Execution Regulation (EU) 2022/789 vun der Kommissioun vum 18




CISS Procureur Büro

Resumé

EUROPEAN COMMISSION,

Entspriechend dem Traité iwwer de Fonctionnement vun der Europäescher Unioun,

Visto el Reglamento (UE) n. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que la organización común de los mercados de los productos agrarios y por el que derogan los Reglamentos (CEE) n. 922/72, (CEE) n. 234/79, (CE) n. 1037/2001 y (CE) n. 1234/2007 (1), incluyendo en particular su artculo 183, letra b),

Visto el Reglamento (UE) n. 510/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por el que establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías consecuentes de la transformación de productos agrícolas y por el que derogan los Reglamentos (CE) n. 1216/2009 y (CE) n. 614/2009 del Consejo (2), incluyendo en particular su artculo 5, apartado 6, letra a),

Bedenkt déi folgend:

  • (1) El Reglamento (CE) n. 1484/95 de la Comisión (3) establece las disposiciones de aplicación del régimen de aplicación de los derechos adicionales de importación y fija los precios representativos en los sectores de la carne de aves de corral, de los huevos y de la ovoalbmina.
  • (2) Segn se parte del control peridico de los datos en base a la fijacin de los valores representativos de los productos de los sectores de la carne de aves de corral, de los huevos y de la ovoalbmina, proceso para modificar el valores representativos de importación de algunos productos teniendo en cuenta las variaciones que registran los precios en función de su origen.
  • (3) Proceso, por tanto, modificando el Reglamento (CE) n. 1484/95 en consecuencia.
  • (4) Debido a la necesidad de que esta medida se aplique lo más rápidamente posible una vez que están disponibles los datos actualizados, est prciso que el presente Reglamento entre en vigor el día de su publicación.

HUET DËS REGULATIOUNEN Ugeholl:

Artikel 1

El texto del anexo I del Reglamento (CE) n. 1484/95 se sustituye por lo que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artikel 2

Dës Regulatioun trëtt a Kraaft um Dag vu senger Verëffentlechung am Offiziellen Journal vun der Europäescher Unioun.

Dës Reglement ass an all sengen Elementer verbindlech an direkt applicabel an all Memberstaat.

Gemaach zu Bréissel, de 18. Mee 2022.
Fir d'Kommissioun,
an der Zuel vum President,
Wolfgang BURTSCHER
Generaldirekter
Generaldirekter vun der Landwirtschaft a ländlech Entwécklung

ANNEXÉIERT

ANNEX I

Cdigo NCDesignacin de las mercancas

Precio representativo

(en EUR/100 kg)

Garanta contemplada en el articulo 3

(en EUR/100 kg)

Origen (4) 0207 14 10 Trozos deshuesados ​​de aves de la especie Gallus domesticus, congelados242.917BR