RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2022, del Presidente del Consejo de




El Consultor Jurídico

sumario

El Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, en sesión celebrada el día 5 de mayo de 2022, adoptó el Acuerdo 41/2022, por el que se aprueba la Regulación de la rendición telemática de la cuenta general de las entidades locales y el formato de dicha cuenta, del correspondiente al ejercicio de 2015, con el tenor literal siguiente:

La Ley 2/2002, de 9 de abril, del Consejo de Cuentas de Castilla y Len, de conformidad con lo establecido en el artculo 90 del Estatuto de Autonoma de Castilla y Len, determina en su artculo 2, que las Entidades Locales del mbito territorial de la Comunidad, como las entidades del sector público que lo integran, están sujetas a la fiscalización del Consejo de Cuentas. Con respecto al artículo 8 de dicha Ley, establece que «las Entidades Locales rinden directamente sus cuentas al Consejo de Cuentas, de conformidad con lo previsto en la legislación reguladora de las Haciendas Locales, dentro del plazo de un mes desde la fecha sellada en dicha norma para la aprobación de sus respectivas cuentas».

Por su parte, el artculo 223 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al regular la funcin fiscalizadora del Tribunal de Cuentas sobre las entidades locales, de acuerdo con las leyes orgánicas y de funcionamiento de dicho órgano, se remite también a las facultades que, en materia de fiscalización externa de las entidades locales, tendrán atribuidas por sus estatutos las comunidades autónomas.

La necesidad de implantar medios informáticos y telemáticos en el proceso de rendición de cuentas de las entidades locales se impulsa en el ámbito local con la aprobación de las instrucciones reglamentarias de los modelos básicos, normales y simplificados de contabilidad local, aprobadas por los rdenes del que entonces era Ministerio de Economía y Hacienda 4040/2004, 4041/2004 y 4042/2004, de 23 de noviembre, vigente hasta la cuenta general correspondiente al ejercicio 2015.

Las bases para este modelo de rendición se establecieron con la definición de un formato normalizado para dichas cuentas generales, lo que llevó a cabo la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), a impulso y contando con la colaboración del Tribunal de Cuentas y de los órganos de control externo de las comunidades autónomas (OCEX), y fue aprobado mediante Resolución de la IGAE de 28 de julio de 2006.

El Tribunal de Cuentas y los OCEX han venido regulando para sus respectivos mbitos, la entrega telemtica de las cuentas generales de las entidades locales, eliminando su remisin en soporte papel, mediante la aprobacin de las correspondientes instrucciones otorgadas el formato de la cuenta general en soporte informtico –por remisión al recomendado por la IGAE en las resoluciones dictadas al efecto, la premier de ellas de 2006– y el procedimiento telemático para la rendición de las cuentas, aplicable desde las correspondientes al ejercicio 2006.

Desde agosto de 2007 estará en funcionamiento la Plataforma de Rendicin de Cuentas de las Entidades Locales (www.rendiciondecuentas.es), una aplicación de gestión web para el Tribunal de Cuentas y para la mayor parte de los OCEX, de acuerdo con las citadas convenciones y tal efecto, que, para el ámbito de esta Comunidad Autónoma, se materializó a través del Convenio de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas de Castilla y León, formalizado el 5 de junio de 2013 para la implantación de medidas de coordinación de la entrega telemática de las cuentas generales de las entidades locales, como de las relaciones anuales de los contratos celebrados, que en su clusula primera estableci la entrega única de las cuentas presentadas de conformidad con lo dispuesto en las Instrucciones por when the format of the La cuenta general de las entidades locales está regulada en Soporte informático y el procedimiento telemático para la rendición de cuentas. Dicho Convenio, fue reemplazado posteriormente por el suscrito entre ambas Instituciones en fecha de 11 de julio de 2019 en el cual se mantiene la rendición de cuentas única a través de la Plataforma de rendición de cuentas de las Entidades Locales con los requisitos de forma todos establecidos .

Además del referido proceso de implantación de medios informáticos y telemáticos para la rendición de las cuentas, también se ha venido desarrollando otro proceso de normalización contable, el cual, para el ámbito del sector público, se instrumenta a través de la aprobación del Plan General de Contabilidad pública media la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, que adapta las normas de contabilidad pública al marco de las normas internacionales de contabilidad del sector público (NIC-SP). Para el mbito local dicha adaptacin se llev a efecto mediante las instrucciones de contabilidad par la administracin local, modelos normal y simplificado, aprobados por las rdenes HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre. A su vez, esta última modifica el modelo básico, que se regula en la Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre.

