Ntoa ea ho qetela ea lelapa e neng e batla hore mora oa bona ea nang le Down e be e mong hape ka tlelaseng

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado un recurso de casación en el Tribunal Supremo para escoltar a la familia de Rubén Calleja en su última batalla contra el Estado: una indemnización acorde con la guerra que han tenido que biblioteca hasta que Naciones Unidas les dio la razón en que estaban vulnerando los derechos del chico obligándoles a escolarizarle en un centro para personas con Síndrome de Down en lugar de garantizado su acceso a una educación inclusiva.

Fue la Asociación Down España quien en 2013 dio a conocer a la opinión pública el caso de Rubén, al que sus padres escolarizaron en un centro educativo convencional en León, donde residían. In cuarto de Primaria (año 2009, tenía entonces diez años de edad) fue segregado del restaurante y derivó obligatoriamente a un centro de educación especial, contra su voluntad y la de su familia. Habían denunciado malos tratos por parte de un docente.

Ni las más de 15.000 firmas ciudadanas que elgaron a recoger, ni la sucesión de instancias judiciales a las que acudieron a los padres, incluido el Tribunal Constitucional, modifican la decisión. De hecho, ellos llegaron a ser juzgados y absueltos -al retirarse finalmente la acusación-, por un delito de abandono de familia, al haber decidido educar al niño en casa mientras litigaban.

Sin embargo, en la recta final de 2020 cambiaron las tornas. El Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de cuya Convención España es parte, concluyó que el Estado violó el derecho a la educación inclusiveiva de Rubén. En términos concretos, era necesario que las autoridades nacionales «no evaluaran los requisitos específicos del niño» y «no adoptaran medidas razonables que permitieran el permiso permanente en la educación ordinaria».

Por ello, se recomendó que se matriculara en un programa de formación profesional inclusivo, se le otorgara una indemnización y se le investigara en las denuncias de abuso planteadas por sus padres en el inicio. De paso, siguió en España para acabar con la segregación educativa de las personas con discapacidad.

Silencio administrativo en el Ministerio de Justicia

Dos años después, ninguna de estas recomendaciones se ha cumplido. La reclamación de indemnización al final de la resolución de la ONU está cursó ante el Ministerio de Justicia, pero fue desestimada por silencio administrativo. De ahí, al Contencioso de la Audiencia Nacional, donde una sentencia de finales del año pasado les negó lo que pautaba el Comité por escuchar que sus resoluciones no tienen fuerza ejecutiva y no pasan de ser recomendaciones.

Además, para los magistrados las vulneraciones de derechos que recogen esos dictamen fueron analizados por la justicia española y desestimadas en los distintos instantes mediante sentencias que ya son firmes. Aprecian así, cosa juzgada.

La Fiscalía no está de acuerdo y por eso va en casación ante el Tribunal Supremo. Considera que los dictámenes del Comité son de “carácter vinculante” y que procede “dar cumplimiento a las obligadas medidas de reparación acordadas por el mismo”, a través de la vía de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, sin que ello suponga revisar las actuaciones procesales anteriores ni dejar sin efecto el valor de la cosa juzgada.

En el escrito de preparación del recurso de casación, al que tuvo acceso ABC, argumentó además que este asunto tiene interés de cara a marcar doctrina, de manera que el Supremo establezca si se puede o no otorgar la reparación que recomienda el Comité en este tipo de procedimientos pese a que no tiene naturaleza jurisdiccional o habiendo desestimado ya la justicia ordinaria las vulneraciones que la ONU sí reconoce.