¿Tiene santander hipotecas con clausula suelo?

Agente hipotecario español

2017 no fue un año cualquiera para los consumidores ni para los bancos. Todo lo contrario: pasará a la historia como el punto de partida de las reclamaciones masivas por culpa de las cláusulas hipotecarias abusivas. Abusos que inundaron los juzgados de toda España y entre los que se encuentran las famosas cláusulas suelo, los préstamos multidivisa o los gastos de formalización de la hipoteca.

Todas estas cláusulas coparon la mayoría de las reclamaciones bancarias el año pasado, que según los cálculos de reclamador.es, alcanzaron los 25 millones de euros. Esa es la cantidad que los usuarios reclamaron sólo a las 10 entidades más reclamadas.  Debido a una cláusula suelo oculta en su hipoteca española, podría tener derecho a reclamar miles de intereses pagados de más.  En base a las nuevas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, si has contratado una hipoteca española podrías tener derecho a la devolución de los intereses pagados de más por una cláusula suelo oculta en tu contrato hipotecario.

El peor parado fue el Popular, para el que 2017 se convirtió en el año más difícil de su historia. En junio cayó en manos del Banco Santander por el precio simbólico de un euro, después de que las instituciones financieras europeas lo declararan insolvente tras casi un siglo de actividad. A ella se une la entidad más reclamada del país, con 5,21 millones de euros. Así, uno de cada cinco euros que los afectados reclamaron a un banco, tenía al Popular detrás.

Calculadora de hipotecas en español

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, el Banco Santander ha creado la Unidad de Reclamaciones de Cláusulas Suelo para atender las reclamaciones que los consumidores puedan presentar en el ámbito de aplicación de dicho Real Decreto-Ley.

Una vez recibida en la Unidad de Reclamaciones, se estudiará y se decidirá sobre su legitimidad o inadmisibilidad.Si no es legítima, se informará al reclamante de los motivos de la denegación, poniendo fin al procedimiento.

En su caso, se informará al reclamante, indicando el importe de la devolución, desglosado e indicando el importe correspondiente a los intereses. El reclamante deberá comunicar, en un plazo máximo de 15 días, su conformidad o, en su caso, sus objeciones al importe.

En caso de estar de acuerdo, el reclamante deberá dirigirse a su oficina del Banco Santander o a cualquier otra del Banco, identificándose, manifestando por escrito su conformidad en la propuesta realizada por el Banco, firmando a continuación.

Inicio de sesión de la hipoteca de Santander

Esta estadística muestra la evolución de la tasa de morosidad del grupo bancario Banco Santander para los préstamos de compra de vivienda con garantía hipotecaria entre 2013 y 2015. En este periodo, la tasa de morosidad de Banco Santander para este tipo de préstamos ha disminuido un 1,6%.

La tasa de morosidad es el cociente entre el importe de los préstamos y créditos considerados como morosos al final del periodo sobre el total de los préstamos concedidos.Abrir esta estadística en…EspañolOtras estadísticas sobre el tema+Instituciones financierasLos mayores bancos europeos en 2020, por activos+Instituciones financierasLos mayores bancos europeos en 2021, por capitalización bursátil+Instituciones financierasLos mayores bancos españoles en 202, por activos+Instituciones financierasLos mayores bancos europeos en 2020, por capital de nivel 1

Hipoteca Santander España no residente

por Llorente & Rayón28 de noviembre de 2018 Temas Bancarios Abogados Especializados, Productos Financieros, Sucesiones, Abogados Internacionales, Hipoteca Inversa0 comentariosLa Hipoteca Inversa es un tipo de préstamo en el que una entidad financiera concede determinadas cantidades a un cliente, ya sea mensualmente o en el momento de constituir la hipoteca, equivalentes al valor de su vivienda y que en el momento del fallecimiento deberá o bien pagar las cantidades restantes y la vivienda pasará a ser propiedad del banco o bien devolver las cantidades pagadas hasta la fecha y quedar como herederos.

Los requisitos son: que el contratante sea mayor de 65 años, que sea su vivienda habitual, que resida dentro del territorio nacional, que la vivienda objeto de la hipoteca no tenga cargas, que la vivienda sea de su propiedad y que haya herederos que se hagan cargo de la deuda.

En este tipo de préstamo hipotecario, el cliente no tiene que devolver las cantidades que la entidad financiera le presta, serán los herederos en caso de querer seguir siendo propietarios de la vivienda los que tendrán que pagar las cantidades prestadas hasta la fecha, en caso contrario no tendrán que pagar ninguna cantidad, con la consecuencia de perder la vivienda.