ສັ່ງຊື້ ECD/1749/2022, ວັນທີ 28 ພະຈິກ, ຖ້າມັນມີການປ່ຽນແປງ




ທີ່ປຶກສາດ້ານກົດໝາຍ

ສະຫຼຸບ

Por Orden ECD/1117/2022, de 22 de julio, fueron convocadas Ayudas para la modernización de salas de exhibición cinematográfica financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Boletín Oficial de Aragón, número 147, de 29 de julio), con un coste de 494.531,41 euros. De esta cantidad, en la Orden de convocatoria, se reservarán 150.000 euros para las entidades locales y 344.531,41 euros para las salas de titularidad privada.

El reparto de la dotación de 494.531 euros entre la aplicación del presupuesto G/18060/4581/760196/32438, PEP 2021/000320 (150.000 €) para entidades locales y la aplicación del presupuesto G/18060/4581/770197/32438, PEP 20421/ 000320 (344.531,41 €) para entidades privadas, se realiza atendiendo al número de entidades locales y al número de entidades privadas titulares de salas de cine en Aragn.

A la vista de lo sucedido en la premierra reunin de la comisin de valoracin del 29 de septiembre de 2022, reflejado en el acta de la misma, y ​​en la propuesta de consin de ayudas del Director General de Cultura, nicamente ha habito tres entidades locales solicitantes, para las que ha propuesto conceder las candidatas que solicitan por una importación total de 60.000 euros entre las tres, quedando un saldo de 90.000 euros sin conceder en esa partida, y por el contrario, en la partida de las entidades privadas , en la que ha habido diez entidades solicitantes con proyectos de import superior a lo de los ayuntamientos, no ha habido dotación suficiente para atender a todo lo solicitado,

Por tanto, de conformidad con las Conferencias sectoriales, que han orientado a emplear el 100% de lo recibido con cargo a los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en beneficio de las entidades solicitantes, se ha confeccionado el A complementario negativo 1180009173, con la finalidad de liberar los 90.000 euros sobrantes en la partida G/18060/4581/760196/32438, PEP 2021/000320 de entidades locales, para poder posteriormente un A complement positivo que hacer incorporar estos 90.000 euros a la partida G/18060/4581 / 770197/32438, PEP 2021/000320 de entidades privadas, para que puedan beneficiarse de esta importación. De este modo, el reparto final de estos fondos de Ayudas para la modernización de salas de exhibición cinematográfica financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia será de 60.000 € para entidades locales y 434.531,41 euros para entidades privadas. Esto implicaba la modificación de la distribución del crédito que se realiza en la convocatoria.

Una vez contabilizados los documentos contables complementarios mencionados en el prrafo anterior, convocar una nueva comisión de valoración para poder proponer la concesión de esos 90.000 euros a las entidades privadas que corresponda.

En virtud de todo lo anterior dispongo,

Primero.- Modificación del punto 4 del apartado segundo de la Orden ECD/1117/2022, de 22 de julio.

El punto 4 del apartado segundo de la Orden ECD/1117/2022, de 22 de julio, queda redactado como sigue:

4. El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con sujeción a las limitaciones presupuestarias del correspondiente ejercicio económico, podrá conceder las subvenciones reguladas en estas bases reguladoras y convocatoria, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en ellas. El financiamiento de la convocatoria regulada en estas bases se har con fondos progenies de la Unin Europea, y en concreto del Mecanismo de Recuperacin y Resiliencia y se ha generado crdito en el presupuesto de gastos del Departamento de Educacin, Cultura y Deporte en la partida 18060 /G/4581/760196/32438, PEP 2021/000320 Ayudas a salas de exhibición cinematográfica de entidades locales por una importación de 60.000 euros y en la partida 18060/G/4581/770197/32438, PEP 2021/000320. Ayudas tiene salas de exhibición cinematográfica de titularidad privada por una importación de 434.531,41 euros. El reparto de presupuesto entre ambas partidas se ha hecho en función del número de pantallas de titularidad pública y privada. En virtud de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, los créditos asignados a esta convocatoria tienen carcter estimativo, por lo que podrán ser objeto de un incremento derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria, una vez tramitado el preceptivo expediente de modificación de crédito que deber ser publicado en el Boletín Oficial de Aragón.

LE0000735064_20221203ໄປທີ່ມາດຕະຖານທີ່ໄດ້ຮັບຜົນກະທົບ

Segundo.- Eficacia.

Esta Orden surtir efectos desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Tercero.- Recursos.

Contra esta Orden y que pone fin a la va administrativa, se podrá interponer con carcter potestativo recurso de reposición ante el Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de 1 mes contado a partir del da siguiente a su publicación en el Boletn Oficial de Aragón, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Públicas. En caso de interponer recurso de reposición, deberá presentarse electrónicamente a través del Servicio de Soporte a la Tramitación a través del siguiente enlace: https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion , o in cualquiera de los otros Registros Públicos electrónicos contemplados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Esta Orden también puede ser impugnada directamente mediante la interposición de recurso contento-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragn, en el plazo de 2 meses a contar desde el da siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletn Oficial de Aragn, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de que interponga recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo quedará suspendido hasta la resolución del anterior o su desestimación presuntamente por silencio administrativo.