Resolución de 26 de enero de 2023, del Instituto Nacional de




El Consultor Jurídico

sumario

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 y 7.2 de la Resolución de 16 de abril de 2021 del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que demostró los criterios y el procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la financiación de planes de formación en el ámbito de la Administración General del Estado, corresponde a la Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración General del Estado establecer el plazo de presentación de los planes de formación, los límites establecidos en los artículos 5.2 y 9 , como tal, el baremo segn el cual sern desarrollados los criterios de distribucin de fondos, que sern comunicados a todos los promotores registrados en el Portal FEDAP y se publicarn en el Boletn Oficial del Estado mediante una resolucin de la persona titular de la Direccin del INAP.

La Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración General del Estado, al reunirse el 16 de diciembre de 2022, adoptó los acuerdos que contienen esta resolución.

En su virtud, esta Dirección resuelve:

Primero. Objeto.

Mediar esta resolución se inicia el procedimiento para la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por la Administración General del Estado en el marco de AFEDAP y de acuerdo con la Resolución de 16 de abril de 2021 del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la financiación de planes de formación en el ámbito de la Administración General del Estado, publicado en el BOE nº 95 de 21 de abril de 2021.

Segundo. Ejecución.

El perodo de ejecucin del plan de formacin ser el ao natural, con independencia de la fecha en que se haga efectiva la transferencia de fondos.

Tercero. Plaza y lugar de presentación de planos de formación.

1. El plazo de presentación de planes de formación es de quince días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución. La presentación de aviones se realiza a través del portal FEDAP.

2. Si los planes presentados no reunieran los requisitos exigidos se requerirá al promotor para que en el plazo de diez das hbiles subsane la falta o acompae los documentos preceptivos, con indicación de que, si como no se hizo, se tenderá por desistida su petición , con los efectos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. En aquellos casos en los que la propuesta de distribución contenga un importe inferior al solicitado, los promotores deberán reformular su plan y adaptarlo al importe propuesto en el plazo de diez das hbiles.

4. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses desde la publicación de esta resolución.

Cuarto. Límite de gastos imputables al plan de formación.

1. Los gastos directamente imputables a las actividades complementarias tienden a un límite del 2 por ciento sobrio e importado total concedido.

2. Los gastos generales asociados a la ejecución de las actividades financiables que no pueden ser imputados de forma directa tienden a un límite máximo del 10 por ciento sobre la importación de los gastos directos.

3. Otros gastos indirectos en concepto de agua, gas, electricidad, mensajera, telefona, material de oficina consumido, vigilancia y limpieza y otros no especializados imputables al plan de formación, tendrn un límite máximo del 6 por ciento del total de los gastos directos .

Quinto. Cuadrado de justificación.

La justificación de la realización de los planes de formación y de los gastos incurridos, se realizará mediante la presentación, a través del portal FEDAP, de la cuenta justificativa en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 29 de febrero de 2024. En los planes plurianuales la justificación se hará parcialmente cada año en el período comprendido entre el 1 de enero y el 28 o 29 de febrero del año siguiente a que se refieran los gastos a justificar.

Sexta. Importante distribuir y baremo.

1. De los fondos que corresponden a la Administración General del Estado, el INAP gestiona la cantidad de 4.088.160 euros. El importe restante, 9.539.030 euros, será objeto de reparto entre los promotores de la AGE que, salvo causas justificadas, se destinarán con carácter prioritario a la formación de carácter específico.

2. La determinación de la cuantificación individualizada de los fondos a transferir se realizará como a continuación se indica:

Planes Interadministrativos e Interdepartamentales.

Disposición adicional de recursos

1. Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potencialmente en reposición o bien ser impugnada directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo.

2. El recurso potestativo de reposición se podrá interponer ante el órgano que la dict, en el plazo de un mes contado desde el da siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3. El recurso contencioso-administrativo se podrá interponer ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administratif, en el plazo de dos meses contado desde el da siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9.1.b) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

4. Cuando la resolución se haya recurrido en reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Disposición final nica Eficacia

La presente resuelve surtir efectos del da siguiente al de su publicacin en el Boletn Oficial del Estado.