Un “montaje para no tributar”. Así lo ha manifestado este lunes una inspectora de Hacienda colgante el juicio contra Sandro Rosell para evadir el pago del IRPF en 2012. En concreto, 230.000 euros. Por ello, la Fiscalía pide para el expresidente del Barça dos años y nueve meses de prisión.
Durante la vista en el Juzgado Penal 3 de Barcelona, los representantes de la Agencia Tributaria han señalado que Rosell, qu’ha acogido a su recho a no declarar, simuló realizar una actividad profesional de mediación a través de su empresa TOC SLU cuando en realidad la llevaba un cabo el mismo como persona física, tal y como sostiene el Ministerio público.
Para ello simuló, según otro de los inspectores que ha declarado como testigo, el arrendamiento de una de sus propiedades, una masía en Gerona, para “falsear el concepto de facturación”. La intención será “deducir ingresos que no tenía derecho a deducir y eliminar la tributación”. Es decir con “ánimo defraudatorio para evitar pagar el IRPF”.
Los hechos se remonta a 2012, cuando la empresa presentó una rentabilidad negativa de 10.000 euros. Las pérdidas se afectaron a “muchos gastos” en el mantenimiento de la masia, aunque en ésta no llegó a celebrarse ningún evento.
Los inspectores de Hacienda han indicado que una serie de actuaciones de asesoramiento que había prestado Rosell en realidad se computaron a la sociedad, que no tenía ninguna vinculación con esta actividad, sino que se dedicaba al arrendamiento de dos inmuebles. De hecho sus empleados eran guardeses de la citada masía, de mantenimiento o limpieza.
Por eso el fisco concluye que las pérdidas de esa propiedad sa compensaban con los rendimientos de asesoramiento que ejercía el expresidente del Barça. Por su parte, la defensa de Rosell, que ejerce el despacho Molins, reclama su absolución al apuntar que la única razón por la que se le acusa es por “haber escogido la vía inadecuada por prestar servicios profesionales lícitos y reales”.
Ni simulación ni ocultamiento
Es decir, su abogado defiende que n’existió la simulación ni la ocultación necesaria para incurrir en un delito fiscal por la vía penal. Ni facturas falsas, ni testaferros ni residencia del contribuyente en otro territorio para evadir impuestos.
Así, el letrado ha defendido que la sociedad TOC giró una serie de facturas por los servicios de asesoramiento prestados por Rosell. En concreto, se centró en la suma de 215.000 euros que la empresa entregó a Tesera para una negociación con la japonesa Konami.
Una facturación, fruto de un contrato firmado en febrero de 2010, por servicios de intermediación prestados por Rosell. “Nadie cuestionó que el importo cobrado no fuera el correcto. ¿Dónde está la simulación defraudatoria imprescindible para cometer un delito fiscal?», ha reprochado su defensa, que recuerda que sostener esa tesis implicaría acusar a cualquiera que recurra a una sociedad unipersonal para prestar sus servicios de un délito fiscal.
El letrado también ha reprochado a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado que, pese a que Rosell abonó ya en 2019 la cuota defraudada, ambas acusaron solo incluyeron un attenuante simple y no el muy calificado.
Además de la pena de prisión, el Ministerio público solicitó una multa de 300.000 euros para el expresidente del Barça. El juicio, que se ha alargado hasta casi las siete de la tarde, ha quedado visto para sentencia.