¿Qué es el Modelo 100 y cómo rellenarlo?

Existen diversos documentos para hacer las distintas declaraciones sujetas a la Agencia Estatal de Administración Tributaria o AEAT. España es un país muy estricto con las leyes fiscales y es deber de todos cumplir con todas estas exigencias.

Ahora hablaremos sobre el Modelo 100, el cual se utiliza para hacer el ingreso o devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF y se debe presentar obligatoriamente en la declaración de la renta anual.

Aquellos que son autónomos, no pueden confirmar el borrador a diferencia de los trabajadores dependientes que sólo deben aprobarlo, pero si tienen la posibilidad de descargar los datos fiscales, de esa manera se puede saber todo lo que la AEAT conoce de ti por medio de las entidades bancarias y proveedores.

¿Cuándo se debe presentar el Modelo 100?

Desde comienzos de mayo hasta el 30 de junio es que generalmente dura este impuesto, aunque está sujeto a pequeñas variaciones dependiendo del año fiscal.

El IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es aquel que se obtiene por la renta de los contribuyentes que tienen residencia en territorio español, tomando en cuenta su respectiva condición familiar y personal.

¿Quién tiene la obligación de presentar el Modelo 100?

Se ha hecho una valoración sobre las rentas conseguidas y los que están obligados a declarar son aquellos que han conseguido rentas mayores a:

  1. Aquellos que tengan rendimientos ya sea por pensiones o nóminas que cumplan con los límites a continuación:
  • De manera estándar la cantidad de 22.000 euros anuales, en el caso de que se hayan obtenido del mismo remitente, también se debe contar con el siguiente límite:

–          Las rentas conseguidas de las segundas o subsiguientes no sean mayores de 1.500 euros.

–          Las pensiones obtenidas de la Seguridad Social donde se haya hecho el cálculo del tipo de retención ajustable por procedimiento especial.

  • Se determina en 1000 euros anuales en el caso de:

–          Que los rendimientos provengan de más de un solo remitente y el añadido de las segundas y subsiguientes sean mayores a 1.500 euros.

–          Que procedan de pensiones compensatorias o anualidad de alimentos.

–          Que el remitente o pagador no tenga la obligación de retener, como es en el caso de las pensiones provenientes del extranjero.

–          Que se consigan ganancias del trabajo fijado a un solo tipo de retención.

  1. Rendimientos totales de capital mobiliario como los intereses bancarios y dividendos patrimoniales formulados a retención, que no sean mayores a 1.600 euros por año.
  2. Rendimientos inmobiliarios atribuidas, como en el caso de viviendas de uso secundario o esporádico que no se encuentren arrendadas, Letras del Tesoro y subsidios para la obtención de viviendas de VPO con un tope de 1.000 euros por año.
  3. Es importante acotar que no será obligatorio a que declaren el IRPF aquellas personas que perciban solamente ganancias totales del actividades económicas, trabajo, capital o dividendos patrimoniales (que estén o no sujetas a retención) con un monto no mayor a los 1.000 euros y 500 euros por año por razón de gastos patrimoniales.

Declaración de la Renta en caso de un autónomo

Un autónomo, tal y como cualquier contribuyente, estará obligado a presentar el Modelo 100 siempre y cuando haya conseguido rentas por las actividades económicas mayores a 1.600 euros. Entonces debe hacer una petitoria para la referencia, y para esto se requiere de los siguientes datos:

  1. Documento Nacional de Identidad
  2. Fecha de vigor del D.N.I
  3. Casilla 450 de la Renta del año previo.
  4. En caso de que tengas el Certificado Digital en tu ordenador, no serán necesarios los datos antes mencionados.

modelo 100

Cuando ya se tenga la referencia, se procederá a descargar al ordenador los datos fiscales, donde se puede visualizar toda la información proveniente de bienes inmuebles, hipoteca, ganancias patrimoniales sujetos a retención, intereses bancarios, entre otros.

Cuando hayas corroborado que los datos personales y familiares se encuentren en orden, podrás ingresar manualmente todos los ingresos y egresos del autónomo, o también los índices del módulo, dependiendo del tipo de estimación que utilice.

En el caso de una estimación directa, se indicarán datos más detallados con los gastos exentos de IVA y aquellos que no pudimos eximir en IVA. Se añadirían datos sobre las compras y gastos que se encuentren sujetos a la base imponible, que se hayan agregado en el Modelo 303, pero en este caso, de manera mucho más desglosada. También se incluirán datos del seguro, seguridad social de los empleados, sueldos, impuestos no estatales, entre otros gastos exentos de IVA.

Si hemos realizado una venta de algunas acciones o un inmueble, también se deberá indicar manualmente, mencionando datos como:

  • La fecha en que se hizo la compra o venta
  • Su valor
  • Gastos adjudicados a la transacción.

Así, de esa manera se podrá estimar la ganancia patrimonial, de la que es necesario pagar un porcentaje, que puede ser reducido debido a otras pérdidas o el contexto tanto personal como familiar del contribuyente.