Resolución de 28/11/2022, de la Dirección General de Agricultura




El Consultor Jurídico

sumario

Las bases reguladoras para el diseño y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de vida de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2019-2023 establece que ser obligatoria en todas las plantaciones la utilización de planta-injerto certificado o portainjerto certificado e injerto en campo, salvo que la demanda de una determinada variedad certificada supere a la oferta, siempre bajo autorización por parte de la Dirección General competente.

En tal sentido el artculo 23.6 de la Orden 16/2021, de 11 de febrero, de la Consejera de Agriculture, Agua y Desarrollo Rural, por la que clarified las bases reguladoras para la concesin y gestin de las helps à las solicitudes de restructuracin y reconversión de viejo de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2022 y 2023.

Y el artculo 23.6 de la Orden 56/2022, de 10 de marzo, de la Consejera de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, para la aclaración de las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de Viedo de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2023.

Asimismo, en base a la Orden 54/2022, de 10 de marzo, de la Consejera de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 13/2020, de 29 de enero, por la que se precisan las bases reguladoras para el diseño y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de vida de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2021 y 2022, aquellos casos de operaciones bienales paralizadas por causa de fuerza mayor motivada por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las cuales se han podido extender, previa autorización y justificación, al ejercicio financiero 2023 también, podrán hacer uso de la autorización excepcional.

Acreditado que en la campaña 2022/2023 la demanda de material certificado es superior a la oferta en determinadas variedades y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos referidos, resuelvo:

Autorizar excepcionalmente para la campaña 2022/2023 la certificación de plantaciones, dentro de la ayuda a la restructuración del viejo, con planta injertada con material estándar sobre portainjerto certificado para las siguientes variedades: Albario, Albillo Real, Albillo Dorado, Cabernet Franc, Colombard, Chardonnay, Garnacha Blanca, Garnacha Peluda, Garnacha Tintorera, Malbec, Merlot, Moravia, Moravia Agria, Petit Verdot, Riesling, Sauvignon Blanc, Tinto Velasco, Touriga Nacional.

En el caso de que quiera plantar alguna variedad para la cual no haya existencia de planta certificada y no se incluya en el prrafo anterior, previamente a la realización de la plantación, se procederá a solicitar autorización para su ejecución con material estándar. Dicha solicitud, se debe realizar de forma telemática a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=SJLZ (apartado presentar solicitud). allí acudir a la Dirección General de Agricultura y Ganadera.

A esta solicitud se adjuntarn tres certificados de comerciantes y/o viveros de plantas de vid, de la provincia en la que se sita la parcela o de la provincia limtrofe, en los que se debe indicar la no existencia de planta certificada para la variedad para la que la solicita la plantación con material estándar y, en su caso, la relación de los viveros que le suministran plantas de vid a dicho comerciante, al efecto de poder realizar las comprobaciones oportunas.

Contra esta resolución, que no pone fin a la va administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejera de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, desde el da siguiente AO XLI Nm. 233 de diciembre 5, 2022 43051

al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso administrativo podrá relajarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos ( como las personas jurídicas, las entidades sin personalidad y las personas físicas que representan a las anteriores), a través del corresponsal vinculado a la sede electrónica de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: (www.jccm.es ).