sumario
La Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, para la definición del principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, establece en su apartado tercero que el coste total mximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo y otros gastos, salvo las comisiones citadas en el anexo 3, no podr superar el coste de financiacin del Estado al plazo medio de la operacin, incrementado en el diferencial que corresponde segn lo establecido en el anexo 3 de esta resolución.
Las Comunidades Autónomas y Entidades Locales que cuenten con herramientas de valoración propias o un asesoramiento externo independiente podrán determinar en el momento de la operación el coste de financiación del Tesoro en base a la metodología contenida en el anexo 2 de esta resolución.
El resto de Administraciones, para conocer el costo de financiacin del Estado a cada plazo medio, emplearn la tabla de tipos fijos o los diferenciales mximos aplicables sobre cada referencia que publica mensualmente, mediante resolucin, la Direccin General del Tesoro y Poltica Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes.
Conforme a dicha obligación de actualización mensual del costo de financiación del Estado a cada plazo, se publica un nuevo anexo 1.
Considerando los costos reales de financiamiento del Estado, en el caso de las operaciones de prstamo, si el costo total mximo al que se refiere el apartado tercero de la Resolucin de 4 de julio de 2017, de la Secretara General del Tesoro y Poltica Financiera , fuera negativo, podrn formalizarse prstamos tiene un tipo del 0%.
ANEXO 1
Tipos de intereses fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera
Fechas recogidas el 7 de diciembre de 2022
Vida media de la operación
(medida)
Tipo fijo anual máximo
(Puntos porcentuales)
Diferencial mximo sobrio eurbor 12 meses
(Puntos básicos)
Diferencial mximo sobrio eurbor 6 meses
(Puntos básicos)
Diferencial maximo sobreeurbor 3 meses
(Puntos básicos)
diferencial maximo sobreeurbor1mes
(Puntos básicos)
10.99– 12821.42– 8531.55– 83– 7241.70– 68– 5751.82– 56– 4562.06– 41– 35– 2472.17– 51– 45– 3482.27– 51– 44– 3492.31– 52– 45– 35102.33– 49– 43– 32112.37– 44– 38– 27122.43– 48– 38– 32– 21132.26– 68– 59– 53– 42142.13– 85– 75– 69– 59152.13– 84– 75– 69– 58162.14– 83– 74– 68– 57172–4–17– 79– 79– 17–1 54182.24– 70– 61– 55– 45192.22– 71– 63– 57– 47202.20– 72– 64– 58– 48212.20– 72– 64– 58– 48222.20– 71– 63– 57– 47232.20– 4–7–27– 6 3–7–27– 2 69– 62– 56– 46362.21– 57– 50– 44– 35482.27– 45– 36– 30– 22602.38– 33– 21– 15– 9722.43– 27– 13– 8– 2842.48– 22– 5– 23962,58– 103962,58– 10 68– 51517201202,7942526281322,8252726271442,89123433331562,94174037371682,95204339381803,10375955531923,07386056532043,05396156532163,13527468652283,05477063592403,11588174692523,15678981772643,04608275702763,04658779742883,04699183783003,06769789833123,078210395893243,068410697913363,0588109100943483, 11971181101033603,16106127118112
The base used for the clculo del tipo fijo anual mximo contenido en la tabla superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizar una base distinta de la anterior deber hacerse el oportuno ajuste.
En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distintos al ao, el tipo fijo mximo deber calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el periodo de devengo considerado.
Los tipos de inters fijos y diferenciales máximos aplicables para cuya vida media exacta no se encontró publicada en la presente tabla se hallarán por interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la operación.
Sobre estos tipos de inters fijos o diferenciales sobre eurbor, se podrn aplicar los diferenciales mximos contenidos en el appendix 3 de la Resolucin de 4 de julio de 2017, de la Secretara General del Tesoro y Poltica Financiera, par la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
Dados los niveles actuales de coste de financiación del Estado, en caso de las operaciones de prstamo, si el coste total máximo al que se refiere el apartado tercero de la citada resolución fuera negativo, podrán formalizarse prstamos a tipo del 0%.