Condenada la empresa de Rocío Monasterio por realizar una “obra ilegal” en un ‘loft’ de Arturo Valls

La Audiencia Provincial de Madrid asegura en una sentencia que se vulneró «la legalidad urbanística»

La diputada de Vox en la Asamblea de Madrid, Rocío Monasterio

La diputada de Vox en la Asamblea de Madrid, Rocío Monasterio EP

26/01/2023

Actualizado el 27/01/2023 a las 15:39

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la empresa de la diputada de Vox en la Asamblea de Madrid, Rocío Monasterio, por realizar una obra ilegal, “vulnerando la legalidad urbanística”, según apunta una sentencia, contra la que cabe recurso en el Tribunal Supremo.

De este modo, como ha adelantado la Cadena Ser, da la razón al famoso presentador de televisión Arturo Valls, quien la había demandado en 2019 después de contratar en 2005 el estudio de Monasterio para rehabilitar un local en el barrio de Lavapiés, concretamente en la Calle Rodas, 7.

El auto apunta a que la política de Vox llevó a cabo la obra “consciente de su ilegalidad”, puesto que era necesaria una licencia de la cual carecía y aún así adelante llevó el proyecto, con el objetivo de convertir un local comercial en una vivienda , pero sin tener los permisos municipales necesarios.

Lo cierto es que la licencia se había solicitado en el año 2005, pero se archivó. En ese momento, el estudio “se desvinculó de su tramitación” y continuó con la reforma del local.

La empresa de Monasterio no respondió a los requisitos de los servicios técnicos de la Junta Municipal de Distrito Centro para llevar adelante el proyecto. No obstante, en su web, la empresa usaba esa obra como publicidad, afirmando haber logrado el cambio de local a vivienda. “Se tramitó el cambio de uso a vivienda”, se pudo leer en su momento en su dominio de internet.

La defensa de Monasterio recurrió la resolución que se dictó en primera instancia, el 8 de julio de 2021, argumentando que el objeto principal del contrato no era el cambio de uso de local a vivienda, sino las “obras de rehabilitación”. En noviembre de 2022 la Audiencia Provincial desestimó el recurso y ratificó la condena. “Corresponde a la parte apelante, como profesional, no iniciar dichos trabajos sin la obtención de dichas licencias”, señala el tribunal.

La sentencia consideró que el contrato era obligatorio y condenó a la empresa al pago de la sanción administrativa de 3.838,49 euros y los gastos de demolición de 4.205 euros. Además, tendrán que ejecutar las obras necesarias para adecuar el local “a la legalidad urbanística”.

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