Generalitat Valenciana e ahlotsoe ho lefa motho ea hlokofalitsoeng ka thobalano ea monna oa mehleng oa Mónica Oltra ka li-euro tse 10.000.

El Juzgado de lo Social número 1 de Elche ha condenado a la Generalitat Valenciana a pagar una indemnización de 10.000 euros a María Teresa Tanco, víctima de los abusos sexuales del exmarido de Mónica Oltra, por su despido en el Hospital de Torrevieja.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, el magistrado declaró la “nulidad radical” del despido de la joven. La defensa de Tanco ha anunciado que recurrirá el fallo al considerar insuficiente la cantidad por el juez.

La víctima de Luis Eduardo Ramírez Icardi, condenada a cinco años de cárcel por los abusos sexuales cometidos cuando la joven eran menores de edad, trabajaba en el verano de 2021 como auxiliar administrativa cuando la Generalitat asumió la dirección del Hospital de Torrevieja en un proceso de reversión. Tanto Teresa como su pareja entonces perdieron entonces el empleo.

La sentencia de este 30 de marzo oye que ha vulnerado los derechos fundamentales de ambos jóvenes. De acuerdo con el fallo, “al día siguiente de la reversión, los dos demandees acudieron al hospital para interesarse por su situación”. Los person in charge buscaron sus contratos, “pero nunca se pusieron en contacto con los interesados”, según recalca el fallo judicial. Teresa y su pareja entonces fueron los trabajadores únicos, sobre una plantilla de más de un miller de personas, que perdieron el trabajo. El resto fueron subrogados.

Los abogados de Tanco consideran que la actuación de la Conselleria de Sanidad suponía una suerte de “venganza” por la denuncia interpuesta en su día por la joven contra su educador, condenado por abusos sexuales en u fallo pendiente del recurso presentado por el exmarido de Mónica Ultra ante el Tribunal Supremo.

Ante el cariz de los despidos, la Generalitat Valenciana debía “probar la existencia de causas suficientes, reales y serias para calificar de razonable y ajena a todo propósito lesivo del derecho fundamental la decisión empresarial”. Sin embargo, el magistrado considera que el Gobierno autonómico no aportó suficientes argumentos y se limita a explicar que el proceso de reversión no había sido “pacífico” y que la empresa concesionaria se retrasó en la remisión de la documentación.

El DOCV de 4 de julio de 2022 publicó la relación de personal objecto de subrogation, en la que no aparecían lo demandees. De la plantilla de 1.058 trabajadores fueron subrogados por Sanidad un total de 1.056, quedando excluidos únicamente ellos dos, que interpusieron demande por despido. A raíz de esta demandada, Sanidad dictó sendas resoluciones administrativas donde, tras reconocerse que no se produjo la subrogación que debió haber hecho, realizó la liquidación de los contratos temporales hasta la fecha que tenían fijada, con las retribuciones correspondientes.

La sentencia que impuso a la Generalitat el pago de 10.000 euros a la joven y su anterior pareja por la nullidad de sus despidos puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Pesada esta nulidad, no se procedió a la readmisión dado que, de acuerdo con la regularización realizada, se abonaron las retribuciones dejadas de percibir, la liquidación de vacaciones no disfrutadas, reconocimiento de servicios prestados y cotizaciones a la Seguridad Social, y había concluido la relación labor en noviembre de 2021 y febrero de 2022 para cada uno de ellos por reincorporación de los trabajadores a quienes estaban sustituyendo.

El fallo se ha producido unos días después de que María Teresa Tanco perderá la tutela de sus hijos menores de edad, que han pasado a manos de la Generalitat.