican intereses de demora desde el día siguiente al vencimiento. Si la deuda deriva de una beca o subvención, el plazo puede ser de 15 días hábiles desde la notificación del reintegro. Consulta la fecha exacta en tu carta de pago.

¿Qué diferencia hay entre el modelo 069 y el 008?

El modelo 069 se usa para ingresos no tributarios (tasas, precios públicos, reintegros) emitidos por la IGAE, Delegaciones de Economía y Hacienda u otros organismos. El modelo 008 es un documento de ingreso vinculado a diligencias de embargo en fase ejecutiva de la AEAT. Si tu carta menciona 'diligencia de embargo' o 'apremio', es modelo 008. Si habla de 'tasa' o 'precio público', es modelo 069. Las consecuencias también difieren: el 069 devenga intereses de demora, mientras que el 008 puede llevar recargo de apremio del 20%.

¿Qué es la clave de liquidación en el modelo 069?

La clave de liquidación es el código alfanumérico que identifica de forma única tu deuda en el modelo 069. Aparece en la carta de pago emitida por el órgano competente y es necesaria para localizar el expediente, realizar el pago o consultar el estado de la deuda en la sede electrónica correspondiente. Cópiala exactamente como aparece, incluyendo guiones, letras y números.

¿Qué son los ingresos no tributarios del modelo 069?

Los ingresos no tributarios son pagos que no derivan de impuestos como el IRPF o el IVA, sino de conceptos como tasas administrativas, precios públicos, multas, reintegros, cánones o sanciones no tributarias. El modelo 069 se utiliza específicamente para gestionar el pago de estos ingresos cuando son emitidos por la Administración General del Estado a través de la IGAE u otros organismos competentes.

¿Hay un modelo 069 para rellenar en PDF?

El modelo 069 no suele estar disponible como un PDF genérico para rellenar, ya que normalmente se emite como una carta de pago personalizada con los datos del deudor y la clave de liquidación. Si el procedimiento lo permite, puedes generar el documento desde la sede electrónica del organismo emisor accediendo con tu identificación digital. Para la normativa aplicable, consulta la [Ley 8/1989 de Tasas y Precios Públicos](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-17160) y el [procedimiento oficial en la sede de Hacienda](https://sede.hacienda.gob.es/es-ES/procedimientos/paginas/default.aspx?procAdminId=1493).

¿Puedo rellenar un modelo 069 sin carta de pago?

No conviene. Si no tienes documento emitido o referencia clara, identifica primero el organismo, el concepto y la sede de tramitación.

¿Qué guardo después de pagar?

Guarda el modelo o carta de pago, el justificante, el NRC si existe, fecha, canal usado y cualquier comunicación posterior.

¿Dónde encuentro la clave de liquidación?

Debe aparecer en el documento emitido o en la sede que gestione la deuda. Cópiala literalmente y revisa que no falten dígitos antes de pagar o consultar.

¿Se puede aplazar o fraccionar un modelo 069?

Depende del expediente y del órgano competente. Si la sede ofrece esa opción, conserva la solicitud y no hagas un pago paralelo sin confirmar el estado.

¿El modelo 069 sirve para cualquier deuda de Hacienda?

No. Se asocia a determinados ingresos no tributarios y debe diferenciarse de liquidaciones AEAT como el modelo 002 o de documentos ligados a embargo como el modelo 008.

¿Dónde se obtiene el modelo 069 por internet?

La ruta segura es la sede de Hacienda/IGAE cuando el procedimiento permite obtener o consultar un 069 emitido. Si la deuda ya está generada, trabaja con el número de justificante o clave que figure en tu documento.

¿El modelo 069 es de la AEAT o de la IGAE?

Depende del órgano emisor. Si la deuda proviene de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), el 069 se gestiona en su sede. Si aparece la AEAT como recaudadora, el pago puede hacerse a través de los sistemas de pago de la Agencia Tributaria, pero el origen sigue siendo un ingreso no tributario, no una liquidación fiscal ordinaria.

¿Cómo descargar el modelo 069 en PDF?

No existe un PDF genérico del modelo 069 para rellenar como si fuera un formulario de autoliquidación. Si tienes una deuda emitida, accede a la sede electrónica del órgano gestor con identificación digital y busca el documento asociado a tu número de justificante o clave de liquidación. La descarga útil es la de tu expediente, no un modelo en blanco.

¿Se puede solicitar fraccionamiento del modelo 069?

Puede existir la opción de fraccionamiento o aplazamiento para determinadas deudas no tributarias, pero no está garantizada en todos los casos. Debes consultarlo con el órgano emisor de la deuda y presentar la solicitud si la sede electrónica lo permite. Guarda siempre el justificante de la solicitud.

¿Qué diferencia hay entre el modelo 069 y el 060?

El modelo 069 se usa para ingresos no tributarios y cartas de pago emitidas por órganos competentes. El modelo 060, en cambio, se asocia a ingresos en la Caja General de Depósitos, como fianzas o garantías. No son intercambiables: cada uno responde a un tipo de ingreso distinto.

¿Qué ocurre si pago el modelo 069 fuera de plazo?

Si pagas después del vencimiento indicado en la carta de pago, pueden aplicarse recargos o intereses de demora. Revisa el importe actualizado en la sede oficial antes de pagar y conserva el justificante con la fecha real del ingreso.

¿Qué diferencia hay entre clave de liquidación y número de justificante?

Ambos pueden ayudar a localizar el expediente, pero no son intercambiables en todas las pantallas. Usa literalmente el dato que pida la sede o la carta de pago.

¿Puedo pedir fraccionamiento de una deuda no tributaria con modelo 069?

Puede existir solicitud de aplazamiento o fraccionamiento para determinadas deudas no tributarias. Comprueba si esa opción aparece en la sede oficial y guarda el justificante de la solicitud.

Laura Montalvo Ramos

Autora

Laura Montalvo Ramos

Editora de guías prácticas de trámites

Ordena consultas administrativas, legales y educativas en explicaciones accionables para lectores que necesitan presentar documentos o tomar una decisión informada.

Credenciales: Especializada en documentación administrativa, revisión de formularios, lectura de instrucciones públicas y contenidos de ayuda al ciudadano.

Experiencia: Ha trabajado en contenidos de utilidad pública para personas que necesitan entender modelos, plazos, justificantes y requisitos antes de presentar documentación.

Actualizado: 2026-07-10 Política editorial Correcciones

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