Orden AUC/168/2023, de 16 de febrero, por la que se suprime la




El Consultor Jurídico

sumario

El Real Decreto 58/2021, de 2 de febrero, por el que se suprime la Oficina Consular, con categoría de Consulado General de España, en Gnova, en la República Italiana, exigió un cabo una redistribución de las tareas propias de este, que fueron asumidas por los Consulados Generales de España en Roma y Milán con el apoyo de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Gnova, creada por Orden AUC/564/2021, de 2 de junio. Asimismo, el supresin del citado Consulado General supuso la necesidad de reestructurar la dependencia de los honorarios consulares rojos de Espaa en el norte de la Repblica Italiana, lo que se consigui por medio de la Orden AUC/675/2021, de 21 de junio, por lo que cambió la dependencia de las Oficinas Consulares Honorarias de España en Livorno, Novara, Turn y Ventimiglia. Estas modificaciones aseguraron la prestación de la atención y asistencia consulares a los españoles residentes tanto como transentes en una región que, desde el punto de vista turístico, resulta de primera importancia, ya que cuenta con una enorme extensión de playa, y que también destaca por la relevancia de su actividad industrial, siendo el puerto de Gnova el primer puerto de Italia para el tránsito de pasajeros y mercancas, a la vez que Sabona crece para aliviar la congestión de este último.

La supremacía de la Oficina Consular Honoraria en Ventimiglia, cuyo origen se remonta a 1969, cuando, por su situación fronteriza, se haca necesario para atender las posibles emergencias consulares que surgieran del tránsito por carretera de turistas y mercantiles, se marca en esta reorganización de the red consular of Spain in the north of the Repblica Italiana, pues la situacion actual, marcada por la desaparicion de los controles borderizos, unida a la disminucion en numero de la colonia espaola residente en la circunscripcion de esta Oficina, aconsejan su presidente y la integración de su circunscripción en aquella de la Oficina Consular Honoraria de España en Gnova.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Direccin General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de Espaa en Roma, con el informe favorable de la Direccin General de Espaole en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, disponible:

Artculo 1 Supresin de la Oficina Consular Honoraria en Ventimiglia e integracin de su circunscripcin

Se suprime la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario de España, en Ventimiglia, en la República Italiana. Su circunscripción quedará integrada en la correspondiente a la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Gnova.

Artículo 2 Modificación de la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria en Gnova

Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Gnova, que abarcará las provincias de Imperia, Savona y La Spezia y la Ciudad Metropolitana de Gnova.

Disposición final única Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.