Diez años de cárcel para un profesor que abusó de dos alumnos a los que se ofreció a ayudarles a suer nota en Valencia

La sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de diez años de cárcel impuesta a un profesor de una localidad de la comarca de Camp de Morvedre, en la provincia de Valencia, por abusar sexualmente de dos alumnos, cuando los menores cursaban primero de ESO, a los que se ofrecían a dar clases extraescolares en su casa para ayudarles a someterse a la nota.

El TS confirmó así tanto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana como primera instancia, dictada por la Audiencia de Valencia. El docente cumplirá cinco años de prisión por los abusos cometidos sobre cada menor; otros dos años de libertad vigilada y tiene prohibido acercarse o comunicarse con las víctimas Durante cuatro años.

Además, se le impone la inhabilitación especial para actividad relacionada con menores por ocho años y deberá indemnizar con 2.000 euros a cada una de las víctimas, según recoge Europa Press.

La Audiencia consideró probado, y ha sido confirmado por los tribunales superiores, que colgante el curso escolar 2016/17, el docente sostuvo clases de repaso de manera altruista a dos alumnos con el fin de sus notas. Los estudiantes acudieron a casa del acusado a repaso en clases individuales de unas dos horas.

Al finalizar las clases les ofrecen la posibilidad de ver alguna película, momento en el que los menores se frente al televisor, el acusado aprovechaba para sentarse a su lado, rodearles con un brazo por el cuello e introducía la mano del otro brazo por debajo del pantalón hacia el muslo o la zona de la ingles. Se repitieron estas acciones en dos ocasiones con uno de los estudiantes y en cuatro, con el otro.

Los menores no contaron a sus padres lo que les sucedía, según el relato, debido a la confusión que les provocaba lo que estaba ocurriendo al no ser consciente de ello por su edad y por tratarse de su profesor. Sin embargo, sí que lo comentaron entre ellos, una conversación que fue escuchada por otro menor, que lo puso en conocimiento de su madre, que alertó al centro y este a los padres de los afectados.

La sala no tiene dudas del contenido sexual de los tocamientos sufridos por los menores y señala que, de acuerdo con sentencias anteriores, «toda acción que implica un contacto corporal inconsentido con trascendencia sexual implica un atentado a la libertad sexual de la persona que lo sufre y, como tal, ha de ser constitutivo de un delito de abuso sexual”.

En esta línea, apunta que la lectura conjunta de la sentencia cuestionada por el docente, que recurrió el fallo, “no genera dudas sobre la auténtica naturaleza, connotaciones y entidad del tocamiento de claro contenido sexual”, una connotación sexual de su comportamiento que es “inequívoca” y no se trata de algo “fugaz”, sino de “actos de contenido sexual”.