Resolución de la Secretaría General del Consejo de




El Consultor Jurídico

sumario

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico, establece en su artculo 40.1 que las Administraciones Pblicas podrn identificarse mediante el uso de un sello electrnico basado en un certificado electrnico reconocido o calificado que rena los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. La relación de los sellos electrónicos utilizados por cada Administración Pública debe ser pública y accesible por medios electrónicos, debiendo adoptar cada Administración Pública las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos.

El artículo 41.1 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, entiende por actuación administrativa automatizada, cualquier acto o actuación realizada integramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa a un empleado público.

La misma Ley en su artículo 42, establece que en el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, cada Administración Pública podrá determinar los supuestos de utilización de los sistemas de firma electrónica, entre ellos, el sello electrónico de Administración Pública, órgano, organismo pblico o entidad de derecho pblico, basado en certificado electrnico reconocido o calificado que rena los requisitos exigidos por la legislacin de firma electrnica.

En el ámbito de la Administración Regional, el Decreto n. 302/2011, de 25 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Gestión Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, además los artículos 5 y 13 regulan, respectivamente, las actuaciones administrativas automatizadas y los sellos de órgano.

As, el artculo 5 establece que podrn se adoptar actuaciones administrativas automatizadas en el marco de un procedimiento administrativo, realizado integramente a travs de medios electrnicos. Y que el ejercicio de la competencia en dichas actuaciones automatizadas se realice mediante la utilización de alguno de los siguientes sistemas de firma electrónica: sello electrónico del órgano competente para realizar la actuación administrativa, o cdigo seguro de verificación vinculada a un órgano. Por su parte, el artículo 13 dispone que el sello de órgano podrá utilizarse tanto como medio de identificación como medio de firma para las actuaciones administrativas automatizadas.

La autorización de actos administrativos automatizados y la creación de sellos de órgano, según los artículos 5 y 13 del Decreto n.º o entidad pública, la cual contendrán los aspectos referidos en los citados artículos 5 y 13.

Mediate Resolucin de la Secretara General de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Politica Social y Transparencia, se autorizaron actuaciones administrativas automaticas y se cre el sello de organo de la extinta Direccion General de Modernizacin y Simplificacin Administrativa. No obstante, dado que el Decreto no 3/2023, de 23 de enero, por el que se fundamentan los órganos Directivos de la Consejera Transparencia, Participación y Cooperación, estructura la referida Consejera en diversos órganos directivos, entre ellos, la Secretaría General, Resulta necesario autorizar las actuaciones administrativas automatizadas competencia de esta Secretaría General, como la creación del sello electrónico de órgano vinculado a la misma para la identificación y firma electrónica, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 40 /2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico, y artculos 5 y 13 del Decreto no 302/2011, de 25 de noviembre, de Rgimen Jurdico de la Gestin Electrnica de la Administracin Pblica de la Community Autnoma de la Region de Murcia.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 17 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Resuelvo:

Primero. Autorización de actuaciones administrativas automatizadas.

1.- Se autoriza la actuación administrativa automatizada de la Secretaría General de la Consejera de Transparencia, Participación y Cooperación, consistente en la generación y emisión de documentos para la gestión de las autorizaciones de acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración General del Estado, integrados en el procedimiento administrativo de Solicitud de acceso a la Plataforma de Interoperabilidad de la Administración Pública del Reino de Murcia, con cdigo 3241.

2.- El sistema de firma que se utiliza para la actuación administrativa automatizada ser el sello electrónico de órgano vinculado a la Secretaría General, basado en certificado eléctrico reconocido o calificado que rena los requisitos exigidos por la legislación de firma eléctrica.

3.- Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable son que consta en la Declaración de Políticas y Prácticas de Certificación particulares aplicables a los servicios de certificación y firma electrónica en el ámbito de organización y funcionamiento de las administraciones públicas, sus organismos y entidades vinculadas o dependientes, aprobado por CAMERFIRMA, que puede ser consultada en la dirección electrónica https://www.camerfirma.com/practicas-de-certificacion-ac-camerfirma-cps-dpc/

4.- La verificación del certificado podrá realizarse a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: https://sede.carm.es

5.- El órgano titular del sello electrónico, y responsable de su utilización a los efectos de una eventual impugnación de la actuación administrativa automatizada, es la Secretaría General de la Consejera de Transparencia, Participación y Cooperación.

6.- Corresponde a la Dirección General de Informática y Transformación Digital, como órgano director responsable del ejercicio de las competencias en materia de sistemas de información, aplicaciones informáticas y seguridad informática, la responsabilidad de la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento , supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoria del sistema de información y de su código de fuente.

Segundo. Creación del sillín eléctrico de rgano.

1.- Se crea el sello electrónico correspondiente al órgano Secretaría General de la Consejera de Transparencia, Participación y Cooperación, para la identificación y firma electrónica en las actuaciones administrativas automatizadas generadas en el ejercicio de la competencia de dicha Secretaría General, sellado en el resultado primero y tercero de esta resolución.

2.- El certificado de sello electrnico de rgano incluye conforme al artculo 40.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico, y el artculo 13 del Decreto no 302/2011, de 25 de noviembre, el número de identificación fiscal, la descripción del tipo de certificado con la denominación de sello electrónico de rgano, la denominación completa del rgano y la indicación de la entidad a la pérdida mediante su adscripción orgánica, como la identidad de la persona titular del rgano .

Tercero. Actuaciones administrativas y procedimientos.

1.- El sello electrónico de órgano de la Secretara General será utilizado para la identificación y firma, además de las actuaciones administrativas automatizadas autorizadas en el resuelvo primero, para aquellas otras actuaciones administrativas automatizadas que estén autorizadas por Resolución de la Secretara General de la Consejera , de conformidad con el artículo 5 del Decreto n. 302/2011, de 25 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Gestión Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

2.- Las citadas actuaciones administrativas automatizadas serán por las aplicaciones informáticas y sistemas de información que sustentan la actuación de la Secretaría General.

Cuarto.- Publicación.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y deberá estar accesible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.