Los motivos por los que la DGT puede pagar obligado a devolverte los puntos del carnet de conducir si reclamas

Sentencia del Juzgado Contencioso-Administratif número 2 de Burgos por el que la DGT deberá devolverle los puntos à un transportador sienta un precedente en cuanto à las devoluciones de multas reclamadas a que se refiere.

Tras el caso de Castilla y León, la Organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA) calculó que alrededor de 1.500.000 conductores podrían correr la misma suerte si reclaman aquellas sanciones que cumplen con los requisitos contemplados en esta sentencia.

¿Qué sanciones se pueden reclamar?

La Dirección General de Tráfico (DGT) devolverá los puntos restados del carnet a los conductores cuando una sanción económica conlleve una pérdida de los mismos sea anulada por Hacienda.

Es el caso del citado conductor de Burgos, a quien la DGT devolverá los puntos retirados después de que el Tribunal Económico-Administratif regional, que depende del Ministerio de Hacienda, anulara la parte económica de las sanciones impuestas.

¿Por qué? Porque el organismo consideró que no habían sido debidamente notificados debido a que se remitieron a un domicilio distinto al de la persona afectada.

El Tribunal reconoce que su competencia se limita a la parte económica de la sanción, pero entiende igualmente que «si un órgano del Estado ha considerado que la notificación realizada en ese expediente no estaba correctamente hecha», afecta tanto a la parte monetaria como a la de los puntos del carnet porque ‘no pueden llevar a cabo recorridos distintos: la resolución sancionadora es única y no podría intentarse no notificada para una cosa y sí para la otra’.

Es decir, si Hacienda anula una multa porque fue notificado de manera incorrecta, también se contempla error en la notificación de los puntos detraídos del carnet, lo que debe anular enviar sanciones.

La AEA aplaude la sentencia

El presidente de la AEA, Mario Arnaldo, ha defendido que «no puede ser» que Hacienda cancele la parte económica de una multa y, sin embargo, la DGT mantiene la detracción de los puntos.

«Esta sentencia supone un importantísimo precedente jurídico (…) Desde ahora, si una multa no está bien notificada no solo hay que anular la parte económica de la sanción, sino también la de los puntos que la acompaña», ha agregado Arnaldo.