Resolución de 19 de enero de 2023, del Instituto Nacional de




El Consultor Jurídico

sumario

El 7 de diciembre de 2003 se public en el Boletn Oficial del Estado la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatuario de los servicios de salud, qua contemplated como instrumento clave en materia de personal, dentro de cada servicio de salud, el Plan de Ordenación de Recursos Humanos. As, el artculo 13 de la citada norma, lo define como el instrumento bsico de planificacin global de los mismos dentro de los servicios de salud, en el que se han de especificar los objetivos a conseguir en materia de personal, los efectivos y la estructura de recursos humanos que se consideran adecuados para cumplir tales objetivos, pudiendo a su vez establecer las medidas necesarias para conseguir dicha estructura, especialmente en materia de cuantificación de recursos, programación del acceso, movilidad geográfica y funcional, promoción y reclasificación profesional.

Por su parte, el artículo 12.1 establece que la planificación de los recursos humanos estará orientada a un adecuado dimensionamiento, distribución, estabilidad, desarrollo, formación y capacitación, en orden a mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios.

Mediante Resolución de 17 de enero de 2018 (BOE número 27, de 30 de enero de 2018), del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INGESA, junto a sus anexos, entrando en vigor al da siguiente de su publicación, y pendiente un quinquenio, es decir, con una vigilancia temporal hasta el 30 de enero de 2023.

La citada Ley 55/2003, de 16 de diciembre, en el artículo 80, referido a Pactos y Acuerdos, establece en el apartado 1, que, en el seno de las mesas de negociación, los representantes de la Administración o servicio de salud y los representantes de las organizaciones sindicales podrán concertar pactos y acuerdos. Asimismo, en el apartado 2, g) recoge, que debe ser objeto de negociación, en los términos previstos en el capítulo III de la Ley 9/1987, de 12 de junio, los Planes de ordenación de recursos humanos. En cumplimiento de este artículo, la Administración y las Organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de fecha 16 de noviembre de 2022, de acuerdo con una prrroga de la vigencia del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INGESA, por tres meses.

El Real Decreto-ley 12/2022, de 5 de julio (BOE número 161, de 6 de julio de 2022), por el que se modifica la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Services de Salud, entró en vigor el 7 de julio de 2022, y hace referencia en su Disposición adicional primera a la puesta en marcha de un proceso de negociación sindical para la actualización del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, para el cual se establece que, el Ministerio de Sanidad, dentro del mbito de negociacin, con conocimiento de la Comisin de Recursos Humanos en su labor de planificacin, iniciar en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de ese Real Decreto-Ley un proceso de negociación sindical para la actualización del Estatuto Marco. Este proceso negociador debe concluir en el plazo de seis meses, que podrá ser prorrogable.

Adicionalmente a lo anterior, a la vista de la complejidad de la actualización, revisión y adecuación del mencionado Plan y el volumen de datos y documentación que debe ser objeto de análisis, y con el objetivo de establecer un nuevo Plan, cuyo desarrollo sea gradual, con un horizonte temporal abierto, sin limitarse a una vigencia temporal determinada y con la posibilidad de una adaptación progresiva, esta Dirección, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15 del Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto (BOE número 208 , del 30 de agosto), resuelve:

Primero. Aumentar en tres meses, la vigencia del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INGESA, contados a partir de la fecha de finalización de la vigencia del Plan actual.

Segundo. El plazo anterior, se oye automáticamente prorrogado por el plazo indispensable, y en todo caso, hasta la finalización del proceso negociador para la actualización del Estatuto Marco del Personal Estatutario, en ejecución de la Disposición adicional primera, del Real Decreto-ley 12/2022 , de 5 de julio, por el que modificó la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, que llevando a cabo en el seno de Comisin Tcnica Delegada de la Comisin de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, y sus grupos de trabajo.

Contra esta Resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente a su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el da siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administratif del Tribunal Superior de Justicia de, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.