El TJUE exime a los abogados de denunciar a sus clientes ante Hacienda · Noticias Jurídicas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha constatado que la obligación de los abogados de informar sobre las operaciones de planificación fiscal agresiva de sus clientes vulnera el derecho al respeto de las comunicaciones entre abogado y cliente.

En sentencia del 8 de diciembre de 2022, el TJUE tumba parte de la directiva conocida como DAC6 sobre el intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos boutos a comunicación de información.

“La obligación impuesta al abogado de informar a los demás intermediarios implicados no es necesario y vulnera el derecho al respeto de las comunicaciones con su cliente”, afirma el TJUE, que también establece que “todos los demás intermediarios implicados en esa planificación y el propio contribuyente están sometidos a la obligación de comunicación de información, lo que permite garantizar que la Administración tributaria sea informada”.

El tribunal, en respuesta al Tribunal Constitucional belga, asegura que “el artículo 8 bis ter, apartado 5, de la Directiva 2011/16 modificada vulnera el derecho al respeto de las comunicaciones entre el abogado y su cliente, garantizado en el artículo 7 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”.

Y recuerda que dicho artículo “protege la confidencialidad de toda la correspondencia entre particulares y ofrece una protección reforzada en el caso de los intercambios entre abogados y sus clientes. Esta protección específica del secreto profesional de los abogados se justifica en razón de que encomiendan un hecho fundamental en una sociedad democrática, a saber, la defensa de los litigantes.”

La DAC6 es la Directiva (UE) 2018/822, del Consejo, de 25 de mayo de 2018, que modifica, la Directiva 2011/16/UE y establece la obligación de que los intermediarios fiscales les informen de las autoridades tributarias sobre los mecanismos transfronterizos que implica una planificación fiscal agresiva.

El decreto que transpuso esta directiva en Bélgica establece que, cuando un abogado implicado en una planificación fiscal transfronteriza está sujeto a un secreto profesional, debe informar a los demás intermediarios de que no puede llevar a cabo la comunicación de información. Dos organizaciones profesionales de abogados interpusieron recurso ante el Tribunal Constitucional belga para considerar que no es posible cumplir esta obligación sin violar el secreto profesional. Y el Constitucional plantó la cuestión al TJUE.

La transposición a España se inicia con la Ley 10/2020, de 29 de diciembre de 2021, por la que se modifica la Ley General Tributaria. A esto siguieron varios reglamentos, que coincidieron con la obligación de declaración de determinados mecanismos transfronterizos por los obligados tributarios o por intermediarios.