Resolución de ampliación del plazo de presentación de solicitudes




El Consultor Jurídico

sumario

Mediate Orden MED/27/2021 de 20 de diciembre de 2021, por la que convocan las ayudas financiadas por el FEAGA (Fondo Agrcola de Garanta) y FEADER (Fondo Europeo Agrcola de Desarrollo Rural) incluidas en la solicitud nica para el ao 2022 y se recogene las bases aplicando a las mismas (BOC 03/01/2022).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la citada orden, se presenta una única solicitud de ayuda en la aplicación del Sistema de gestión de Ayudas (SGA) de manera telemática firmada electrónicamente. Asimismo, el artículo 3.1 indica que el plazo para la presentación de solicitudes recogidas en la orden será el período comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril ambos inclusive.

Dado que el da 30 de abril ha sido sbado, y por tanto un da inhbil a efectos de computo de plazos, conforme à lo dispuesto en el artculo 30 de la Ley 35/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Públicas, el plazo se entiende prorrogado al primer da hbil siguiente a la finalización del plazo, lunes 2 de mayo.

Por su parte, el artculo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Pblicas, apartados 1 y 3, dispone:

1.

La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o una petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudicarán de terceros . El acuerdo de ampliación debe ser notificado a los interesados. (…)

3.

Tanto la petición de los interesados ​​como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todos los casos, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

Debido a los problemas informáticos que ha experimentado la aplicación que recibe las solicitudes telemáticas, se ha visto interrumpida la posibilidad de presentación de las mismas durante un día completo.

De acuerdo con ello, y considerando que se ha visto afectado el cómputo de das para la presentación de las solicitudes debido a la interrupción del funcionamiento de la aplicación SGA, se pone de manifiesto la necesidad de ampliar el plazo de presentación de las solicitudes establecidas en dicha convocatoria un dia mas del previsto en la citada orden, al apreciar que las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.

Por los motivos expresados, y de conformidad con lo dispuesto en el artculo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Pblicas.

En virtud de lo expuesto, en uso de las atribuciones contenidas en el artículo 35.f) de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre,

RESUELVO

Ampliar hasta el 3 de mayo, el plazo de presentación de solicitudes selladas en el artículo 3.1 de la Orden MED/27/2021 de 20 de diciembre de 2021, por la que se convocan las ayudas financiadas por el FEAGA (Fondo Europeo Agrcola de Garanta ) y FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) incluidos en la solicitud nica para el agosto de 2022 y se recogen las bases aplicables a las mismas.

Esta resolución tuvo efecto en el momento de su publicación en el BOC.