Ley de Patentes

El 1 de abril de 2017, entró en vigor la «Nueva de Ley de Patentes» en España. La importancia de los cambios realizados a esta Ley se deben a varios factores y consideraciones que estaremos discutiendo a continuación, con la finalidad de hacer algunas aclaratorias relevantes para aquellas personas interesadas. Pero antes de comenzar con estos puntos, veamos de qué se trata la Ley de Patentes.

¿Qué es una Patente y la Ley de Patentes?

Una Patente se trata de un derecho exclusivo que el Estado otorga al inventor o inventores para la protección de una invención, que le permitirán al solicitante utilizar y explotar su invención e impedir que terceros la puedan utilizar sin su consentimiento. En el hecho de que no se explote la patente, entonces ésta podrá ser vendida o también, se pueden ceder los derechos a otra empresa para que la pueda comercializar bajo su licencia.

Al igual que existen leyes enfocadas a varias áreas, también hay una Ley que regula la concesión de patentes a todos aquellos que se presuman inventores, bien sea personas físicas o empresas establecidas, esta solicitud de Patente son designadas a través de un certificado de modelo de utilidad y el inventor o los inventores tendrán el derecho a ser mencionados e incluidos en el título correspondiente.

La protección por Patente se concede por un período limitado, que generalmente, es de 20 años contados a partir de la fecha de presentación de su solicitud.

¿Cuáles fueron los motivos de modificación de la Nueva Ley de Patentes en España?

Los motivos para realizar una modificación y actualización en la Ley de Patentes del 11/1986, de 20 de marzo, son varios. A continuación, destacaremos los más importantes y relevantes:

  • En primer lugar, fusionar la legislación española en materia de patentes con los demás países de la Unión Europea, siendo España un país miembro del tratado PCT o al Convenio de la Patente Europea, con la finalidad de que en la práctica  la internacionalización sea una constante en la estrategia de las empresas.
  • Establecer un sistema de protección sobre las invenciones para que se otorgue un derecho sólido que presente calidad y eficiencia, motivo que no ocurría en la antigua Ley de Patentes, en donde se concedía la concesión de una patente que carecía de novedad y actividad inventiva.
  • Hacer que la tramitación de la patente sea un proceso más rápido y efectivo, con el objetivo de que el presentador de la patente pueda obtener información relevante sobre su invención y, pueda tomar una decisión lo antes posible de si continua con el proceso a nivel nacional y además, realiza los trámites respectivos para la presentación en el extranjero.

¿Cuáles fueron las principales modificaciones de la Nueva Ley de Patentes en España?

Fueron muchos los cambios realizados en esta nueva Ley de Patentes, sin embargo, en este post nos centraremos en mayor profundidad en los aspectos más relevantes y sustanciales en función del solicitante, para facilitarle la orientación, que le ayude a conocer el cambio y, que además, pueda tomar una decisión más efectiva con la vía de tramitación

En los cambios de aplicación más jurídica y técnica, es importante solicitar los servicios de personas profesionales y especialistas que le ayudarán de forma más rápida y concisa en cómo tramitar la decisión del proyecto y como llevarla a cabalidad eficazmente. En materia de modificaciones trataremos:

1) Modificaciones establecidas en cuanto a «Patentes de Invención»:

  • Todas las patentes deben superar un «Examen de fondo» para ser concedidas, desaparece el llamado procedimiento general de concesión.
  • El Informe sobre el Estado de la Técnica (IET), se solicitará al momento de la solicitud, motivo por el cual el coste inicial podrá aumentar, sin embargo, la presentación de este informe tiene ventajas al respectos.
  • Se facilitará y se adelantará la primera comunicación que la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) le puede ofrecer al solicitante, en ella irá contenida el Informe sobre el Estado de la Técnica junto con la opinión escrita con los posibles defectos formales que hayan sido detectados por el correspondiente examinador. Así, se integra la búsqueda con el examen formal y técnico y se emite una sola opinión escrita.
  • Promueve la aceleración y simplificación acerca de la tramitación, ya que al presentar el examen formal, no sólo se estudian aspectos netamente formales, sino que al mismo tiempo se pueden valorar aspectos más complejos relacionados como la claridad y la unidad de invención.
  • Con la emisión del IET junto a la opinión escrita, el solicitante podrá estudiar las diferentes opiniones con respecto a la información recibida y, de esta manera solicitar el examen sustantivo y, a partir de allí, podrá realizar las modificaciones presentadas y dar respuesta a las observaciones sugeridas y objeciones para ajustarse a las exigencias jurídicas.
  • Se presenta un cambio que también contribuye a acelerar el procedimiento de concesión, esto tras aplicarse un sistema de oposiciones tras concesión, de esta manera, se sustituyen las oposiciones previas por un plazo de 6 meses contando a partir de la concesión de la patente.
  • También, cabe destacar que a partir de la Ley de patentes de 24/2015, de 24 de julio, se puede tomar en cuenta el poder establecer expresamente el hecho de poder patentar sustancias o composiciones que ya son conocidas para un nuevo uso, tal es el caso, por ejemplo, de medicamentos o nuevas aplicaciones terapéuticas.

2) Modificaciones en cuanto a «Modelo de Utilidad»:

  • Se incluye la exigencia de novedad exigida y desaparece la exigencia de novedad relativa, esto aplicado a los modelos de utilidad, que viene siendo la misma que para las patentes, es decir, novedad mundial.
  • Con respecto a la actividad inventiva de los nuevos modelos de utilidad se sigue manteniendo reducida, por lo que sigue siendo menor que el exigido en una patente.
  • Se amplia en cuanto a la materia de protección a productos químicos, a excepción de sustancias y productos farmacéuticos.
  • Con la nueva Ley de patentes, se amplia el plazo de oposiciones, ajustándose los 2 meses actuales a 4 meses. Esto con respecto a la formulación de oposiciones a nuevas solicitudes de modelos de utilidad, pero se mantiene el carácter previo a la concesión.
  • Para emprender acciones legales en cuanto a la defensa de los derechos exclusivos respaldados por un respectiva concesión de un modelo de utilidad, se tendrá que solicitar con anticipación un Informe sobre el Estado de la Técnica a la OEPM, este informe es el mismo que el de las patentes. Así, se podrá disponer de una búsqueda de antecedentes y una opinión escrita para poder basar la defensa. Una vez establecida esta petición, mediante el IET se le notificará al peticionario y se pondrá a disposición del público por la misma OEPM.

3) Descuentos en Tasas de la Nueva Ley de Patentes en España:

Con respecto al importe de las Tasas Oficiales, se contempla un descuento del 50% en la tasa de solicitud de búsqueda, de examen y con relación a las 3 primeras anualidades en el caso de los Emprendedores y PYME.

En el caso de las Universidades Públicas, se le otorga el derecho a una bonificación del 50%, con respecto al importe de todas las tasas, y un 100% en el caso en que se haya producido una explotación económica real y efectiva de la patente o modelo antes de los 4 años desde la fecha de presentación o 3 años a partir de la fecha de concesión.

4) Nueva modalidad de registros de la Nueva Ley de Patentes en España:

Ahora con la nueva Ley de Patentes, no se puede dejar por fuera el hecho de que se añade un nuevo «Titulo» relacionado con la Propiedad Industrial, en donde se le brinda protección a las invenciones, al solicitarse se podrá obtener un «Certificado complementario de protección de medicamentos y de productos fitosanitarios» .