¿Cómo se realizan un PAGO a HACIENDA?

Generalmente, en la mayoría de los países con economías desarrolladas, como es el caso de España, el sistema sostiene gran parte del bienestar y los servicios sociales, debido al cobro de los impuestos que realiza a sus ciudadanos y empresas. Mediante este sistema de cobro de impuestos, gran parte de la población española, goza de una gran cantidad de beneficios sociales que se pagan gracias a los diferentes contribuyentes.

Entre los diferentes programas que se benefician por el sistema tributario están: el sistema de salud y educación, la ayuda social a las personas que presentan bajos ingresos, personas desempleadas, comúnmente llamado «el pago del paro», el sistema de pensiones de jubilados, la seguridad ciudadana, y en general, los servicios públicos.

Es por esta razón, que es imprescindible y obligatorio el pago de los impuestos para todos los ciudadanos y empresas. Sin embargo, debido a la crisis económica que se ha presentado en en el país en los últimos años, el cobro de estos impuesto ha tomado gran importancia, debido al déficit presupuestal al que se ha llegado y, en consecuencia, se deben cubrir los gastos antes mencionados. Dentro de los países de la Unión Europea, España es el cuarto país que presenta los impuestos más elevados, por debajo de Bélgica, Dinamarca y Suecia.

Según la Ley General Tributaria, define en su Art. 2.2, letra c) a los Impuestos como:

«aquellos tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente».

En condiciones generales, el sistema tributario español, se rige por unos principios universales que implican:

  • Todos los ciudadanos son iguales a la hora de pagar los tributos.
  • La contribución va a depender de la capacidad económica que posea cada individuo, es decir, cuanta más riqueza obtenga la persona, mayor contribución fiscal se le exigirá.
  • La tributación no puede superar el monto a la renta o al patrimonio gravado. El Estado es el único encargado que puede establecer los tributos, haciendo uso de la Ley.

¿Cuáles son los tipos de Impuestos que se declaran en España?

En España, el sistema tributario está compuesto, generalmente, de Impuestos Directos, entre ellos los tributos sobre la renta de los particulares y los beneficios de las sociedades, así como de los Impuestos Indirectos, aquellos tributos que son aplicados a las operaciones de productos y consumo.

Entre los Impuestos Directos se destacan los siguientes:

  • El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Impuesto sobre las Sociedades (IS).
  • Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
  • Impuesto sobre Sucesiones y donaciones, etc.

Y entre los Impuestos Indirectos, están:

  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).
  • Impuestos Especiales.
  • Impuesto sobre las Primas de Seguros, entre otros.

En muchos países y, en este caso, principalmente en España los impuestos o tributos a pagar pueden variar de año en año y, por lo tanto, sufrir algunos ajustes. Una vez, aclarado, algunos puntos acerca de los tributos a declarar por los diferentes contribuyentes, veamos a continuación cuáles son los pasos a seguir para pagarlos.

Este ingreso puede realizarse de la siguiente forma:

  • Puede ser mediante declaraciones que se envíen por vía telemática, cuyo pago podrá ser a través de la pasarela de la Sede electrónica del Ministerio de Hacienda, haciendo uso de los modelos diseñados para pagar los diferentes impuestos, según sea el caso.

Por otra parte, el pago también podrá realizarse mediante el sistema de domiciliación, siempre que la declaración se haya presentado antes de los tres últimos días hábiles del plazo de la presentación.

Aunque, es importante destacar que no en todos los pagos de los impuesto se aplique esta última opción, ya que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), está tratando en lo posible de que los pagos y los procesos tributarios se realicen vía Internet para comodidad y facilidad tanto de los contribuyentes como de la misma Agencia Tributaria.

¿Cuáles son los pasos a seguir si se realiza el pago de forma telemática?

El pago telemático puede realizarse de la siguiente forma:

  • A través de «Consulta de declaraciones», es decir, accediendo al impuesto presentado y seleccionando la opción «pagar».
  • Acceder al Modelo de pago correspondiente al tributo.
  • Luego, ingresar al enlace «Entidades bancarias aptas para realizar el pago telemático y/o domiciliación», en donde se puede obtener la información pertinente a las entidades financieras que admiten el pago a través de domiciliación y/o pago telemático y los respectivos impuestos que pueden ser pagados a través de dichas fórmulas de pago.
  • También se podrá realizar el pago mediante la utilización de efectos timbrados o mediante la entrega de bienes declarados de Interés Cultural o Integrantes del patrimonio Histórico y Cultural, siempre y cuando esta forma de pago sea aceptada por el órgano correspondiente.

