Ordono de la 18-a de majo 2022, per kiu la mezuroj estis etenditaj




La Jura Konsultisto

resumo

La Ordono de la 17-a de decembro 2021, per kiu specifaj provizoraj kaj esceptaj mezuroj estis adoptitaj pro kialoj de publika sano por la reteno de COVID-19 en Andaluzio, rilate al sanaj atentaj niveloj 1 kaj 2, nur en sia dispozicio Fina, establis la efikoj de ĝiaj mezuroj pri publika sano ĝis 00:00 la 15-an de januaro 2022.

La Orden de 14 de enero de 2022, por la que se prorrogaron las medidas establecidas en la Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que se medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en Andaluca, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2, amplía la vigencia de tales medidas hasta las 00:00 horas del da 1 de febrero de 2022. Posteriormente la Orden de 25 de febrero de 2022, por la que se prorroga las medidas establecidas en la Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2 , prorrog las medidas especficas y temporales hasta las 00:00 horas del da 20 de mayo de 2022.

El pasado 23 de marzo fue aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud la actualización de la Estrategia de Vigilancia y Control frente a la COVID-19 tras la fase aguda de la pandemia, que partiendo de un nuevo contexto respecto a la pandemia debido at los altos niveles de inmunidad alcanzados en la poblacin andaluza y espaola, han determinado un cambio en la epidemiologa de la COVID-19 que apoya la transicin hacia una strategia diferente que vigil y dirija las actuaciones a personas y mbitos de mayor vulnerabilidad y monitorice los casos graves de COVID-19 y mbitos y personas vulnerables.

Por otro lado, la cobertura vacunal completa de la población andaluza se encuentra cercana al 90%, rozando esta el 100% en los grupos de población más vulnerables, como la población mayor de 60 años. Aunque la tasa de incidencia tiene 14 das por cien mil habitantes en la población andaluza mayor de 60 años ha tenido una evolución ascendente desde el final de la sexta onda epidémica a principios de marzo, no está teniendo un reflejo relevante sobre la presión hospitalaria, situándose por debajo de los valores de la sexta onda, muy probablemente debido a una gravedad en la clínica de la enfermedad, lo que ha permitido mantener la mayora del territorio andaluz en nivel de riesgo cero.

En consecuencia, se ha estimado oportuno adoptar el medio para continuar con la flexibilidad del medio evitando los niveles de alerta 1 y 2 establecidos en la Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que provocar los niveles de alerta sanitaria y se adoptaron medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía por la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, hasta el próximo 20 de julio. Esta medida debe volver a tener una aplicación temporal, ya que es necesaria una revisión continua de la situación de los indicadores sellados, en función de los referidos a una presión hospitalaria y la evolución en nuestra comunidad de las posibles nuevas variantes del SARS-Cov-2.

En virto, konforme al la dispozicioj de la artikolo 46.4 de la Leĝo 6/2006, de la 24-a de oktobro, de la Registaro de la Aŭtonoma Komunumo de Andaluzio, kaj de la artikolo 26.2.m) de la Leĝo 9/2007, de la 22-a de oktobro, de la Administracio de la Junto de Andaluzio, kadre de la artikoloj 21.2 kaj 62.6 de la Leĝo 2/1998, de la 15-a de junio, pri Andaluzia Sano, kaj 71.2.c) kaj 83.3 de la Leĝo 16/2011, de la 23-a de decembro, de Publika Sano de Andaluzio,

DISPONIBLES

Sola artikolo Pligrandigo de la mezuroj establitaj en la Ordono de la 17-a de decembro 2021, per kiu specifaj provizoraj kaj esceptaj mezuroj estas alprenataj pro kialoj de publika sano por la reteno de COVID-19 en Andaluzio, rilate al sanitaraj niveloj de atentigo 1 kaj 2.

Prorrogar, en los mismos términos, las medidas establecidas en la Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que se medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2, desde las 00:00 horas del día 20 de mayo de 2022 hasta las 00:00 horas del día 20 de julio de 2022.