¿A quien reclamar gastos hipoteca en escritura de compraventa subrogada?

Subrogación hipotética

SECCIÓN 1. Indemnización y subrogación. Además de todos los derechos de indemnización y subrogación que puedan tener los Garantes en virtud de la legislación aplicable (pero con sujeción a lo dispuesto en la Sección 3), el Prestatario acuerda que, en caso de que cualquier Garante efectúe un pago en virtud del Contrato de Garantía de Estados Unidos, el Prestatario indemnizará a dicho Garante por el importe total de dicho pago y dicho Garante se subrogará en los derechos de la Persona a la que se haya efectuado dicho pago en la medida de dicho pago.

SECCIÓN 2.05. Acuerdo de Pago; Subrogación. En desarrollo de lo anterior y sin limitación de cualquier otro derecho que el Agente de la Garantía de Primer Gravamen o cualquier otra Parte Garantizada tenga en virtud de la ley aplicable o en equidad contra cualquier Garante en virtud del presente, en caso de que el Prestatario o cualquier otra Parte del Préstamo no pague cualquier Obligación Garantizada cuando y a medida que la misma venza, ya sea al vencimiento, por aceleración, después de la notificación de prepago o de otro modo, cada Garante se compromete a pagar, o hacer que se pague, inmediatamente al Agente de Garantía de Primer Gravamen para que distribuya a las Partes Garantizadas correspondientes en efectivo el importe de dicha Obligación Garantizada impagada. Tras el pago por parte de cualquier Garante de cualquier cantidad al Agente de la Garantía de Primer Gravamen según lo dispuesto anteriormente, todos los derechos de dicho Garante contra el Prestatario o cualquier otra Parte del Préstamo que surjan como consecuencia de ello en concepto de derecho de subrogación, contribución, reembolso, indemnización o de otro modo estarán sujetos en todos los aspectos al ArtículoIII.

Ejemplo de subrogación

La renuncia a la subrogación es una cláusula contractual por la que un asegurado renuncia al derecho de su aseguradora a reclamar la reparación o la indemnización de las pérdidas de un tercero negligente.  Normalmente, las aseguradoras cobran una tasa adicional por un endoso de renuncia a la subrogación.  Muchos contratos de construcción y arrendamientos incluyen una cláusula de renuncia a la subrogación.

Estas cláusulas impiden que la aseguradora de una de las partes presente una reclamación contra la otra parte del contrato para intentar recuperar el dinero pagado por la aseguradora al asegurado o a un tercero para resolver una reclamación cubierta.

El derecho de subrogación permite a la aseguradora sustituir a su asegurado después de satisfacer una reclamación pagada al asegurado según las obligaciones de la compañía en virtud de la póliza de seguro. La compañía de seguros puede presentar una reclamación contra otras partes para cubrir sus costes por ese mismo siniestro, incluso cuando el siniestro implica la resolución de reclamaciones presentadas contra el asegurado.

En otras palabras, si se renuncia a la subrogación, la compañía de seguros no puede «ponerse en el lugar del cliente» una vez que se ha resuelto una reclamación y demandar a la otra parte para recuperar sus pérdidas. Por tanto, si se renuncia a la subrogación, la aseguradora se expone a un mayor riesgo.

Subrogación de derecho común

La subrogación se refiere literalmente al hecho de que una persona o parte se ponga en el lugar de otra persona o parte. Define efectivamente los derechos de la compañía de seguros tanto antes como después de haber pagado las reclamaciones hechas contra una póliza.  Además, facilita el proceso de obtención de un acuerdo en virtud de una póliza de seguro.

En la mayoría de los casos, la compañía de seguros de un individuo paga directamente la reclamación de su cliente por las pérdidas, y luego solicita el reembolso a la otra parte, o a su compañía de seguros. El cliente asegurado recibe el pago rápidamente y luego la compañía de seguros puede presentar una reclamación de subrogación contra la parte culpable de la pérdida.

Las pólizas de seguros pueden contener un lenguaje que da derecho a la aseguradora, una vez pagadas las pérdidas en los siniestros, a solicitar la recuperación de los fondos de un tercero si éste ha causado la pérdida. El asegurado no tiene derecho a presentar una reclamación a la aseguradora para recibir la cobertura prevista en la póliza de seguro o para pedir daños y perjuicios al tercero que causó las pérdidas.

Renuncia a la subrogación

La subrogación se utiliza a menudo en el ámbito de los seguros. Una compañía de seguros paga a su asegurado por una pérdida que la póliza de seguro cubre. La aseguradora inicia entonces una acción para recuperar su pago de la persona cuyos actos u omisiones causaron la pérdida al asegurado. El asegurador inicia la acción en nombre del asegurado, pero el riesgo y los beneficios de la acción son del asegurador. Se dice que el asegurador se subroga en los derechos del asegurado.

La subrogación también puede ser aplicable en una situación hipotecaria. La doctrina se resumió en un caso inglés de 1908 de la siguiente manera «cuando un tercero, a petición de un deudor hipotecario, paga a un primer acreedor hipotecario con el fin de convertirse él mismo en primer acreedor hipotecario de la propiedad, se convierte, a falta de pruebas de la intención contraria, en un derecho de equidad para situarse, con respecto a la propiedad, en el lugar del primer acreedor hipotecario».

Esta proposición se ha perfeccionado a lo largo de los años, pero la proposición básica sigue siendo válida. ¿Siguen confiando en ella los aspirantes frustrados a la hipoteca? Por supuesto. El dinero de las hipotecas a menudo se extravía, se devuelven las hipotecas anteriores y, de alguna manera, no se registra la hipoteca adecuada. Toronto-Dominion Bank v. Nedem es una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Ontario de 2012 que aborda esta propuesta.