la ley censura los intereses cruzados entre altos cargos y sus parejas

roberto perezSEGUIR

La legislación española censura los intereses cruzados que pueden darse cuenta entre los altos cargos y sus parejas. A ello se refiere la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Fue promulgada, entre otros motivos, para “garantizar que el ejercicio del cargo se realice con las máximas condiciones de transparencia, legalidad y ausencia de conflictos entre sus intereses privados y los inherentes a sus funciones públicas”, según reza su preámbulo.

El artículo 11 de la citada ley establece que “los altos cargos servirán con objetividad los intereses generales, debiendo evitar que sus intereses personales puedan influir indebidamente en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades”. Considere “intereses personales” –entre otros– los de quien ostenta el alto cargo y los de “su cónyuge o persona con quien conviva en analoga relación de afectividad”. Esta ley, por tanto, es con la que correspondería escrutar el nexo entre los fondos europeos gestionados por el ministerio de Nadia Calviño y los negocios que hace, al calor de ellos, la empresa de la que su marido cobra

como alto directivo.

Abstención por escrito

Esa norma indica que “los altos cargos que tengan la condición de autoridad se abstendrán de interventor en el procedimiento administrativo correspondiente” cuando estén afectados por “sus intereses personales”. Y detalla: “La abstención del alto cargo se producirá por escrito y se notificará a su superior inmediato o al órgano que lo designó. En todo caso, esta abstención será comunicada por el alto cargo en el plazo de un mes al registro de actividades de altos cargos para su constancia”.