Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que




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El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública han suscrito una adenda al Acuerdo de encomienda de gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial firmado el da 18 de octubre de 2022.

Para conocimiento general, y en cumplimiento de lo establecido en el artculo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico, dispongo la publicacin en el Boletn Oficial del Estado de la referida adenda como anexo a esta resolución.

ANEXO

Addenda al Acuerdo de Encomienda de Gestin de la Subsecretara de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrtica a la Subsecretara de Hacienda y Funcin Pblica para la gestin de expedientes de responsabilidad patrimonial

REUNIDOS

De una parte, don Alberto Herrera Rodríguez, Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 673/2021, de 27 de julio, actuante en nombre y representación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortas y Memoria Democrática y de las Entidades de Derecho Público adscritas al mismo.

De otra parte, doña Pilar Paneque Sosa, Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, nombrada para dicho cargo por Real Decreto 549/2021, de 13 de julio, actúa en nombre y representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

EXPONENTE

Con fecha 21 de octubre de 2022 se public en el Boletn Oficial del Estado el Acuerdo de encomienda de gestin de la Subsecretara de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrtica a la Subsecretara de Hacienda y Funcin Pblica para la gestin de expedientes de responsabilidad herencia.

En la mencionada encomienda no se incluye entre los actos de trmite a encomendar la acumulación a la que se refiere el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Públicas.

Dada la existencia de un gran número de reclamaciones recibidas que cumplen con las condiciones establecidas en el mencionado artículo y con el fin de agilizar y lograr una mayor eficiencia en la tramitación de las reclamaciones se considera oportuno incluir la acumulación entre los encomendados de trmitar actos. Dicha acumulación resulta especialmente necesaria para agilizar la tramitación de las reclamaciones contra el Estado Legislador, respecto a las que el órgano tramitador es el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

En consecuencia, ambas partes, acuerdan:

primero

Modifíquese el apartado Segundo c) del Acuerdo de encomienda de gestión, añadiendo el prrafo siguiente:

Asimismo, cuando proceda a lo largo de la tramitación, disponer la acumulación a la que se refiere el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dando cuenta de ello periódicamente al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Segunda

Modify, en el apartado Segundo del Acuerdo de encomienda de gestión, las actuaciones encomendadas en relación con la transmisión de recursos potestativos de reposición, añadiendo, dentro de la relación de actuaciones encomendadas, el prrafo siguiente a la letra c):

Asimismo, cuando proceda a lo largo de la tramitación, disponga la acumulación a la que se refiere el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dando cuenta de ello periódicamente al Ministerio de la Presidencia Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática .

LE0000739986_20230309Ir a Norma Afectada

tercero

Esta adenda entrará en vigor desde su fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 23 de febrero de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.