Un joven acude desnudo tiene un juicio por exhibicionismo en Valencia

Un joven naturista de 29 años se ha presentado como un martes desnudo ante la Ciudad de la Justicia de Valencia, dando un señalado juicio en un juzgado de lo contencioso-administrativo por una multa impuesta por no llevar ropa por la calle. El denunciado, a quien ya le han puesto cerca de una decena de multas por una importación total global de unos 3.000 euros, reivindicando que esta es “una práctica legal” y, por tando, defiende su derecho a ejercerla.

Finalmente, el joven, Alejandro Colomar, un informático que teletrabaja para una empresa americana de seguridad informática, ha tenido que vestirse por indicación de la Policía Nacional -avisada por la Guardia Civil- para acceder a las instalaciones de la Ciudad de la Justicia, bajo amenaza de sanción.

El joven, natural de Valencia pero vecino en la actualidad de Aldaia, ha explicado que nunca ha tenido ningún problema con su desnudez y que buscó en internet y comprobó que era una práctica legal.

Sin embargo, ha lamentado que la Policía pareciera haberle molestado cada vez que sale a la calle desnudo, en ocasiones acompañado de su madre, tía ella sí va vestida. Colomar ha recalcado que seguirá reivindicando su derecho y que tiene dinero para pagar las multas y el abogado.

Por su parte, su letrado, Pablo Mora, ha explicado que ir desnudo por la calle no es un delito, pero admite que hay un vacío legal desde que en 1988 se eliminó el delito de escándalo público. Desde entonces, esta práctica debe quedar regulada en las ordenanzas municipales.

reglamento de escasa

El problema, señala, es que muy pocos Ayuntamientos lo han regulado -como el de Barcelona o Valladolid- pero ninguno del área metropolitana de Valencia y, por tanto, sostiene que “se está vulnerando el principio de legalidad”. De hecho, esta vulneración es lo que le ha permitido ganar una de las multas.

En otros casos, cuenta con una condena por entrar en una comisaría desnuda, que perderá en primera instancia y en la Audiencia Provincial y que ahora llevarán en casación ante el Tribunal Supremo y probablemente terminará en el Constitucional.

El abogado ha explicado que la mayoría de las sanciones que le han impuesto son por vulneración del artículo 37 de la Ley mordaza, que habla de exhibicionismo obsceno cuando no sea delito -e exhibicionismo siempre es delito ante menores- y que han impugnado.

Al respecto, ha destacado que ya han ganado una sentencia por derechos fundamentales y confía en ganar los ocho expedientes sancionadores que tiene abiertos ya que considera que ir desnudo por la calle “no es exhibicionismo obsceno” sino una manifestación de la libertad ideológica. “Entendemos que no es un delito pero es interpretable”, ha apuntado.

El letrado declaró que no existe jurisprudencia previa sobre este artículo de Ley mordanza, pero sí que apelan a una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre un caso similar ocurrido en el Reino Unido, que estableció que sí que se podía oír que el nudismo estaba cubierto por la libertad ideológica y de expresión recogidas del artículo 10 de la Declaración de Derechos Universales.

“Es nuestro alegato fundamental aunque el Tribunal Supremo no escuchó que no es una expresión de libertad ideológica”. Sin embargo, ha incidido en que ya ganó una sentencia por el principio de legalidad y son optimistas.