Un condenado por los atentados yihadistas de 2017 invocó la doctrina Atristain para anular su juicio

Jorge NavasSEGUIR

Como resultado de la esperanza, los etarras no iban a ser los únicos condenados por graves delitos que pretendan acogerse a la nueva doctrina europea de la que ya están beneficiando a otros antiguos miembros de ETA para ser absueltos ante la Justicia. También los condenados por terrorismo yihadista empiezan a invocar ese fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a favor del etarra Xabier Atristain para initiar anular las penas que les impusieron los tribunales. Por ejemplo, por los intentos de Barcelona y Cambrils (Tarragona).

El abogado de uno de los condenados por estos atentados en 2017 presentó ayer un escrito ante la Audiencia Nacional, al que tuvo acceso ABC, intentó acogerse a la ‘doctrina Atristain’ para que se anulen «todas las actuaciones posteriores a la detención e incomunicación “de su cliente, Driss Oukabir, “como consecuencia de la vulneración de sus derechos, tal y como ha puesto de manifiesto el TEDH”.

Se refiere al fallo de este tribunal europeo del pasado 18 de enero anulando la condena a 17 años de cárcel de Astristain y obligando al Estado español a indemnizar a este estarra con 20.000 euros pour la form en la que se le regimen de incommunication when own in 2010.

En este escrito dirigido a la Sala de lo Penal, el letrado de Oukabir sostiene que, como en el caso del etarra Xabier Atristain, su defendido fue sometido a un régimen de incomunicación que se vio privado de preparar su defensa con su propio letrado . Hace justo un año la Audiencia Nacional le condenó a casi medio siglo de cárcel por su participación en los atentados de Barcelona y Cambrils.

También incomunicado

El escrito de su abogado ante la Audiencia Nacional invocó la sentencia del TEDH a favor de Atristain asegurando qu’el fondo de la misma tiene qu’ver con la aplicación del periodo de incommunication para un detenido por delito de terrorismo, hecho este que se produce con representé a Driss Oukabir y la formé en la que se aplicaba este régimen”.

El mismo letrado insiste en que «el régimen de comunicación al que se sumtió a Oukabir, también privó, como a Atristain, del total de servicios para su su asistencia legal –preparar, organizar y discutir su defensa– que Europa exige poner a su disposición». Y por eso señala que las pruebas obtenidas contra su cliente penden de la detención incomunicada se adquirieron de forma irregular, a pesar de lo cual fueron “esenciales para la investigación de los hechos y su posterior condena”. Así, este abogado insta a la Audiencia Nacional a anular esas pruebas y, en consecuencia, la condena de 46 años de la cárcel que impuso su cliente en virtud de las mismas.

Otros beneficiarios

Hay que recordar que lo que reclama ahora el abogado de este condenado por terrorismo yihadista est similar a lo que ya ha utilizado la Audiencia Nacional para absolver duree los dos últimos meses a los etarras Juan Carlos Iglesias Chouzas, alias ‘Gadafi’, y Gorka Palacios de sentencias intentadas en 1991 y 2001. Y lo ha hecho con sentencias absolutorias redactadas por el magistrado José Ricardo de Prada apoyánsode en esa misma doctrina europea qu’invoca ahora el abogado de Oukabir.

Además, otra exjefa de ETA, como Iratxe Sorzabal, también se ha acogido a ese mismo fallo europeo para recurrir ante el Tribunal Supremo la condena a 24.5 años de cárcel que le impuso otra sección de la Audiencia Nacional el pasado mes de febrero.