Estas instrucciones, en vigor desde el 1 de enero de 2015, incorporan cambios sustanciales en la estructura y contenido de los documentos que integran los contenidos anuales. Hola, la IGAE aprueba, con fecha 13 de noviembre de 2015, una resolución que incorpora un nuevo formato normalizado del contenido general de las entidades locales, en soporte informativo para su rendición. Esta enmienda dada lugar ha sido aprobada por el Tribunal de Cuentas de la Resolucin de 2 de diciembre de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que el Acuerdo del Pleno de 26 de noviembre de 2015, por el que se apprueba la Instrucción que regula la entrega telemática de la cuenta general de las entidades locales y el formato de dicha cuenta, de la correspondiente al ejercicio 2015. En Castilla y Len estos cambios tuvieron reflejo en el Acuerdo 137/2015, de 3 de diciembre, del Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León, por el que se apruebe la regulación de la rendición telemática de la cuenta general de las entidades locales y el formato de dicha cuenta, de la correspondiente al ejercicio de 2015.

Posteriormente, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, se introducirán nuevos cambios en el contenido de la cuentas anuales de las entidades locales, derivado de la necesidad de incorporar dentro de las mismas las auditoras de cuentas previstas en el artículo 29.3.A) de dicho texto normativo, dictándose para su implementación la Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que el Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019, por el que la instrucción que regula la rendición telemática de la cuenta general de las entidades locales y el formato de dicha cuenta, del correspondiente al ejercicio 2015 , aprobado por Acuerdo del Pleno de 26 de noviembre de 2015, surtiendo efecto de la rendición de las cuentas generales correspondientes al ejercicio 2019.

El proceso de cambio constante descrito anteriormente cabe prever, que lo es sin solución de continuidad, en virtud de nuevas modificaciones normativas aprobadas con posterioridad y que indican de forma directa en esta materia.

As, the Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, por la que apprueban las normas para la formulacin de cuentas anuales consolidadas en el mbito del sector pblico local, requierr de una nueva adaptacin de las instrucciones actuales sobre rendicin telemtica de la cuenta general de las entidades locales, lo cual aconseja la adopción por parte del Consejo de Cuentas del instrumento adecuado normativo que garantiza la debida seguridad jurídica a todos los destinatarios de dicha regulación.

En su virtud, el Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León adoptó el siguiente

ACUERDO

Primero.– La cuenta general de las entidades locales, desde la correspondiente al ejercicio 2015, ser rendida al Consejo de Cuentas de Castilla y León por los cuentadantes responsables, a través de la Plataforma de Rendicin de Cuentas de las Entidades Locales, de conformidad con la especificaciones contenidas en las Instrucciones aprobadas tal fin por el Tribunal de Cuentas o sus modificaciones.

Segundo.– A los efectos establecidos en el prrafo anterior, las instrucciones dictadas por el Tribunal de Cuentas y modificaciones a las mismas, que se encuentran vigentes en la actualidad, son las siguientes:

  • – Resolución de 2 de diciembre de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que el Acuerdo del Pleno de 26 de noviembre de 2015, por el que se apruebe la Instrucción que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y el formato de dicha Cuenta, del correspondiente al ejercicio 2015 (BOE, nm. 295, de 10 de diciembre).
  • – Resolución de 15 de enero de 2020, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que el Acuerdo del Pleno de 19 de diciembre de 2019, por el que se modificó la Instrucción que regula la rendición telemática de la Cuenta General de las Entidades Locales y el formato de dicha cuenta, de la correspondiente al ejercicio 2015, aprobado por Acuerdo del Pleno de 26 de noviembre de 2015 (BOE, nm. 15, de 17 de enero de 2020).

Tercero.– Cualesquiera disposiciones posteriores aprobadas por el Tribunal de Cuentas que sustituyan o modifiquen las citadas Resoluciones, desplegarán sus efectos en el ámbito territorial de Castilla y León, salvo disposición expresa en sentido contrario adoptada por el Consejo de Cuentas y publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Cuarto.– El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Publique el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Castilla y León.