Resolución disponiendo la inscripción en el Registro y




El Consultor Jurídico

sumario

Código 39000365011982.

Visto el acuerdo suscrito en fecha 18 de noviembre de 2021 por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Construcción y Obras Públicas de Cantabria respecto del Calendario Laboral de 2022 y otras especificaciones sobre jornada y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2 /2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artculos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depsito de los Acuerdos y Convenios Colectivos de Trabajo; y, en relación con lo sellado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre Asunción de Funciones y Servicios Transferidos, como el Decreto 7/2019, de 8 de julio, de Reorganización de las Consejeras de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Decreto 209/2019, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales.

ACUERDA

1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, como su depósito.

2.- Disponer la publicación de la presente resolución y del texto del Acuerdo de referencia en el Boletín Oficial de Cantabria.

ACTA DE LA COMISIN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PBLICAS DE CANTABRIA

En Santander, a las 9:30 horas del día 18 de noviembre de 2021, la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Construcción y Obras Públicas de Cantabria con la asistencia, por la representación empresarial, de D. GERVASIO PINTA RIOZ, D MAXIMO SAINZ COBO, D LUIS SAIZ GONZALEZ, D. JUAN CARLOS ECHEVARRIA RUIZ, y D. PABLO JAVIER OBREGN PERALES, y , por la representación sindical, de D. OSCAR ARROYO PARDO (CCOO), D. MARIANO PEREZ CONDE (CCOO ), D. JUAN CARLOS MENESES VELARDE (UGT), D. LUIS ALBERTO DIEZ SAUDO (UGT), y ACUERDAN:

  • En primer lugar, proceda a la firma del Calendario Laboral Orientativo del sector para 2022, con sus especificaciones, en el que las partes firmantes aseguran que la jornada correspondiente al agosto de 2022 será de 1.736 horas anuales.
  • En segundo lugar, se faculta a D. Mximo Sainz Cobo para qu’presente los correspondientes ejemplares para su registro y dems efectos pertinentes en la Direccin General de Trabajo de Cantabria.

Y en prueba de conformidad, levanta la reunión, lectura previa y firma de la presente acta en el lugar y fechas indicadas.

Este calendario tiene carcter provisional y podr ser modificado en funcin de lo que se pacte en materia de jornada entre las partes de la negociacin colectiva del ao 2022.

Este calendario es, además, orientativo para el municipio de Santander, por lo que, en los restantes municipios de la región, se deben sustituir las dos fiestas locales (FL), que en este calendario corresponde a Santander, por las suyas propias.

En aquellos municipios en los que alguna de sus fiestas locales coincida en sábado, domingo, fiesta nacional, fiesta de la comunidad, puente o fiesta de convenio, trasladarán el disfrute de la misma al da laborable inmediatamente después; todo ello con el fin de ajustar el calendario laboral a las 1.736 horas de trabajo efectivo previsto para el año 2022.

Las empresas del sector, de acuerdo con la representación legal de los trabajadores, pueden, no obstante, establecer un calendario laboral distinto de este calendario orientativo, en el que deber respetarse la jornada laboral pactada de 1.736 horas de trabajo efectivo para el año 2022. En defecto de calendario propio, pasarán a regirse por este calendario-tipo.