Resolución del director general de Emergencias e Interior en




El Consultor Jurídico

sumario

Hechos

1. El día 27 de mayo de 2014 se redacta la versión definitiva del Plan de Seguridad y Emergencias del Cam de Cavalls GR 223.

2. El da 5 de noviembre de 2021 se realiz parte de la carrera Epic 360 sin presentar plan de autoproteccin. Ante los riesgos para los participantes y la activación del Plan Especial para Hacer Frente al Riesgo de Fenómenos Meteorológicos Adversos, la Dirección General de Emergencias e Interior requirió la suspensión de la prueba.

3. El día 4 de noviembre de 2021, el Consejo Insular de Menorca remitirá la documentación para solicitar la colaboración de la Dirección General de Emergencias e Interior para la realización de la actividad no permanente menor basada en la prueba deportiva Trail del Nord en Menorca, con 900 corredores.

4. El da 8 de noviembre de 2021 el jefe del Departamento de Emergencias solicita un informe para requerir un plan de autoprotección para la prueba deportiva Trail del Nord en Menorca.

5. El día 12 de noviembre de 2021 la Dirección General de Emergencias e Interior emitió un informe, que fue remitido al Consejo Insular de Menorca, en el que se solicitó un plan de autoprotección para la prueba deportiva Trail del Nord en Menorca. Finalmente, la prueba tuvo lugar el 14 de noviembre sin esta colaboración y sin presentar un plan de autoprotección.

6. El da 12 de noviembre de 2021 el jefe del Departamento de Emergencias solicita informe sobre la necesidad de generalizar la petición de los planos de autoprotección para las pruebas deportivas en el medio natural o en espacios no delimitados.

7. El día 16 de diciembre de 2021 se elaboró ​​un informe genérico para determinar la necesidad de planes de autoprotección (PAU) para la realización de pruebas deportivas en el medio natural o en espacios no delimitados en las Illes Balears.

8. El da 10 de agosto de 2022 se elaboró ​​un informe para determinar la necesidad de planes de autoprotección para dichos eventos, por islas.

fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Real Decreto 393/2007, del 23 de marzo, por el que se apruebe la Norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicadas a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

4. La Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias en las Illes Balears.

5. La Ley 3/2006, de 30 de marzo, de Gestión de Emergencias de las Illes Balears.

6. El Real Decreto 2816/1982, del 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de política de espectáculos públicos y actividades recreativas.

7. El Decreto 8/2004, del 23 de enero, por el que se determinan determinados de la Ley de Ordenación de Emergencias de las Illes Balears.

8. La Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Instalación, Acceso y Ejercicio de Actividades en las Illes Balears.

9. La Ley 6/2019, de 8 de febrero, de modificación de la Ley 7/2013, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Instalación, Acceso y Ejercicio de Actividades en las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Establecer que, por sus particularidades de especial riesgo, las pruebas deportivas en el medio natural o en espacios no delimitados con ms de 500 participantes en Mallorca y ms de 250 participantes en el restaurante de las Illes Balears, deben redactar un plan de autoteccin . Sin embargo, con base en la Norma básica de autoprotección y, con condiciones especiales de riesgo, la Dirección General de Emergencias e Interior se reserva la decisión facultativa de solicitar un plan de autoprotección por debajo de este umbral.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.