Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de




El Consultor Jurídico

sumario

En la sesión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao celebrada el 24 de febrero de 2023, adoptamos por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos:

1. Tomar conocimiento de las circunstancias relacionadas con la presencia y permanencia de l’artefacto flotante Penguin Wec II en el Muelle de Emergences del Puerto de Bilbao y de los informes justificativos elaborados para el ejercicio de las actuaciones en defensa del inters portuario en los mbitos sancionador, operativo y de gestión, ratificando las actuaciones desarrolladas hasta la fecha en relación con el citado artefacto flotante.

2. Acordar las siguientes delegaciones a favor del Presidente del Organismo:

  • – Para la resolución de los expedientes sancionadores por infracción de carcter leve previstos en el artículo 306 del TRLPEMM, contra Wello Oy/ Saipem SpA – Saipem Group/ y CDA, como para la determinación de las medidas no sancionadoras y resarcitorias de los daños causados al Muelle de Emergences por el artefacto naval Wello Penguin II, en el ámbito de las competencias de la Autoridad Portuaria de Bilbao, y de la determinación de las medidas no sancionadoras y/o resarcitorias, y de ejecución que podrían acordarse o proponerse por la Dirección , como la resolución de recursos que procedieran contra las mismas, incluyendo las más amplias facultades de ejecución, administración o disposición, incluso el ejercicio de cuantas acciones ante cualquier orden jurisdiccional relacionado.
  • – Para la adopción de ciertos acuerdos, resoluciones y la resolución de recursos, que no correspondan al órgano de gestión de la Autoridad Portuaria de Bilbao, permitan la resolución definitiva y la ejecución de los expedientes y actuaciones anticipadas en el artículo 304 del TRLPEMM, singularmente y a ttulo enunciativo, las del apartado 1 de este artculo, en situaciones de riesgo y de hundimiento de barcos, embarcaciones y cualesquiera vehculos de navegacin en aguas portuarias, en el mbito de las competencias de la Autoridad Portuaria de Bilbao, excluyendo las acciones que proceden ante la jurisdicción competente.

Lo que se comunica en cumplimiento de lo dispuesto en el artculo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Rgimen Jurdico del Sector Pblico.