Recomendaciones:

Es importante que antes de acceder al «formulario de pagos», se desactive el bloqueador de las ventanas emergentes, para poder obtener el justificante de pago de forma correcta y sin inconvenientes, este paso sólo se debe realizar para hacer el trámite de pago, una vez finalizado se debe volver activar.

¿Cómo se desactiva el bloqueador de ventanas emergentes para realizar el formulario de pagos?

  • En Internet Explorar, acceder en «Herramientas», «Opciones de Internet», «Privacidad» y dé clic en «Activar el bloqueador de elementos emergentes».
  • En Google Chrome, acceder a «Personaliza y controla Google Chrome», esto se hace en icono de los tres puntos verticales, «Configuración avanzada» , «Privacidad y Seguridad», «Configuración del sitio web», «Ventanas emergentes y redirecciones».
  • En Mozilla Firefox, acceda a «Herramientas» o el icono de tres rayas, «Opciones», «Privacidad y Seguridad», «Permisos», y demarque «Bloquear ventanas emergentes».
  • En Safari, acceda a «Preferencias», «Sitios web», marque «Ventanas emergentes» y desactive el bloqueo para los sitios web para la página de la AEAT (si lo prefiere puede desactivarlo de forma general en el botón de la esquina inferior derecha lo puede hacer).

¿Cómo se puede obtener el NRC para realizar el pago de tributos en Hacienda?

Para acceder con el certificado, DNI o la Clave PIN, se deben seguir los pasos:

  • Seleccionar el «Concepto» correspondiente a la liquidación, seguido del «Número de justificante» que encuentras en la carta de pago. Si quieres saber si tu entidad bancaria está ligada como entidad colaboradora con la Agencia Tributaria, ingrese al enlace «Ver entidades a de adheridas y horarios de servicio». Luego, introducir los datos en el formulario respectivo y hacer clic en el botón «Aceptar datos y Continuar».
  • Aparecerá una ventana con los datos codificados de la información que se va a enviar, debe marcar la casilla «Conforme» y hacer clic en «Enviar» para que se confirme el pago.
  • Si todo el procedimiento se ha realizado de forma correcta hasta los momentos, se podrá visualizar en la pantalla el Número de Referencia Completo (NRC), este es un código que es facilitado por las entidades colaboradoras como el justificante del pago realizado cuando se realiza el trámite vía Internet. Adicionalmente, la hoja de repuesta también tendrá incluido un resumen de los datos enviados.
  • Se puede imprimir esta hoja para tener un resguardo del ingreso efectuado. Es de aclaratoria, que una vez realizada la operación y obtenido el NRC como respuesta inmediata, no será necesario presentar ningún otro documento.

En caso de que se produzca alguna falla en las comunicaciones se puede verificar el pago realizado y recuperar el NRC en la opción de «Consulta de un pago anterior» que se encontrará en la página de liquidaciones y deudas. Para ello, debes introducir los mismos datos que se introdujeron para realizar el pago, y si ya existe, se podrá obtener el NRC generado y éste servirá de justificante.

También, hay otras alternativas para efectuar el pago si no cuenta con un sistema de identificación, estas son:

  • Dirigirse a una oficina de su Entidad Bancaria y exponer todos los datos relacionados a la liquidación-deuda. Para este proceso no es necesario que se aporte ningún modelo, solamente los datos para la generación del NRC, que son exactamente los mismos que debe aportar para realizar el pago a través de web de AEAT, estos son: Modelo, ejercicio, periodo, NIF del declarante, nombres y apellidos y el importe exacto de ingresos.
  • Si la Entidad Bancaria le ofrece el servicio se puede realizar por medio de la banca electrónica.

Para conocer acerca de los Plazos de domiciliación se puede consultar en el «Calendario del Contribuyente» en la pagina de la AEAT.