Orden ATP/54/2022, de 29 de agosto, por la que se modifica la




El Consultor Jurídico

sumario

La Orden 19/2012, de 24 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadera y Medio Ambiente, por la que estableció las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes anuales de Seguros Agrarios Combinados, en su el artículo 4.2 aclaró que el porcentaje de subsidio que corresponde a las líneas de retirada y destrucción se calcula sobre un porcentaje de la prima base comercial neta, sin tener en cuenta los recargos que déban ser aplicados por las entidades aseguradoras a consecuencia de una siniestralidad elevada.

El aumento de los daos en las producciones ganaderas que se ne produciendo en los ltimos ejercicios, est elevando la siniestralidad en muchas explotaciones. En consecuencia, en este caso los asegurados han de enfrentar incrementos considerables en el costo de sus plicas, circunstancia que se ve agravada por el hecho de que estos recargos no son objeto de subsidio.

La presente modificación de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, tiene por objeto adaptar el cálculo de la subvención total aplicable en el ámbito de las líneas de retirada y destrucción, eliminando la restricción a la subvención de los recargos fijada normativamente, de modo que permite contrarrestar la prioridad de rentabilidad de las explotaciones y se adapta a las distintas situaciones con la posibilidad de adaptar los proyectos de subvención que se determinen en las convocatorias anuales de subvenciones, de acuerdo con las prioridades que en ese momento se aconseje.

En virtud de lo anterior y en el ejercicio de las atribuciones conferidas a esta Consejera en el Decreto 49/2020, de 3 de septiembre, por el que establece la estructura orgánica de la Consejera de Agricultura, Ganadera, Mundo Rural, Territorio y Población, y sus funciones en el déarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadera y previos los informes preceptivos, apruebo la siguiente,

ORDENAR

Artículo único Modificación de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadera y Medio Ambiente, por la que establece las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes Anuales de Seguros Agrarios Combinados (Boletín Oficial de La Rioja número 118, de 28 de septiembre de 2012)

Se modificó el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 4, queda redactado de la siguiente forma:

Para las líneas de retirada y destrucción se calcula sobre un porcentaje de la prima base comercial neta, una vez deducidas las bonificaciones y descuentos establecidos. Los porcentajes de subvención se determinan en la convocatoria anual de subvenciones.

Disposición final única Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.