La reelección de Borja-Villel como director del Reina Sofía podría ser impugnada

PESTAÑA crisis-museos-2023 Consecuencias (II) 2 En el mundo de la cultura -y en el del arte contemporáneo especialmente- todos hablaron ayer de lo mismo: la noticia de ABC relativa a los contratos de Manuel Borja-Villel , que situan al director del Reina Sofía “en fraude de ley” Durante los últimos diez años, y que cayó como una bomba. La pregunta que todos se hacían es: ¿qué consecuencias puede tener este hecho, denunciado por el Tribunal de Cuentas y nunca atendido por el Gobierno? Y también: ¿qué defensa tiene una situación tan grave en una de las instituciones culturales de cabecera de España? La noticia llega, además, en una semana decisiva en la que Borja-Villel abandonará el despacho de director, llegado a su tercer mandato (el segundo en situación irregular). En las próximas semanas, Cultura convocará el concurso para encontrar al próximo director del Reina Sofía. ¿Sería legítimo que se vuelva a presentar mientras no se aclare esta situación que los juristas definen como “al le margin de la ley”? Las fuentes jurídicas que mantienen el anonimato coinciden en señalar que “lo mínimo que debería ocurrir es que tanto él, como el Patronato, como el propio ministro de Cultura dieran lo antes posible una explicación convincente. Y no solo sobre los procesos irregulares que han perpetuado a este señor en el puesto, sino sobre por qué ignoraron las recomendaciones del Tribunal de Cuentas. No olvidemos que, tal y como establece la Constitución, es este el más alto órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público”. Noticias Relacionadas estandar Si Manuel Borja-Villel, director del Reina Sofía “fraud de ley” Jesús García Calero opinión No Editorial Fraud de ley en el Reina Sofía Editorial ABC El catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Murcia Manuel Fernández Salmerón mostró a ABC su preocupación por la posibilidad de que Borja-Villel pueda presentar al concurso del Reina Sofía oa otro: la ilegalidad de este contrato”. Uno de los mayores dilemas es, sin duda, si Borja-Villel conocía los detalles de su contrato y la manera limitada y medida en la que incumplía la ley que regula el Museo Reina Sofía (34/2011) para poder continuar prorrogando su contrato, norma que el mismo impulsó. “Podría alegar que lo desconocía y que la responsabilidad sobre la ilegalidad de los actos administrativos la tiene la Administración Pública -responde Fernández Salmerón-. Él podría invocar una confianza legítima en que las sucesivas prórrogas eran conformes con el ordenamiento. Aunque hayan sido ilegales, podría alegar que confió en la legalidad de la Administración”. Pero el catedrático también subraya que el problema es que “no se puede invocar con certeza esa confianza por parte de quien estuvo en condiciones de conocer la legalidad o la ilegalidad del proceder de la Administración”. No le cabe duda a este jurista de que es el caso: “El director del Museo de Reina Sofía, por su responsabilidad, es conocedor de la vigencia de la ley y si no era conocedor de la ley tenía un deber de diligencia en saberla. Y debería haber sabido que el régimen que instauraba la ley de 2011 era nueva, era más demandee y que no consentía la simple prórroga de su contrato anterior. Luego esa posible invocación del principio de confianza legítima, con casi toda seguridad, fracasaría”, aventura. A principios de febrero le llamarán a participar en el concurso para conocer al nuevo director del Reina Sofía Cultural Gestores consultado por ABC, explicándole que, lamentablemente, la investigación de este proceso ha ido mal hasta el fondo de las conclusiones. De todos modos, hay que tener en cuenta que a primeros de febrero se convocará el concurso para encontrar al nuevo director del Reina Sofía y todo apunta a que Borja-Villel espera presentarse como candidato. Una vez más, Fernández Salmerón lo desaconseja vivamente si no demuestra algo muy difícil, que no conocía la ley que incumplió, lo cual permitiría impugnar todo el proceso a cualquier participante: “Es posible que él acabase considerado cooperador de la ilegalidad que ha cometido la Administración Pública, y en ese sentido entendiendo que no podría invocar a su favor el tiempo de dedicación Durante todos estos años en los que ha desarrollado su labor bajo la cobertura de un contrato irregular, ni en un ulterior concurso que se convocara”. Sobre la posible impugnación de un concurso con Borja-Villel como candidatureo, concluyó: “Un tercero que tuviera pretensiones en un concurso frente a la elección o selección de este señor podría invocar esta circunstancia su favor. Pero para pretender que no deban computarse estos méritos por haber producido bajo la cobertura de un contrato irregular es necesario que esos contratos sean anulados por el tribunal correspondiente con carácter previo al concurso que se deba dirimir”. Otra de las inquietudes que suscita la situación en la que se encontraba recluido en Borja-Villel es la vigencia de sus actos como director del Reina Sofía durante el período de los contratos «fraudulentos», a partir de 2012. Un catedrático de Derecho Administrativo consultado indica que “ los actos son nues de pleno derecho, no anulables, porque no es que tengan una irregularidad formal sino que han sido dictados prescindiendo completamente del procedimiento administrativo establecido. Lo dice la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo y esto es un supuesto paradigmático de nulidad de un acto administrativo”. Seguramente causaría aún más daño revertirlos.