ການແກ້ໄຂເອກະສານຊ້ອນທ້າຍ 6 ຂອງສົນທິສັນຍາພາສີກ່ຽວກັບການຂົນສົ່ງ




ຫ້ອງການໄອຍະການ CISS

ສະຫຼຸບ

LE0000142121_20210601ໄປທີ່ມາດຕະຖານທີ່ໄດ້ຮັບຜົນກະທົບ

ANEXO 6, NOTA ACLARATORIA AL ARTÍCULO 49

Se aade una nueva nota explicativa al artculo 49, redactada en los siguientes trminos:

0.49 Las Partes Contratantes, en consonancia con su legislación nacional, podrán conceder a personas debidamente autorizadas las facilidades más amplias para la aplicación de las disposiciones del Convenio. Las condiciones prescritas para las autoridades competentes para conceder dichas facilidades deben comprender, como mínimo, el uso de tecnologías de la información y la comunicación para garantizar la correcta ejecución del procedimiento TIR, la exención de presentar las mercancías y el vehículo de transporte por carretera, el conjunto de vehículos o el contenedor junto con el cuaderno TIR en la Aduana de partida o de destino, como instrucciones para que las personas debidamente autorizadas lleven a cabo tareas específicas encomendadas a las autoridades aduaneras con arreglo al Convenio TIR, como, en particular , cumplimentar y sellar el Cuaderno TIR y colocar o comprobar los precintos aduaneros. Las personas debidamente autorizadas a las que se concedan facilidades más amplias de cualquier tipo deben implantar un sistema de llevanza de registros que permitan a las autoridades aduaneras ejercer un control aduanero eficaz, como supervisar el procedimiento y realizar controles aleatorios. Las facilidades más amplias se han de conceder sin perjuicio de la responsabilidad de los titulares de cuadernos TIR segn se establece en el artculo 11, prrafo 2, del Convenio.

Esta enmienda entró en vigor, de forma general y para España, el 1 de junio de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 60 del Convenio TIR.

Madrid, 14 de febrero de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velzquez lvarez.