FORAL LAW 2/2023, vum 6. Februar, d'Ännerung vum Gesetz




Der Legal Consultant

Resumé

DE PRESIDENT VUN DER FORAL COMMUNITY OF NAVARRE.

Ech soen Iech datt d'Parlament vun Navarra déi folgend guttgeheescht huet:

LEY FORAL DE MODIFICACIÓN DE LA LEY FORAL 6/1990, DE 2 DE JULIO, DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA.

PREAMBEL

Resulta necesario llevar a cabo una modificación de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra para adaptar esta norma a la actualidad donde coexisten sociedades públicas locales cuyo capital pertenece exclusivamente a la entidad local matriz con otras en la que, siendo mayoritaria la participación en el capital de esta, también son propietarias, de forma minoritaria, otras entidades del sector público, como el Gobierno de Navarra, CEPEN, otras entidades locales, etctera.

Estas participadas por varias entidades del sector público tienen hoy, según la redacción actual de la ley, la condición de medios de gestión indirecta (artículo 192.3 e) y están vinculadas a una concesión cuyo plazo máximo de vigencia es de 50 años (artículo 194 ). Estando ya cerca de cumplirse este término en algunas sociedades municipales de Navarra, siendo Mercairua la primera de ellas, que ya está viendo limitadas su proyección y estrategia como consecuencia de ello, poniéndose en cuestión no solo el cumplimiento del servicio público que constituye su objeto, sino incluso su supervisión financiera.

En su virtud, se modifica la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Ech, am Aklang mat de Bestëmmunge vum Artikel 22 vum Organesche Gesetz vun der Reintegratioun a Verbesserung vum Foral Regime vun Navarra, promulgéieren, am Numm vu Senger Majestéit de Kinnek, dëst foral Gesetz, bestelle seng direkt Verëffentlechung an der Offiziell Gazette vun Navarra an se an d'Offiziell Staatszeitung geliwwert an d'Bierger an d'Autoritéiten opgefuerdert et ze respektéieren an duerchzesetzen.