Resolución de 17 de febrero de 2023, del Instituto Nacional de

a 14 de febrero de 2023.

De una parte, don Joan Francesc Marco Conchillo, Director General del Instituto Nacional de las Artes Escnicas y de la Msica (en adelante, INAEM), en nmero y representante del citado organismo, con sede en la plaza del Rey nmero 1, 28004 Madrid , y NIF Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 229/2022, de 29 de marzo, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones de l Instituto Nacional de las Artes Escnicas y de la Msica (BOE nm. 306, de 20 de diciembre).

De otra, don Juan Carlos Enrique Moreno, en calidad de Director General de la Asociación AMBILAMP (en adelante, AMBILAMP), con CIF G84397959, y domicilio social en la avenida de Burgos número 17, planta 9, puerta derecha, 28036 Madrid, en Virtud del poder de representación de esa entidad comprehido en la escritura de fecha veintitrs de febrero de dos mil ounce, otorgada ante el notario de Madrid, don Antonio Huerta Trlez, con el número de protocolo trescientos sesenta.

Ambas partes se conforman competencia y capacidad respectivamente para formalizar la presente adenda al convenio.

EXPONENTE

I. Que el INAEM y AMBILAMP firmaron el 25 de abril de 2019 un convenio para implantar mecanismos que faciliten el registro selectivo de residuos RAEE en el Auditorio Nacional de Música.

II. Que el citado convenio contempla la posibilidad de prrroga, lo que requiere el acuerdo uníme de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

tercero Que mediante la presente adenda ambas partes por unanimidad

Primera prrroga del convenio

Las partes acuerdan, de conformidad con la clusula novena del convenio, prorrogar la vigencia del mismo durante cuatro años adicionales.

Segunda Eficacia y validar esta adenda al convenio

La presente adenda al convenio tiende a regir a partir del 13 de mayo de 2023, previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, ser publicado en el plazo de diez das hbiles desde su formalizacin en el Boletn Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artculo 48.8 y el apartado 2 de la disposicin adicional sptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre .

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda.–En representación del INAEM, el Director General, Joan Francesc Marco Conchillo.–En representación de AMBILAMP, el Director General, Juan Carlos Enrique Moreno.