¿Qué es el Modelo 115 y cómo rellenarlo?

El modelo 115 es un documento de liquidación trimestral que tanto autónomos como empresas declaran a Hacienda indicando las retenciones por motivo de alquileres. En otras palabras, este documento es necesario en el caso de que pagues por el espacio donde lleves a cabo tu actividad económica.

¿Quién debe presentar el Modelo 115?

El modelo 115 es obligatorio ser presentado a la AEAT por cualquier profesional o empresa que pague un alquiler por el espacio donde desarrolle su actividad económica. En la factura a presentar, se debe indicar la retención por IVA e IRPF, en el caso de que el valor catastral de la totalidad de los inmuebles no es mayor a 600.000 euros, de lo contrario, no se adjuntará la retención del IRPF.

Los autónomos deben solicitar al arrendador el certificado que señala si debe o no retener. Si no lo obtiene de esa manera, el autónomo puede recurrir a la Agencia Tributaria y solicitar el certificado de tributos de liberación de retención.

No será necesario presentar el modelo 115 en caso de:

  • El pago del alquiler no es mayor a 900 euros al año.
  • Si empresas pagan alquiler de vivienda al trabajador.
  • En caso de arrendamiento financiero o leasing
  • Si el arrendador acredita al arrendado de estar adscrito en algún rótulo del grupo 861.

Períodos para presentar y pagar

El modelo 115 se presenta a Hacienda los días 1 y 20 de enero, abril, julio, octubre, lo que significa que debe realizarse el pago dentro de los mismos plazos.

Los pagos se pueden realizar por efectivo o transferencias bancarias.

Se debe tener en cuenta que en el caso de que el 20 del mes cae en un fin de semana o día festivo, el periodo para presentarlo ser extenderá hasta el siguiente día hábil, o en otras palabras, el siguiente lunes.

En el caso de que desees domiciliar la cancelación, el plazo se disminuye del  1 al 15 de los meses correspondientes antes mencionados.

Si se pasó el plazo para presentar el modelo 115, deberás presentar en la mayor brevedad posible.

Si el plazo de pago pasó, deberás obtener el Número de Referencia Completo o NCR, donde se señala el ingreso tributario y luego hacer el pago correspondiente en los cinco días posteriores.

¿Cómo rellenar el Modelo 115?

Antes que nada es necesario poseer todas las facturas, se debe tener en cuenta que los tiquetes y facturas no son iguales, se deben tener todas las facturas de gastos que se hayan tenido y donde se refleje las retenciones IRPF por motivo de alquiler.

Es muy importante chequear y verificar las facturas del trimestre correspondiente para presentar el modelo 115 sin tener que presentar otros modelos o declaraciones por motivo de complemento o sustitutas.

Rellenar el Modelo 115

modelo 115

Primero, debes ingresar todos tus datos de identificación

  • Nombre y apellido, razón social.
  • DNI o NIF
  • Domicilio

Indicar el año y el trimestre corriente.

En el apartado “Liquidación” se deben llenar cinco casillas.

  1. Casilla 1

En la primera casilla se debe indicar la cantidad de personas o empresas a las cuales realizamos los pagos de los alquileres.

  1. Casilla 2

En la segunda casilla se señala la “base de las retenciones e ingresos a cuenta”, en otras palabras, la cantidad total que se ha percibido de la actividad económica previo a restarle la retención o agregar el IVA.

  1. Casilla 3

En la tercera casilla se deben señalar las “retenciones e ingresos a cuenta” lo que quiere decir, el monto total de la retención por motivo a los alquileres durante el trimestre a declarar.

  1. Casilla 4

La cuarta casilla se debe llenar únicamente si se está presentando una declaración que complemente una previa, que coincida al mismo tiempo y concepto.

Así que en el caso de cometer errores en la información del modelo 115, Hacienda otorga la facilidad de que presentemos durante el mismo periodo de tiempo, otro modelo 115 con el objetivo de complementar el modelo anterior. Por lo cual, es cuando se puede llenar la cuarta casilla con la información complementaria.

  1. Casilla 5

En la casilla 5 se detallará el “resultado a ingresar” esta información deberá ser consistente con la indicada en el casilla 3. Si se trata de un modelo complementario, entonces la información será consistente con la indicada en las casillas 3 y 4.

Presentación del modelo 115 por internet

Se puede presentar el modelo 115 por vía electrónica, accediendo al sitio web de la AEAT. Con nuestro certificado digital nos identificamos y seguiremos los pasos para presentar el modelo 115.

Presentar el modelo 115 por internet, paso a paso:

  1. Ingresa al portal web de la AEAT.
  2. Ve a “Declaraciones modelos y formularios”.
  3. Cliquea en “Todas las declaraciones” e ingresa a “Modelos 100 a 199”
  4. Debes ingresar en “Modelo 115. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimiento procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos”
  5. Deberás identificarte con tu clave pin o tu firma digital para poder llenar el formulario.
  6. Es necesario ingresar todos los datos de identificación, el plazo de declaración y la retribución. Debes indicar todos los ingresos y retenciones a cuenta y señala el tipo de declaración.
  7. Una vez completado el modelo 115, podrás exportar y guardar el documento en el ordenador. Cuando vayas a importar el documento, deberás verificar la casilla “Conforme” y luego en “Firmar y enviar”

Modelo 115 y Modelo 180

Una vez finalizado el año de ejercicio de actividad laboral, en la declaración del cuarto trimestre que corresponde en el periodo de 1 y el 20 de enero del siguiente año, se deberá presentar el Modelo 180 con el 115.

Este modelo es una recopilación anual de todas las retenciones declaradas en los diferentes trimestres. También en este modelo se indicará la identidad de los receptores y los informes catastrales de los inmuebles que están bajo el contrato de arrendamiento.

Es muy importante llevar una contabilidad impecable para poder rellenar y presentar el modelo 115, así que procura tener mucho orden en toda la información y los datos concernientes a la contabilidad de tus diferentes actividades económicas.