Cuando llega el momento de hacer las declaraciones de impuestos ante la Agencia Tributaria, todos tenemos que ponernos manos a la obra con todos los documentos y formularios que debemos entregar, dependiendo de la actividad que hagamos, necesitaremos un modelo u otro, y aquellos que tenemos propiedades con fines turísticos, también tenemos los documentos propios de nuestro oficio y hoy vamos a hablar justo sobre eso.
¿Qué es el Modelo 179?
Este es un documento que se utiliza para realizar una declaración informativa cada tres meses sobre el uso de viviendas con finalidad de esparcimiento y turismo. Este modelo no supone la cancelación de aranceles, sino que su objetivo es informativo, solo para avalar un control mejor sobre estancias u hospedajes turísticos, con el fin de impedir la propagación de viviendas de uso turístico (VUT) ilegítimas.
Este modelo se incluye dentro de los de Declaración de la Renta, de manera que exige a compañías tales como Vrbo, Booking.com o Airbnb, que se encargan de promocionar alquileres vacacionales, a dar toda la información referente a las propiedades que se han anunciado mediante sus servicios.
¿Quién debe entregar el Modelo 179?
Según lo que la Agencia Tributaria estipula, el Modelo 179 lo deben presentar aquellas entidades y personas, que realicen el trabajo como intermediarios entre los cedentes y cesionarios de la utilización de viviendas con propósitos turísticos. Dicho de otra forma, la obligación cae sobre las plataformas mediadoras del alquiler vacacional.
Para entender mejor algunos términos mencionados en el párrafo anterior, aclararemos que “cedente” es aquella persona que es dueña del inmueble y que pone a disposición la vivienda para el alquiler, y “cesionario” es la persona que alquila o, en otras palabras, es el huésped. Entonces, conociendo a quienes se refieren éstos términos, podemos decir que el Modelo 179 no lo deben entregar el cedente ni el cesionario, sino aquella empresa que se encarga de promocionar la vivienda en cuestión y es la intermediaria de ambas partes.
Así que, si eres el propietario, no tienes que presentar este modelo ante la Agencia Tributaria. Y si eres el huésped que alquila la vivienda, tampoco tienes que presentar tal documento. En el caso de que seas la persona o responsable de la entidad que realiza la promoción de la vivienda para fines turísticos, entonces si debes presentar la declaración ante Hacienda.
Sin embargo, los propietarios de dichas viviendas, deben presentar de igual forma los aranceles tributarios procedentes de las utilidades que el alquiler vacacional genere.
¿Cómo se relaciona el Modelo 179 con los propietarios de los alquileres vacacionales?
Este documento tiene la función de regular de la manera más eficiente, todas aquellas propiedades con fines turísticos. Al momento en que las compañías mediadoras indican todos los datos fiscales de los propietarios que hagan uso de sus servicios, la Agencia Tributaria conocerá toda la información concerniente a tales propiedades, quienes son sus respectivos propietarios y quienes hacen uso de ella.
De esta manera, Hacienda podrá revelar si existen alquileres vacacionales que produzcan ganancias que no están siendo declaradas por parte de sus dueños.
Así que en definitiva, el objetivo final de la declaración de este modelo es suprimir cualquier alquiler vacacional que esté evadiendo sus obligaciones tributarias.
¿Cómo rellenar el Modelo 179?
Los siguientes datos son los que se deben incluir en el documento para ser enviado ante Hacienda:
- Datos de identidad del propietario del alquiler turístico.
- Datos de la propiedad, como su dirección y su ficha catastral.
- Número de contrato por el que se arrienda el inmueble.
- Fecha de comienzo de la actividad.
- Utilidades percibidas por el propietario procedentes del alquiler vacacional.
- Fecha de uso del servicio de las empresas mediadoras.
- Periodo de tiempo en que la vivienda fue alquilada.
- Forma de pago para realizar las reservas, ya sea por transferencia bancaria, efectivo o tarjetas de crédito.
Es muy importante señalar con precisión el “periodo de tiempo en que la vivienda fue alquilada” y la “fecha de comienzo de la actividad” ya que esto distingue el tiempo de la duración del alquiler que el tiempo cuando la propiedad estaba vacía.
¿En qué momento se debe presentar el Modelo 179?
El periodo de tiempo vigente para hacer entrega de este documento, se extiende hasta el último día del mes natural subsecuente a la conclusión del trimestre que corresponda. La presentación de este modelo se hace por vía electrónica, por medio del sitio web de la Agencia Tributaria.
Los plazos para declarar son los que mostraremos a continuación:
- Primer trimestre, hasta el 30 de abril
- Segundo trimestre, hasta el 31 de julio
- Tercer trimestre, hasta el 2 de noviembre
- Cuarto trimestre, hasta el 1 de febrero del siguiente año
Consecuencias por incumplimiento del Modelo 179
Las compañías mediadoras que no cumplan con las estipulaciones referentes a este modelo, serán objeto de infracciones y posteriores sanciones.
Por el hecho de no realizar esta declaración, la sanción puede llegar a un monto de 600.000 euros.
Por el hecho de presentar la declaración fuera del tiempo estipulado, la sanción comprendería entre 300 a 200.000 euros.
En el caso de que los datos en dicha declaración sean incorrectos, la sanción sería de 200 euros.
Por el hecho de omisión de datos, la compañía mediadora deberá cancelar 20 euros por cada dato que haya sido omitido.
¿Qué sucede cuando la Agencia Tributaria detecta a propietarios que no declaran sus impuestos?
Ya hemos dicho que los propietarios no deben presentar el Modelo 179, pero si este documento entregado por una empresa mediadora, refleja que un propietario está evitando la declaración de impuestos concernientes al alquiler turístico, Hacienda impondrá infracciones y sanciones a ese propietario.
Con el Modelo 179, la supervisión por parte de la Agencia Tributaria es mucho mayor, por lo que a los propietarios de alquileres vacacionales no les conviene evadir sus obligaciones fiscales.