Prisión permanente revisable para hombre que estranguló a un niño y para la madre por consenterlo

El Tribunal Supremo ha condenado a prisión permanente revisable al asesino que estranguló a un niño de dos años de edad en Elche y también a la madre, por consenterlo sin hacer nada, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) .

La sentencia del Pleno de la Sala de lo Penal ratificó la jurisprudencia que consideraba compatible la prisión permanente revisable con la muerte alevosa de un niño (cuyo fallo se adelantó el pasado 31 de mayo).

Así, estima el recurso de la acusación particular y condena a esta pena máxima tanto al hombre que convivía con la madre, quien fue el autor de la paliza que derivó en la muerte del pequeño Aarón como a ella misma, Ocurrió en septiembre de 2018 en la casa en la que convivían los tres.

La sentencia cuenta con un voto particular suscrito por tres magistrados.

No es un doble castigo

El Supremo ha avalado así aplicar la prisión permanente revisable en los casos de asesinatos de menores -en los que ya se contempló la agravante de alevosía, es decir, el hecho de que el menor no pudo defenderse del ataque- porque, a su juicio, no supone un doble castigo para el condenado.

Así han respondido los magistrados a la pregunta de si se vulneraba o no el principio que prohíbe que una persona pueda ser sancionada dos veces por los mismos hechos.

En la resolución, de que ha sido ponente la magistrada Susana Polo, el tribunal ya ha sin efecto las penas de 20 años de prisión impuestas por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia a ambos acusados ​​por el delito de asesinato con alevosía y las ha sustituido por una pena de prisión permanente, revisable.

Múltiples malos tratos anteriores

Según él mismo declaró probado, el hombre “guiado por un ánimo de menoscabar la integridad física del menor”, ​​ejerció fuerza física sobre Aarón, quien dada su corta edad no tenía capacidad para defenderse. El propinó “todo tipo de palizas y golpes” en distintas partes del cuerpo, “causándole distintas lesiones” por las que “nunca recibió atención médica, pero que fueron notadas posteriormente cuando fue ingresado de urgencia”.

El 13 de septiembre de 2018, el hombre llegó a oprimirle el cuello “con tanta intensidad que impidió que el niño respirara”. Ese día, Aarón desapareció. De acuerdo con lo que recoge la sentencia, la mujer estaba al tanto de los hechos “y lo consentía, no haciendo nada para evitarlo”.

Cuando ambos se dieron cuenta de la gravedad de los hechos, se llevaron al menor al hospital del Baix Vinalopó, donde se recibió atención sanitaria. Cuatro días después, moriría. En un principio los dos fueron condenados a prisión permanente revisable, pero luego el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana revocó esta pena y los condenó a 20 años de prisión a cada uno.