El acceso al desempleo supone un buen escudo social para los autónomos

Era de justicia que el Estado, de una vez por todas, pusiera sus esfuerzos a través del Poder Legislativo para limar las desigualdades de acceso a la protección de los autónomos respecto a las prestaciones por desempleo. En esa misma línea, se ha mejorado el sistema de cotización más enfocado, como es justo, a los ingresos. Ambas cuestiones suponen un revulsivo para los trabajadores por cuenta propia

Por fin, se puede decir que los autónomos han conseguido, después de décadas solicitándolo, que el nuevo sistema de cotización que los rige esté basado, principalmente, en los ingresos reales que reciben mensualmente. En este sentido, el sector ha aplaudido, en gran medida, el compromiso del Estado y tienen certidumbres, pues se ha publicado ya en el BOE.

En esa misma línea, se ha procedido a adecuar el paro o desempleo de los autónomos, una medida con la que se pretende dar más facilidad al acceso por parte de los empresarios a una prestación derivada del cese de actividad. Así pues, esta nueva ley tiene la previsión de entrar en vigor en el próximo ejercicio anual, es decir, para el año 2023. Concretamente, recoge que es posible solicitar esta ayuda tras haber cotizado, al menos durante 12 meses, en los 24 meses anteriores a la situación que lo justifica; eso sí, no tienen por qué ser correlativos.

No obstante, pueden surgir dudas por parte de los beneficiarios, por lo que para tal efecto se puede consultar en entidades como ATC Asesoría, que ya han elaborado un pormenorizado resumen pedagógico con intención de despejar dudas y afianzar el conocimiento de los derechos que asisten a estos trabajadores por cuenta propia.

A continuación, se hace un resumen de las diversas situaciones que pueden darse y cómo contempla la nueva normativa el acceso a las ayudas, así como los requisitos que hay que cumplir al respecto.

¿Qué ocurre cuando decae la actividad?

En este caso, se puede recurrir a la percepción del llamado paro parcial que permite, por un lado, percibir la prestación y, por otro, mantener la actividad económica de la empresa; eso sí, con una actividad reducida. Otra de las novedades, es que para acceder a esta prestación se ha erradicado el requisito que impedía a los trabajadores que, habiendo superado la edad de jubilación, mantuvieran el negocio. Concretamente, la ayuda que corresponde es la proporcional al 50% de la base de cotización y, en cualquier caso, se puede pedir sin cesar en el RETA, ni tener que echar la persiana a la empresa. No obstante, un requisito indispensable para acceder a la ayuda es demostrar una bajada del 75% del nivel de ingresos, eso si no existen trabajadores a cargo, ya que si los hubiese, esa reducción debería mantenerse durante dos trimestres; además de decretar una reducción de jornada o suspensión de contratos, al menos, del 60% de la plantilla y no obtener ingresos que superen el SMI.

Las causas de fuerza mayor y cómo justificarlas

Así pues, cuando se acredite la existencia de una declaración de emergencia que haya sido dictaminada por una autoridad competente, como por ejemplo, los confinamientos derivados de la Covid-19, un autónomo se podrá acoger a esta ayuda. También, deberá certificar una bajada de los ingresos de la empresa del 75%, teniendo como referencia el mismo periodo del ejercicio anterior, por respetar la neutralidad del dato, y cumpliendo, igual que en el caso antes expuesto, con el matiz de que los ingresos de la persona trabajadora por cuenta propia no superen el salario mínimo interprofesional. Dadas las circunstancias, se tendrá derecho a pedir una prestación parcial, y el importe a abonar será del 50% de la base reguladora. En esta modalidad, también se contempla el hecho de no cesar la actividad.

En resumen, esta mayor protección social sobre los autónomos llega después de un amplio debate y reflexión por parte de todos los implicados. Al menos, estas mejoras palian, en parte, la desigualdad de oportunidades que han tenido siempre los autónomos para recibir una prestación contributiva, aunque las dificultades económicas les hayan afectado, siempre, de lleno. Es una justicia social que ha llegado para quedarse, y que en unos meses, estará plenamente vigente.