Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Dirección General para




El Consultor Jurídico

sumario

El Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal, establece en el artículo 23, que la Junta Electoral será competente para convocar las elecciones, dictar las normas para su organización, proceder al escrutinio definitivo y proclamar los resultados, resolver las cuestiones que se planteen en sobria capacidad electoral activa y pasiva y, en general, dirigir y ordenar el proceso electoral; para todos los de la Junta Electoral reunida el 8 de febrero de 2022, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

Primero. Convocatoria a elecciones para los cargos electivos del Consejo Fiscal, fijando el plazo de presentación de candiduras en treinta das naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con la previsión del artículo 23 del Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal.

Segundo. Autorizar la percepción de dietas por asistencia el día de la votación a los Presidentes y Vocales de las Mesas Electorales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 437/1983 en relación con los artículos 22.1 y 28.2 de la Ley Orgánica 5 /1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General.

Tercero. Aprobar el cuaderno de Instrucciones que registre el proceso electoral para la designación de vocales electivos del Consejo Fiscal en agosto de 2022 que, junto con el Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero y dems disposiciones legales, habrn de observarse en las elecciones al Consejo Fiscal, sin perjuicio de ulteriores modificaciones, si eventuales precisas, en el curso del proceso electoral.

Cuarto. Remitir copia de las Instrucciones aprobadas a los Delegados de la Junta Electoral, remisión que hace extensiva a los Vocales del Consejo Fiscal y a los Presidentes de las Asociaciones de Fiscales.

Quinto. Remitir copia de las listas del Censo electoral de las respectivas Fiscalías a los Delegados de la Junta Electoral a los efectos de publicación y exhibición provenientes.